Acuerdo por el cual se determina la competencia específica por materia o distribución geográfica que corresponde a las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales
Fecha de disposición | 27 Diciembre 2002 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2002 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el cual se determina la competencia específica por materia o distribución geográfica que corresponde a las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA, Secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracciones VIII y XVI, y 28 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el titular de la Secretaría de Economía está facultado para determinar la competencia específica por materia o distribución geográfica que corresponda a los titulares de las Unidades Administrativas adscritas a la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales;
Que derivado de la dinámica y de los flujos del comercio internacional, existe la necesidad de adaptar las estructuras de la Secretaría relacionada con las negociaciones comerciales internacionales, y
Que el presente acuerdo permitirá a la Secretaría atender las negociaciones y relaciones comerciales internacionales con eficacia, en función de las prioridades y necesidades del país en la materia y en consecuencia, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE DETERMINA LA COMPETENCIA ESPECIFICA POR MATERIA O DISTRIBUCION GEOGRAFICA QUE CORRESPONDE A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS ADSCRITAS A LA SUBSECRETARIA DE NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES
La Unidad de Coordinación de Negociaciones Internacionales desempeñará las atribuciones conferidas en el artículo 17 del Reglamento Interior de esta Secretaría:
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En las materias de servicios y compras del sector público, con cualquier país o grupo de países, u organismos internacionales, y
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Sin perjuicio de las facultades específicas por materia otorgadas a otras unidades administrativas a las que se refiere este Acuerdo, en las negociaciones que se realicen con países de Europa, América Latina y el Caribe, y con...
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