Acuerdo mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo

Fecha de disposición29 Diciembre 2008
Fecha de publicación29 Diciembre 2008
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 2, 4, 5 y 6, fracciones I y XX del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y 28 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009. CONSIDERANDO

Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene la responsabilidad de promover las políticas y generar las condiciones en el mercado laboral que incentiven las posibilidades de acceso; brinden apoyo para lograr una mayor equidad; permitan la vinculación entre la educación, la capacitación y el aparato productivo; y fomenten la creación de empleos de calidad en la economía formal. Que entre los objetivos del Programa Sectorial de la STPS se encuentran promover condiciones en el mercado laboral que incentiven la eficiente articulación entre la oferta y la demanda, así como la creación de empleos de calidad en el sector formal; promover la equidad y la inclusión laboral a través del impulso de la igualdad de oportunidades de acceso y permanencia en el ámbito laboral a los grupos en situación de vulnerabilidad; e instrumentar estrategias para la atención integral de los jornaleros agrícolas y sus familias mediante la vinculación de la oferta y demanda del sector agrícola. Que la STPS, en coordinación con otras dependencias gubernamentales, instrumentará mecanismos orientados a mejorar las condiciones de vida y de trabajo de la población que habita en zonas rurales. Que para coadyuvar en la ejecución de las estrategias y líneas de acción de su Programa Sectorial, la STPS opera en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y el Servicio Nacional de Empleo (SNE), en el marco del cual se instrumenta el Programa de Apoyo al Empleo (PAE). Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que las dependencias y entidades deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de los programas a través de los cuales se otorguen subsidios a la población, con el objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos, para alcanzar los objetivos y metas de los programas autorizados, y Que de conformidad con la referida Ley, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgó la autorización presupuestaria correspondiente y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria emitió el dictamen regulatorio respectivo, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE

APOYO AL EMPLEO

UNICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expide, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las siguientes: REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO

  1. Introducción El Programa de Apoyo al Empleo (PAE), está constituido por un conjunto de políticas activas del mercado de trabajo implementadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo (CGSNE), que diseña, coordina, supervisa y transfiere recursos a las entidades federativas para la operación del mismo. El PAE busca resolver la disfuncionalidad de los mercados laborales con dificultades para que se vinculen demandantes y oferentes de empleo, debido a la falta de: i) información sobre los buscadores de empleo disponibles y las vacantes existentes, ii) recursos para buscar un empleo o trasladarse a mercados con escasez de trabajadores, y iii) adecuación de las competencias laborales de los trabajadores. El diseño del PAE responde a una clara identificación de que la deficiente vinculación entre oferentes y demandantes en el mercado laboral es una de las causas del desempleo y del desperdicio de recursos humanos. Con objeto de mejorar la articulación entre la oferta y la demanda laboral, el Programa ofrece productos diferenciados de acuerdo a las características y necesidades de sus poblaciones objetivo y a los mercados laborales. Estos productos comprenden servicios de información y orientación sobre el mercado laboral, cursos de capacitación para el trabajo, y apoyos económicos para la asistencia a los cursos, la búsqueda de empleo y el traslado a regiones del país con vacantes disponibles. El Programa opera a través de cinco subprogramas, los cuales están sujetos a las presentes reglas de operación en virtud de que a los beneficiarios de éstos se les otorgan apoyos económicos y/o en especie con recursos públicos federales. Dichos Subprogramas son: Bécate, Empleo Formal, Fomento al Autoempleo, Movilidad Laboral Interna y Repatriados Trabajando. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Cabe mencionar que la CGSNE podrá desarrollar pruebas piloto encaminadas a atender necesidades específicas de la población en materia de empleo y/u ocupación productiva, así como a complementar los Subprogramas actuales, sin que lo anterior implique necesariamente asignaciones extraordinarias de recursos por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). La operación de dichas pruebas se llevará a cabo con base en lineamientos generales de operación específicos para cada una de ellas. GLOSARIO DE TERMINOS

Para efectos de las presentes Reglas de Operación se entenderá por: Areas rurales.- Comprende localidades de menos de 2 500 habitantes. Areas urbano bajo.- Comprende localidades de entre 2 501 y 14 999 habitantes. Capacitación para el trabajo.- Proceso de enseñanza-aprendizaje que facilita el desarrollo de conocimientos, habilidades y destrezas sobre una ocupación o puesto de trabajo. Capital de trabajo.- Inversión indispensable para ejecutar las actividades de producción y venta, como inventarios de materias primas y materiales, de productos en proceso, de productos terminados, de existencias o depósitos de combustibles y refacciones y de dinero en caja y bancos, la cual se recupera a corto plazo y no está sujeta a depreciación y amortización. Capital fijo.- Bienes tangibles que sirven para transformar las materias primas, tales como: maquinaria, equipo, herramienta, equipo auxiliar, así como aquellos que se mantienen físicamente durante un tiempo determinado (mínimo seis meses). Carta compromiso.- Es el documento mediante el cual el empresario confirma al SNE en la entidad federativa, su participación en la modalidad Capacitación en la Práctica Laboral del Subprograma Bécate y manifiesta su compromiso de realizar las actividades para la adecuada impartición del curso de capacitación en sus instalaciones. CEDISP.- Consejos Estatales para el Diálogo con los Sectores Productivos.- Conjunto de dependencias gubernamentales federales y estatales, asociaciones de empresarios y trabajadores e instituciones educativas, entre otros, los cuales analizan y proponen políticas y estrategias tendientes a procurar el desarrollo de proyectos específicos de inversión, la estabilidad y el aumento de oportunidades de empleo y la vinculación de la oferta y demanda del mercado de trabajo en cada entidad federativa. CGSNE.- Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo. Comprobación de recursos.- En el ámbito del SNE, se refiere al conjunto de documentos (notas, facturas, recibos, entre otros) que demuestran el gasto efectuado por el SNE en la operación del PAE, así como la documentación que avala las devoluciones realizadas a la Tesorería de la Federación, de los recursos no utilizados. En el ámbito de la CGSNE, se refiere a la consolidación de los importes ejercidos y reintegrados por el SNE para su envío a la Dirección General de Programación y Presupuesto de la STPS, a fin de dar cumplimiento al trámite de comprobación presupuestaria del ejercicio, y en su caso el desembolso del crédito externo contratado para financiar parcialmente el subprograma Bécate acordado con el Banco Interamericano de Desarrollo. Convenio de capacitación.- Es el documento que firman la empresa participante y el SNE de la entidad federativa en la modalidad Capacitación Mixta del Subprograma Bécate, donde se establecen las obligaciones que adquieren cada uno de ellos durante la impartición del curso de capacitación. Desempleados.- Personas que no tienen empleo y buscan activamente incorporarse a alguna actividad económica. Empleo formal.- Se refiere a un puesto de trabajo en donde el ocupante recibe una remuneración y cuenta con las prestaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo. Entidades federativas.- Comprende a los estados de la Federación y el Distrito Federal. Fomento al Autoempleo.- Mecanismo mediante el cual se apoyan iniciativas de ocupación por cuenta propia, individual y grupal que se encuentren en marcha o sean de nueva creación, a través de financiamiento parcial para la adquisición de maquinaria, equipos, herramientas y accesorios, con el propósito de conservar el empleo y/o generar nuevos puestos de trabajo. INAMI.- Instituto Nacional de Migración. INEGI.- Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Iniciativas de Ocupación por Cuenta Propia (IOCP).- Son los negocios que están en operación o de nueva creación que se dedican a una actividad económica viable y rentable. Instructor monitor (IM).- Persona contratada por el SNE de la entidad federativa, para realizar actividades relacionadas con la concertación, reclutamiento, asesoría...

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