Circular CONSAR 35-3, Adiciones a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro, las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, las Instituciones de Crédito; y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, en relación a los cambios en los sistemas informáticos por...
Fecha de disposición | 15 Diciembre 1999 |
Fecha de publicación | 15 Diciembre 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR CONSAR 35-3, Adiciones a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro, las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, las Instituciones de Crédito; y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, en relación a los cambios en los sistemas informáticos por el advenimiento del año 2000.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
CIRCULAR CONSAR 35-3
ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO; Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN RELACION A LOS CAMBIOS EN LOS SISTEMAS INFORMATICOS POR EL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o. fracciones I, II y VII; 12 fracciones I, VIII y XVI; y 54 fracción II de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, ha tenido a bien expedir las siguientes:
ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO; Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN RELACION A LOS CAMBIOS EN LOS SISTEMAS INFORMATICOS POR EL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000
UNICA.- Se adiciona la regla Vigésima Tercera a la Circular CONSAR 35-1 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de agosto de 1998, adicionada y reformada por la Circular CONSAR 35-2 publicada en el periódico oficial mencionado el 13 de septiembre de 1999, para quedar en los siguientes términos:
VIGESIMA TERCERA.- Cuando las Administradoras, Sociedades de...
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