Reforma al Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos   

EdiciónMatutina
EmisorInstituto para Devolver Al Pueblo lo Robado

REFORMA al Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

Al margen un logotipo, que dice: Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

El H. Consejo de Administración de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, con fundamento en el artículo 58, fracciones I y VIII de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 8, fracciones I y VIII del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, aprobó la modificación del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, en los siguientes términos:

Artículo Unico.- Se reforma la fracción XXIII del artículo 20 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos para quedar como sigue:

“DE LAS FACULTADES DE LOS DIRECTORES

Artículo 20o.- Corresponden a los Directores, las siguientes facultades comunes:

I

II .

XXIII. Sin perjuicio de la facultad que la fracción I del Artículo 18o. confiere al Director General, corresponde a los Directores Técnico y Jurídico, en forma mancomunada, la representación del Organismo para dar inicio a los procedimientos de rescisión administrativa de los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y emitir la determinación de darlos o no por rescindidos en los casos de incumplimiento de los contratistas previo dictamen elaborado por el área técnica responsable de los trabajos o servicios y valorando, en forma integral, las circunstancias jurídicas y administrativas; asimismo, corresponde a los Directores de Administración y Finanzas y Jurídico, en forma conjunta, la representación del Organismo para dar inicio a los procedimientos de rescisión administrativa de los contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios y emitir la determinación de darlos o no por rescindidos en los casos de incumplimiento de los proveedores previo dictamen elaborado por el área responsable de la adquisición, arrendamiento o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR