Acuerdo para el Desarrollo Agrario con el objeto de establecer las Reglas de Operación del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos

Fecha de disposición17 Junio 2003
Fecha de publicación17 Junio 2003
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO para el Desarrollo Agrario con el objeto de establecer las Reglas de Operación del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.

FLORENCIO SALAZAR ADAME, Titular de la Secretaría de la Reforma Agraria, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 52 y 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003; 1o., 4o. y 5o. fracciones I y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, y demás relativos, emito el siguiente:

ACUERDO PARA EL DESARROLLO AGRARIO CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS

  1. Presentación

    El Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos, constituye una iniciativa del Ejecutivo Federal en cumplimiento al objetivo de integración productiva contemplado en el Programa Sectorial Agrario 2001-2006, que integra experiencia e innovación en las acciones de la Secretaría de la Reforma Agraria orientadas al combate a la pobreza, a la atención de grupos o sectores de la población sin posibilidad de acceso a la tierra y sobre los que es conveniente fomentar la generación de actividades productivas que disminuyan la presión social sobre la tierra y genere diversificación de actividades económicas al interior de los núcleos agrarios, mejorando los bajos ingresos de la población, incluyendo acciones de organización y capacitación que permitan incrementar la capacidad competitiva de los habitantes en propiedad social no posesionarios y su posibilidad de acceso al Desarrollo Agrario Integral.

    Y considerando que:

    El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 en su apartado de Desarrollo Social y Humano contempla en sus estrategias la de capacitar y organizar a la población rural para promover su integración al desarrollo productivo y la de impulsar la integración productiva de los sujetos agrarios.

    El Programa Sectorial Agrario 2001-2006 plantea en su Objetivo IV impulsar la integración productiva de los sujetos agrarios para crear nuevas y mejores posibilidades de ingreso y bienestar acordes con las potencialidades regionales.

    Por lo anterior, se contempla cumplir con los siguientes propósitos:

    • El objetivo de integración Productiva del Programa Sectorial Agrario 2001-2006.

    • Fomentar la organización económica y productiva de los no posesionarios habitantes en propiedad social.

    • Reducir la presión social sobre la tierra.

    • Impulsar la diversificación de las actividades económicas y apoyar la productividad potencial de los recursos de los núcleos agrarios.

    • Impulsar la multifuncionalidad de la tierra.

  2. Antecedentes

    Para el presente Ejercicio Fiscal, y en base a lo autorizado por la H. Cámara de Diputados para el Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos (FAPPA), cuya finalidad es otorgar apoyo para la implementación de proyectos productivos, en el ANEXO A de las presentes Reglas de Operación, se indica el presupuesto total asignado y se desglosan los diversos rubros en que se aplicarán los recursos.

  3. Definiciones

    Para el efecto de las presentes Reglas de Operación, se entenderán como:

    1. Secretaría : Secretaría de la Reforma Agraria.

    2. Programa : Programa del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos (FAPPA).

    3. Representación : Las Representaciones Agrarias Regionales, Estatales y Especiales de la Secretaría en cada entidad federativa.

    4. Núcleo(s) Agrario(s) : Término genérico que designa a los grupos humanos que detentan tierras, ya sean agrícolas, forestales o ganaderas, y para los asentamientos humanos de manera colectiva; es decir, a los ejidos y comunidades. Es el ejido o comunidad constituido legalmente mediante: 1) Resolución agraria administrativa; 2) Resolución jurisdiccional, o 3) Acuerdo de voluntades, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley Agraria.

    5. Grupo : Habitantes en propiedad social agrupados para la integración de un proyecto productivo, quienes podrán contar con acción agraria negativa, no posesionarios, ni usufructuarios de tierra social o privada.

    6. Proyecto(s) Productivo(s) : Documento que contenga las estimaciones financieras y técnicas requeridas para la generación de bienes o servicios que se traduzcan en un beneficio directo a favor de quienes lo desarrollan.

    7. Comité : Comité Técnico del Programa .

    8. Coordinación : La Dirección General de Coordinación, unidad institucional de nivel central designada responsable de la atención del Programa .

    9. CEDA : Comité Estatal para el Desarrollo Agrario.

    10. Organización(es) : Agrupación social, civil, no gubernamental, u organización de la sociedad civil, debidamente constituida y registrada ante las autoridades competentes de conformidad con la legislación vigente, que puede representar a los sujetos objeto del Programa .

    11. Constancia de Aprobación : Documento emitido por el Comité , a la autorización de los Proyectos Productivos aprobados por el CEDA , la cual acredita al Grupo como beneficiario del Programa .

    12. Instancia Dictaminadora : Esta será integrada por el Sector Agrario, la cual dictaminará la viabilidad técnico-financiera de los Proyectos Productivos presentados por los Grupos en las Representaciones .

  4. Objetivos

    4.1 Generales

    • Promover la integración productiva de los sujetos agrarios y Grupos de campesinos que pueden contar con acción agraria negativa, que no sean posesionarios, ni usufructuarios de tierra social o privada, que habiten en Núcleos Agrarios , mediante el apoyo de Proyectos Productivos que propicien la generación de empleos.

    4.2 Específicos

    • Promover la organización de Grupos mediante la conformación de figuras asociativas.

    • Coadyuvar en la capacitación y asistencia técnica de acuerdo a las necesidades de los integrantes del Grupo para el desarrollo de su actividad productiva.

    • Otorgar apoyos a los Grupos para Proyectos Productivos técnica y financieramente viables y ecológicamente sustentables en beneficio de ellos mismos, sus familias y su comunidad.

    • Incrementar la posibilidad de acceso a otros programas de apoyo y/o de financiamiento público o privado.

  5. Lineamientos Generales

    5.1 Cobertura

    El Programa tendrá una cobertura nacional con el fin de atender, al menos, el número de Proyectos Productivos indicados en el ANEXO A , presentados por los Grupos constituidos en una figura asociativa.

    Con respecto al universo de Proyectos Productivos aprobados por los CEDA , que sean seleccionados por las Organizaciones de conformidad con el numeral 7. de las presentes Reglas de Operación, se atenderán preferentemente aquellos Proyectos Productivos que en función a la población objetivo del Programa , puedan contar con acción agraria negativa.

    Para el caso de los Proyectos Productivos que el Comité determinará, en función al numeral arriba citado, se atenderán preferentemente aquellos que se encuentren ubicados en los lugares determinados en la Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones como Centros Estratégicos Comunitarios (Localidades CEC), que la Secretaría de Desarrollo Social establezca. La ubicación de las localidades CEC de cada entidad federativa estará a disposición del público en la Representación correspondiente.

    5.2 Población objetivo

    Avecindados y pobladores habitantes de Núcleos Agrarios que pueden contar con acción agraria negativa, que no tengan, ni usufructúen tierra social o privada y que se agrupen con la finalidad de establecer un Proyecto Productivo .

    5.3 Características de los Apoyos

    Los recursos destinados al Programa , son subsidios federales en los términos de los artículos 51, 52 y 53 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal, sujetos a los criterios de objetividad, equidad...

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