Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al programa de acción y estatutos de la agrupación política nacional Asociación de Profesionales por la Democracia y el Desarrollo

Fecha de disposición08 Noviembre 2004
Fecha de publicación08 Noviembre 2004
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

RESOLUCION del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los estatutos de la agrupación política nacional Conciencia Política.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG151/2004.

Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la Procedencia Constitucional y Legal de las Modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional “Conciencia Política”.

Antecedentes

El día diecisiete de abril de dos mil dos, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión ordinaria, otorgó el registro como agrupación política nacional a la asociación denominada "Conciencia Política”, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día dieciséis de agosto de dos mil dos.

El Con fecha tres de julio de dos mil dos, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó la Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al programa de acción y estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada "Conciencia Política", Resolución publicada en el citado órgano informativo de fecha nueve de septiembre de dos mil dos.

En virtud del antecedente señalado, la Agrupación Política Nacional “Conciencia Política”, se encuentra en pleno goce de sus derechos y sujeta a las obligaciones establecidas por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El Con fecha quince de julio de dos mil cuatro, la Agrupación Política Nacional denominada “Conciencia Política” presentó ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos documentación consistente en: Instrumento Notarial veintidós mil doscientos cuarenta y nueve, de fecha catorce de julio del año dos mil cuatro, pasado ante la fe del Notario Público, Licenciado Pedro Cortina Latapi, Titular de la Notaría número doscientos veintiséis del Distrito Federal, que contiene, entre otros documentos: Certificado de registro como agrupación Política Nacional expedida por el Instituto Federal Electoral; Convocatoria a la V Quinta Sesión del Consejo Nacional, de fecha veinticuatro de junio de dos mil dos; Convocatoria a la Segunda Asamblea Nacional Ordinaria de fecha veintiuno de julio de dos mil tres; Convocatoria para la Elección de la Dirigencia Nacional; Acta de la Quinta Sesión del Consejo Nacional llevada acabo el día seis de julio del dos mil dos; Lista de asistencia de la Quinta Sesión del Consejo Nacional; Acta de la Segunda Asamblea Nacional Ordinaria celebrada el veintitrés de agosto del dos mil tres; Lista de Asistencia de la Segunda Asamblea Nacional Ordinaria; Acta de la Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional llevada acabo el día siete de marzo de dos mil cuatro; y Lista de Asistencia a la Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional.

Con fundamento en lo señalado por el artículo 93, párrafo 1, incisos l) y m) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos procedió al análisis de la solicitud presentada, encontrándose que faltaba documentación soporte para constatar el cumplimiento de las disposiciones que rigen la vida interna de la Agrupación que permitiera validar las modificaciones estatutarias. Por lo anterior, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, por medio del oficio DEPPP/DPPF/1752/2004, de fecha veintisiete de julio de dos mil cuatro, solicitó a la Agrupación de referencia lo siguiente: documentación que acreditara la calidad de miembros de los asistentes a la Segunda Asamblea Nacional Ordinaria de la Agrupación Política Nacional “Conciencia Política”, conforme a lo señalado en el artículo 20 de sus estatutos vigentes; aclaración sobre la secuencia de la numeración del articulado de los estatutos reformados, ya que a partir del artículo quinto derogado, no existía coincidencia con la numeración de los artículos de los estatutos vigentes; y el medio por el cual se publicó y difundió la Convocatoria a la Segunda Asamblea Nacional Ordinaria, atendiendo al imperativo que dicta el artículo 16 de sus normas estatutarias...

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