Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Salud Pública.
Fecha de disposición | 02 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 02 Octubre 2018 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Salud Pública. ESTATUTO ORGÁNICO
ABRIL 2018
La Junta de gobierno del Instituto Nacional de Salud Pública con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 15; antepenúltimo párrafo de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y Artículo 4 transitorio de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ESTATUTO ORGÁNICO
Este organismo coadyuva a mejorar las condiciones de salud de la población, disminuir la inequidad existente en el acceso a la salud y mejorar el funcionamiento de los servicios de salud mediante la generación, la divulgación y la aplicación del conocimiento y formación de recursos humanos de alto nivel en el campo interdisciplinario de la salud pública.
El Instituto Nacional de Salud Pública conforme a los dispuesto por los artículos 37, 38 y 41, fracciones IV y V, de la Ley de los Instituto Nacionales de Salud, desarrolla investigación básica y aplicada que tiene como propósito contribuir al avance del conocimiento científico, así como a la satisfacción de las necesidades de salud del país, mediante el desarrollo científico y tecnológico, en áreas biomédicas, clínicas, sociomédicas y epidemiológicas. En la elaboración de su programa de investigación, el Instituto considera los lineamientos programáticos y presupuestales que al efecto establezca el Ejecutivo Federal en estas materias. Dicha investigación puede llevarse a cabo con recursos de terceros, los que en ningún caso formarán parte del patrimonio del Instituto, y sólo estarán bajo la administración del mismo para el fin convenido; recursos que pueden ser gestionados por los propios investigadores y cuyos proyectos de investigación pueden ser presentados para su aprobación ante el Instituto en cualquier tiempo.
Para los efectos de este Estatuto, se entenderá por:
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Instituto: al Instituto Nacional de Salud Pública;
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Centro: a cada uno de los Centros de Investigación que conforman al Instituto Nacional de Salud Pública.
Que el Instituto Nacional de Salud Pública de conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de los Instituto Nacionales de Salud, tiene los objetivos siguientes:
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Realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas biomédicas y sociomédicas en el campo de sus especialidades, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud;
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Publicar los resultados de las investigaciones y trabajo que realice, así como difundir información técnica y científica sobre los avances que en materia de salud registre;
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Promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional y celebrar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines;
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Formar recursos humanos en sus áreas de especialización, así como en aquellas que le sean afines;
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Formular y ejecutar programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en sus áreas de especialización y afines, así como evaluar y reconocer el aprendizaje;
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Otorgar constancias, diplomas, reconocimientos y certificados de estudio, grado y títulos, en su caso, de conformidad con las disposiciones aplicables;
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Asesorar y formular opiniones a la secretaría cuando sean requeridos para
ello;
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Actual como órgano de consulta técnica y normativa de las dependencias y entidades de la administración pública federal en sus áreas de especialización, así como prestar consultorías a título oneroso a personas de derecho privado;
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Asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médicas de las entidades federativas y en general a cualquiera de sus instituciones públicas;
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Promover acciones para la protección de la salud, en lo relativo a los padecimientos propios de sus especialidades;
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Coadyuvar con la Secretaría de Salud a la actualización de los datos sobre la situación sanitaria general del país, respecto de las especialidades médicas que les correspondan;
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Realizar las demás actividades que les correspondan conforme a la presente ley y otras disposiciones aplicables;
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Estudiar y diseñar métodos y técnicas de investigación científica relacionados con la salud;
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Desarrollar encuestas en las áreas de la salud pública;
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Coadyuvar a la vigilancia epidemiológica de las enfermedades infecciosas y de otros problemas de salud en el país y de aquellas que puedan introducirse al territorio nacional;
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Contribuir al desarrollo de la tecnología diagnóstica apropiada a las necesidades nacionales en materia de enfermedades transmisibles;
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Servir como centro de referencia para el diagnóstico de las enfermedades infecciosas;
Para el cumplimiento de su objetivo y desempeño de las atribuciones que le competen, el Instituto contará con los siguientes Órganos, Unidades y Comités:
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Órganos de Administración.
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Junta de Gobierno.
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Dirección General.
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Órganos de Apoyo y Consulta.
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Patronato.
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Unidades Sustantivas y Administrativas:
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Secretaría Académica.
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Subdirección de Calidad Académica.
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Subdirección de Desarrollo y Extensión Académica.
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Subdirección de Gestión Académica.
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Subdirección de Comunicación Científica y Publicaciones.
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Dirección Adjunta del Centro de Investigación Sobre Enfermedades Infecciosas.
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Dirección de Infecciones Crónicas y Cáncer.
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Dirección de Infección e Inmunidad.
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Dirección de Innovación en Vigilancia y Control de las Enfermedades Infecciosas.
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Dirección del Centro Regional de Investigación en Salud Pública.
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Subdirección de Apoyo Académico.
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Subdirección de prevención y vigilancia de enfermedades infecciosas.
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Dirección Adjunta del Centro de Investigación en Salud Poblacional.
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Dirección de Investigación en Enfermedades Cardiovasculares, Diabetes Mellitus y Cáncer.
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Dirección de Salud Reproductiva.
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Dirección de Salud Ambiental.
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Subdirección de Apoyo Académico.
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Dirección Adjunta del Centro de Investigación en Sistemas de Salud.
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Dirección de Determinantes y Retos.
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Dirección de Evaluación de Sistemas y Economía de la Salud.
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Dirección de Innovación de Servicios y Sistemas de Salud.
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Subdirección de Apoyo Académica.
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Dirección Adjunta del Centro de Investigación en Nutrición y Salud.
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Dirección de Investigación en Políticas y Programas de Nutrición.
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Dirección de Vigilancia de la Nutrición.
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Dirección Adjunta del Centro de Información para Decisiones en Salud Pública.
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Subdirección Académica y de Investigación.
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Subdirección de Cómputo y Comunicaciones Electrónicas.
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Subdirección de Gestión y Vinculación.
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Subdirección de Sistemas de Información.
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Dirección Adjunta del Centro de Investigación en Evaluación y Encuestas.
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Dirección de Estadística.
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Dirección de Encuestas Nacionales de Salud.
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Subdirección de Apoyo Académico.
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Subdirección de Diseño Muestral.
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Subdirección de Logística de Campo.
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Dirección de Administración y Finanzas.
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Subdirección de Proyectos.
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Subdirección de Recursos Humanos.
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Subdirección de Recursos Financieros.
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Dirección de Planeación.
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Órgano Interno de Control.
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Titular del Órgano Interno de Control.
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Titular del Área de Auditoría Interna y Titular del Área de Auditoría para el Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública.
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Titular del Área de Quejas.
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Titular del Área de Responsabilidades.
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Comisiones y Comités.
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Comisión Académica de Investigación.
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Comisión Académica de Docencia.
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Comité de Investigación.
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Comité de Ética en Investigación.
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Comité de Bioseguridad.
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Comité de Doctorado.
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Comité de Maestría en Ciencias.
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Comité de Programas de Posgrado con Orientación Profesional.
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Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
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Comité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles.
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Comité de Informática.
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Comité de Bibliohemeroteca.
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Comité de Control y Auditoría.
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Comité de Estímulos a los Trabajadores.
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Comité de Vivienda.
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Comisión Mixta de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
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Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
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Colegios de Profesores.
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Comité Interno Encargado de Vigilar el Uso de Recursos Destinados a la Investigación.
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Comité de Mejora Regulatoria Interna.
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Comité ante la Comisión Nacional de Uso Eficiente de la Energía.
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Comité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la misma.
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Comité de Archivos.
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Comité de Comedor.
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Comité Editorial y Técnico del Portal Institucional.
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Comité de Educación Continua.
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Comité de Congreso de Salud Pública.
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Comisión Mixta de Escalafón.
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Comité evaluador para el otorgamiento de premios, estímulos y recompensas al personal.
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El Instituto cuenta con un Órgano Interno de Control que se rige conforme a lo dispuesto en los Artículos 37 y 38 del presente ordenamiento.
Artículo anterior modificado el 27 de marzo de 2018
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