Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura

Fecha de disposición30 Marzo 2016
Fecha de publicación30 Marzo 2016
EmisorFIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA

Al margen un logotipo, que dice: Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.- Dirección de Administración. ESTATUTO ORGANICO DE LOS FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA.

Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) integrados por cuatro fideicomisos públicos denominados Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura Ganadería y Avicultura (FONDO), Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA), Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), son considerados Entidades de la Administración Pública Paraestatal. Con fundamento en el artículo 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en la sesión tercera de FONDO y primera de FEFA, FEGA y FOPESCA del 17 de marzo de 2016, sus Comités Técnicos autorizaron la modificación a su Estatuto Orgánico en los términos siguientes:

FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA

ESTATUTO ORGANICO DE LOS FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA (FIRA)

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 132
Artículo 1

El objetivo de este Estatuto es establecer la estructura orgánica, objetivos, funciones, niveles de responsabilidad y relaciones de dependencia y coordinación de las distintas unidades administrativas de FIRA.

Artículo 2

Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura son fideicomisos públicos, cuyo Fideicomitente es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Fiduciario el Banco de México y tienen como objeto otorgar crédito, servicio de garantías, apoyos o subsidios, capacitación, asistencia técnica y transferencia de tecnología a los sectores agropecuario, rural, forestal y pesquero del país, de forma directa y/o a través de los intermediarios financieros autorizados.

Los Fideicomisos que integran FIRA son:

  1. Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO).

  2. Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA).

  3. Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA).

  4. Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA).

Artículo 3

Para efectos de este Estatuto se entenderá por:

o Apoyos.- Asignación de recursos fiscales o propios que FIRA otorga a través de sus "Reglas de operación del programa que canaliza apoyos para el fomento a los sectores agropecuario, forestal, pesquero y rural a través de los fideicomisos que integran FIRA".

o BMV.- Bolsa Mexicana de Valores.

o Cadenas Productivas.- Etapas comprendidas en la producción o elaboración, distribución y comercialización de un bien o servicio hasta su consumo final.

o CNBV.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

o Cobranza Administrativa.- Seguimiento y gestión de recuperación que se realiza previo al vencimiento de los créditos y garantías pagadas y hasta su traspaso a cartera vencida.

o Cobranza Extrajudicial.- Seguimiento y gestión de recuperación que se realiza previo al inicio de la vía judicial, a partir del traspaso a cartera vencida de los créditos y garantías pagadas.

o Cobranza Judicial.- Seguimiento y gestión de recuperación de cartera vencida por vía judicial que se realiza mediante los trámites legales correspondientes.

o Comités.- Son todos aquellos Organos Colegiados deliberativos, para proponer, dar seguimiento y resolver sobre algún asunto, caso o situación en específico. Dichos Organos Colegiados cuentan con facultades decisorias en la materia de su competencia y están creados por disposiciones legales, contractuales y/o normativas.

o Comités Técnicos.- Organo de Gobierno de cada fideicomiso que integra FIRA.

o Empresas Tractoras.- Empresas que fomentan la integración de las redes de valor donde participan a través de la colaboración con sus clientes y proveedores.

o Servicios de Garantía.- Servicio que se otorga a los intermediarios financieros autorizados a recibirlo, para respaldar la recuperación parcial de los créditos elegibles para FIRA que sean fondeados con recursos de los intermediarios o de FIRA. Es un complemento a las garantías otorgadas por el acreditado en favor del Intermediario Financiero como respaldo del crédito otorgado.

o Habilitación.- Reconocimiento que FIRA confiere al solicitante evaluado mediante su registro en el Directorio de Proveedores de Servicios en Agronegocios de FIRA.

o Intermediarios financieros.- Entidades financieras autorizadas para operar con FIRA.

o Intermediario Financiero No Bancario (IFNB).- Entidades financieras que no están constituidas como bancos.

o Plan Anual de Negocios.- Programa anual de crédito, descuentos, garantías, apoyos, programas especiales y metas físicas, a nivel nacional.

o Población Prioritaria.- Empresas, productores o unidades económicas de particular interés para FIRA.

o Redes de Valor.- Organización e integración de distintos agentes económicos para producir y/o distribuir un bien o servicio.

o SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

o Sistemas Informáticos Institucionales.- Sistemas informáticos desarrollados, implementados y operados para el cumplimiento de los objetivos de FIRA.

o Subsidios.- Las asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.

o TIC.- Tecnologías de Información y Comunicaciones.

DE LA ESTRUCTURA

Artículo 4

Para el ejercicio de sus atribuciones, FIRA contará con las siguientes unidades administrativas, que para efectos enunciativos se dividirán como a continuación se establece:

  1. Dirección General.

  2. Direcciones Generales Adjuntas.

  3. Direcciones.

  4. Subdirecciones.

  5. Residencias Estatales.

  6. Departamentos.

  7. Agencias.

DE LA DIRECCION GENERAL

Artículo 5

La Dirección General, con apego a la Ley que crea el FONDO, su Reglamento, los Contratos Constitutivos de FONDO, FEFA, FEGA y FOPESCA, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, y a las demás disposiciones legales reglamentarias aplicables tiene como objetivo dirigir a FIRA de acuerdo con las políticas, estrategias, metas y las disposiciones aprobadas por los Comités Técnicos, así como ejecutar los acuerdos de éstos para dar cumplimiento a los fines institucionales y tiene las siguientes funciones:

  1. Administrar y representar legalmente a FIRA con las facultades que le otorgue el Fiduciario.

  2. Formular los programas institucionales de corto, mediano y largo plazo, los presupuestos de la entidad, así como las estrategias y políticas necesarias para alcanzar las metas u objetivos propuestos y presentarlos para su aprobación a los Comités Técnicos.

  3. Establecer los sistemas de control necesarios para alcanzar las metas u objetivos propuestos, así

    como los procedimientos para controlar la calidad de los programas, productos y servicios de FIRA.

  4. Administrar los recursos humanos y materiales de conformidad con lo previsto en los contratos constitutivos de los fideicomisos.

  5. Presentar periódicamente a los Comités Técnicos el informe del desempeño de las actividades de la entidad, incluido el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes, así como el seguimiento de los acuerdos aprobados.

  6. Establecer los mecanismos de evaluación que reflejen el desempeño de FIRA y presentar a los Comités Técnicos por lo menos dos veces al año la evaluación de gestión.

  7. Ejecutar los acuerdos que dicten los Comités Técnicos.

  8. Gestionar la contratación de pasivos para FIRA en coordinación con la Dirección de intermediarios financieros de Fomento del Fiduciario, contando con la autorización de la SHCP.

  9. Las demás que le establezcan las leyes y los contratos constitutivos de FIRA.

Artículo 6

La Dirección General tiene adscritas las siguientes unidades administrativas.

  1. Unidad de Análisis y Administración Integral de Riesgos.

  2. Contraloría Interna.

  3. Direcciones Generales Adjuntas.

Artículo 7

La Unidad de Análisis y Administración Integral de Riesgos tiene como objetivo identificar, medir, vigilar, controlar, informar y revelar los riesgos de crédito, mercado, liquidez y operativo (incluyendo tecnológico y legal) así como realizar el análisis de la relación riesgo rendimiento financiero asumidos por FIRA a través de modelos, metodologías y parámetros y tiene las siguientes funciones:

  1. Coordinar el desarrollo y someter a la autorización de los Comités correspondientes los objetivos, lineamientos, políticas y estrategias para la administración integral de riesgos; así como los límites, metodologías, parámetros y procedimientos necesarios para la identificación, medición, vigilancia, control, información y revelación de los riesgos a que se encuentra expuesto FIRA. Además coordinar la evaluación del desempeño de las metodologías y sistemas para la administración integral de riesgos.

  2. Coordinar las actividades necesarias para informar a la Dirección General y a los Comités correspondientes los riesgos a los que se encuentra expuesto FIRA, el nivel de observancia de los límites de exposición al riesgo y de las políticas para la administración integral de riesgos, así como informar la propuesta de acciones correctivas, en caso de que se presenten desviaciones.

  3. Determinar el contenido e integración del Manual de Administración Integral de Riesgos y someterlo a la autorización de los Comités correspondientes.

  4. Coordinar el desarrollo de las metodologías de cálculo de las estimaciones preventivas para riesgos crediticios de las operaciones de fondeo y/o servicio de garantías y someterlas a la autorización de los Comités correspondientes; así como emitir opinión sobre las metodologías para evaluar el otorgamiento de créditos, servicio de...

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