Estatuto Orgánico de CFE Transmisión.

Fecha de disposición07 Diciembre 2017
Fecha de publicación07 Diciembre 2017
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un logotipo, que dice: CFE Transmisión. CFE TRANSMISION

ESTATUTO ORGANICO DE CFE TRANSMISION

INDICE

TITULO PRIMERO

De la Naturaleza, Objeto y Estructura de CFE Transmisión

CAPITULO I
Disposiciones Generales
CAPITULO II

Estructura y Organización Básica

TITULO SEGUNDO

Del Consejo de Administración de CFE Transmisión

CAPITULO I

De la Integración y Funciones del Consejo

TITULO TERCERO

De la Estructura de CFE Transmisión

CAPITULO I

Del Director General

CAPITULO II

De las Funciones Genéricas de las Coordinaciones

CAPITULO III

De las Funciones Específicas de las Coordinaciones

CAPITULO IV

De las Funciones Genéricas de las Gerencias Nacionales dependientes de la Dirección General y de las Coordinaciones, así como de las Unidades

CAPITULO V

De las Funciones Específicas de las Gerencias Nacionales y Unidades

CAPITULO VI

De las Gerencias Regionales y de su Competencia Territorial

CAPITULO VII

Del Personal de CFE Transmisión

TITULO CUARTO

De los Organos de Vigilancia y Auditoría

CAPITULO I

Organización

CAPITULO II

Del Comité de Auditoría

CAPITULO III

De la Auditoría Interna

CAPITULO IV

De las Funciones del Comité de Auditoría y de la Auditoría Interna

TITULO QUINTO

De la instancia en materia de Transparencia

CAPITULO UNICO

Integración y Funciones de la Unidad de Transparencia y el Comité de Transparencia

TITULO SEXTO

De las Suplencias

TRANSITORIOS
TITULO PRIMERO

De la Naturaleza, Objeto y Estructura de CFE Transmisión

CAPITULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 45
Artículo 1 El presente Estatuto tiene por objeto establecer la estructura, organización y las funciones de las áreas que integran CFE Transmisión y de los directivos o personal que tendrán la representación de la misma, así como las reglas para el funcionamiento de su Consejo de Administración.
Artículo 2

CFE Transmisión es una Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sujeta a la conducción central, dirección estratégica y coordinación de la Comisión Federal de Electricidad, de conformidad con lo establecido en la Ley de la Comisión Federal de Electricidad y su Reglamento, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano.

Artículo 3

CFE Transmisión tiene por objeto realizar las actividades necesarias para prestar el servicio público de transmisión de energía eléctrica, así como para llevar a cabo, entre otras actividades, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión, de conformidad con lo previsto en la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, la Ley de la Industria Eléctrica, los Términos para la Estricta Separación Legal de la Comisión Federal de Electricidad y demás disposiciones jurídicas aplicables, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario.

Artículo 4

Para los efectos de este Estatuto se entenderá, en singular o plural, que los términos con inicial mayúscula que se utilicen en este Estatuto tendrán el significado que se les atribuye a los mismos en los artículos 3 de la Ley de la Industria Eléctrica y 2 de su Reglamento:

  1. Acuerdo: El Acuerdo por el que se crea CFE Transmisión;

  2. Auditor Interno: Auditor Interno de CFE Transmisión;

  3. CENACE: Centro Nacional de Control de Energía;

  4. CFE Transmisión: Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad;

  5. CRE: Comisión Reguladora de Energía;

  6. Comisión: La Comisión Federal de Electricidad;

  7. Consejo: El Consejo de Administración de CFE Transmisión;

  8. Consejo de Administración: El Consejo de Administración de la Comisión;

  9. Director General: El Director General de CFE Transmisión;

  10. Estatuto: El Estatuto Orgánico de CFE Transmisión;

  11. Ley: Ley de la Comisión Federal de Electricidad;

  12. LIE: Ley de la Industria Eléctrica;

  13. SENER: Secretaría de Energía;

  14. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

  15. MEM: Mercado Eléctrico Mayorista;

  16. PRODESEN: Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional;

  17. RNT: Red Nacional de Transmisión;

  18. SEN: Sistema Eléctrico Nacional;

  19. Transmisión: El transporte de energía eléctrica a través de la Red Nacional de Transmisión, y

  20. Plan de Negocios: Documento que contiene las principales estrategias comerciales, financieras y de inversiones, y que hace referencia el artículo 13 de la Ley.

Artículo 5

Para el cumplimiento de su objeto, CFE Transmisión, además de las funciones previstas en los ordenamientos a que se refiere el artículo 3 de este Estatuto, tendrá, enunciativa mas no limitativamente, las siguientes:

  1. Prestar el servicio público de transmisión de energía eléctrica;

  2. Operar la RNT conforme a las instrucciones del CENACE;

  3. Cumplir con las obligaciones de Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad que emita la CRE;

  4. Llevar a cabo los proyectos de ampliación y modernización de la RNT que se incluyan en los programas correspondientes, previa instrucción de la SENER;

  5. Formar asociaciones o celebrar contratos necesarios para llevar a cabo, entre otros, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión de energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en la LIE;

  6. Ejecutar todos los actos que resulten necesarios para mantener la integridad y el funcionamiento eficiente del SEN;

  7. Participar en el desarrollo de los programas de ampliación y modernización para la RNT;

  8. Interconectar a sus redes las Centrales Eléctricas cuyos representantes lo soliciten, y a conectar a sus redes los Centros de Carga cuyos representantes lo soliciten, en condiciones no indebidamente discriminatorias, cuando ello sea técnicamente factible, y previa notificación de la orden correspondiente por parte del CENACE;

  9. Celebrar contratos o cualquier acto jurídico para llevar a cabo la interconexión de las Centrales Eléctricas, así como la conexión de los Centros de Carga;

  10. Llevar a cabo la medición de energía eléctrica de las Centrales Eléctricas y los Centros de Carga y compartir los datos de medición con los Suministradores que los representan;

  11. Celebrar con el CENACE los convenios que regirán la prestación y facturación de los servicios de transmisión, así como celebrar cualesquier otros convenios que sean necesarios o convenientes con el CENACE, con base en los modelos que, en su caso, emita la CRE;

  12. Llevar a cabo todos los actos necesarios o convenientes para cumplir con el principio de máxima publicidad de conformidad con la legislación aplicable;

  13. Ejecutar en las calles, calzadas, jardines, plazas y demás lugares públicos, los trabajos necesarios para la instalación, mantenimiento y retiro de líneas aéreas y subterráneas y equipo destinado al servicio público de transmisión de energía eléctrica;

  14. Cobrar las tarifas correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable;

  15. Llevar a cabo las demás operaciones y el mantenimiento de la RNT de conformidad con los artículos 15 y 26 de la LIE;

  16. Suspender el servicio público de transmisión de energía eléctrica a usuarios finales en los casos que la normatividad aplicable lo contemple;

  17. Celebrar con cualquier ente público del Gobierno Federal, Estatal o Municipal y con personas físicas o morales, toda clase de actos, convenios, contratos; suscribir títulos de crédito y otorgar todo tipo de garantías reales y personales de obligaciones contraídas por sí, con sujeción a las disposiciones legales aplicables;

  18. Celebrar contratos con particulares bajo esquemas que le generen una mayor productividad y rentabilidad, incluyendo modalidades que le permitan asociarse y/o compartir costos, gastos, inversiones, riesgos y demás aspectos de las actividades de los que sea titular;

  19. Celebrar contratos con sus empresas filiales o con particulares para llevar a cabo, entre otros, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y, en su caso, realizar dichas actividades en asociación o alianza con terceros, mediante la creación o participación en empresas filiales, la participación minoritaria en otras sociedades, o las demás formas de asociación que no sean contrarias a la normatividad aplicable;

  20. Crear empresas filiales y participar en asociaciones y alianzas, así como participar en forma minoritaria en el capital social o patrimonio de otras sociedades o asociaciones, nacionales o extranjeras, bajo cualquier figura societaria o contractual permitida por la ley, que se requiera para la consecución de su objeto, de conformidad con las políticas generales y lineamientos que emita el Consejo de Administración;

  21. Desarrollar y ejecutar proyectos de ingeniería, investigación, actividades geológicas y geofísicas, supervisión, prestación de servicios a terceros, así como todas aquellas relacionadas con la transmisión de energía eléctrica, incluyendo la prestación de...

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