Acuerdo por el que se dan a conocer los estudios técnicos del acuífero Valle de Matatipac, en el Estado de Nayarit

Fecha de disposición17 Febrero 2009
Fecha de publicación17 Febrero 2009
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XLI y LIV, 12 fracciones I, VIII y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, 73 y 77 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX, en vinculación con el diverso 52 fracción IV, inciso l) del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto Presidencial del 30 de diciembre de 1974, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 1975, se declaró de interés público la conservación de los mantos acuíferos en los municipios de Santa María del Oro y Jalisco y, en la parte correspondiente de los de Tepic, San Blas y Compostela Nayarit, estableciéndose, en consecuencia, la veda para el alumbramiento de aguas subterráneas;

Que en diverso Decreto de 20 de julio de 1988, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto del mismo año, se estableció reserva de aguas subterráneas en los municipios de Tepic y Jalixco (sic), del Estado de Nayarit, hasta por un volumen de 60 millones de metros cúbicos por año, del acuífero de Matatipac, que se destinará al abastecimiento público urbano de la ciudad de Tepic, Nayarit, dentro del área comprendida entre los paralelos 21° 20' y 21° 32' de latitud norte y entre los meridianos 104° 45' y 104° 55' de longitud oeste;

Que esta reserva queda comprendida dentro del área establecida por el Decreto de Veda publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 1975;

Que el 5 de diciembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado", en el que el acuífero 1804 conocido con los nombres de: Arroyo Huachines-Valle de Matatipac, Matatipac, Nayarit 04 Matatipac, Río Mololoa y Valle de Matatipac, a partir del día siguiente al de la publicación del mencionado Acuerdo se denomina oficialmente como Valle de Matatipac;

Que el 13 de agosto de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 50 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican", en el que se determinó la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Valle de Matatipac, de 23.589869 millones de metros cúbicos anuales (millones de m³ /año), con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de diciembre de 2005, con base en la Norma Oficial Mexicana "NOM-011-CNA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada el 17 de abril de 2002, en el Diario Oficial de la Federación, y en la que se establece el método base para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales y subterráneas;

Que en atención a los resultados obtenidos del Acuífero Valle de Matatipac, la Comisión Nacional del Agua procedió a la realización de los estudios técnicos correspondientes, en cumplimiento a lo previsto por los artículos 38 párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, y en cuya elaboración se otorgó la participación a los usuarios, a través de la reunión celebrada el día 12 de julio de 2007;

Que la realización del presente estudio, tiene el objeto de definir si existe la necesidad de modificar el marco regulatorio vigente, en materia de control de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, por lo que he tenido a bien expedir el presente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS ESTUDIOS TECNICOS DEL ACUIFERO VALLE DE MATATIPAC, EN EL ESTADO DE NAYARIT

ARTICULO UNICO

Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero 1804 Valle de Matatipac, ubicado en el Estado de Nayarit, en los siguientes términos:

ESTUDIO TECNICO

  1. UBICACION Y EXTENSION TERRITORIAL

    El acuífero Valle de Matatipac abarca una superficie aproximada de 526 km², y está comprendido entre los paralelos 21° 15' 48.5" y 21° 33' 6.1" de latitud norte y los meridianos 104° 39' 24.4" y 104° 58' 36.7" de longitud oeste; la zona acuífera se encuentra delimitada al sur por la Sierra de Tepetiltic, al oriente por el Volcán Sangangüey, al norte por la Caldera Volcánica La Laguna y al poniente por el Cerro de San Juan.

  2. CARACTERIZACION SOCIOECONOMICA

    Dentro del acuífero Valle de Matatipac, se encuentran los municipios de Tepic, Xalisco y Santa María del Oro.

    Por su estructura productiva y poblacional, Tepic además de ser la capital del Estado, es considerado como el centro político-administrativo de consumo, oferente de servicios y distribuidor de manufacturas.

    Durante el último cuarto del siglo XX, Tepic experimentó un elevado crecimiento poblacional y es el principal destino de la población inmigrante del Estado, lo que se refleja en su elevada tasa de crecimiento demográfico, expandiendo su área urbana hacia las partes bajas del Valle de Matatipac. De acuerdo con el Consejo Nacional de Población (CONAPO), entre el año 2000 y 2030 se estima una tasa de crecimiento demográfico del 0.6%.

    El Municipio de Xalisco contribuye con el 6% del crecimiento demográfico del Estado de Nayarit, pero presenta una tendencia constante en su tasa de crecimiento promedio anual intercensal, la cual ha sido de poco más del 3%.

    El crecimiento de la ciudad de Tepic y de la cabecera municipal de Xalisco ha dado como resultado que conforme a los datos de INEGI, se les considere como una misma zona metropolitana, la número 29 del país: Zona Metropolitana de Tepic.

    Con base a los datos del II Conteo de Población y Vivienda del INEGI, en el año 2005, los dos municipios, Tepic y Xalisco, han absorbido durante los últimos años gran parte del crecimiento demográfico de la entidad, al concentrar el 58% de la población estatal.

    Por la expansión de la mancha urbana, la cabecera del Municipio de Xalisco y la ciudad de Tepic se encuentran conurbadas. Ambas ciudades comparten la fuente de agua potable -el acuífero Valle de Matatipac-, sus aguas residuales se vierten al mismo Río Mololoa y las decisiones en materia de urbanización se ven afectadas mutuamente por la proximidad geográfica e integración funcional. Este proceso de metropolización ha llevado a realizar obras de infraestructura urbana en las partes bajas del Valle de Matatipac, originalmente con vocación agrícola.

    El suministro de agua potable para la zona conurbada Tepic-Xalisco depende en su totalidad del acuífero Valle de Matatipac. El uso público urbano es el que extrae los mayores volúmenes de agua subterránea.

    A nivel estatal, en los años setenta, el 60% de la población económicamente activa (PEA) se ocupaba en el sector agrícola; pero ésta se fue reduciendo a menos del 40%, de tal manera que el sector servicios absorbió la demanda de empleo con aproximadamente el 50% y es ahora el más importante. La industria ocupa alrededor del 13% de la PEA.

    El resultado de esa evolución general es la concentración poblacional en la zona metropolitana de Tepic, donde el sector terciario es el más relevante para la economía que aportó el 62% del Producto Interno Bruto (PIB) en 1993, correspondiendo el 25% al sector secundario y solamente el 13% al sector primario.

  3. MARCO FISICO

    3.1. Climatología

    Con base en la clasificación climática de W. Köppen, modificada por Enriqueta García para la República Mexicana (1981), el área presenta tres tipos de clima: cálido subhúmedo; semicálido subhúmedo en la zona metropolitana de Tepic y en los piedemontes y templado subhúmedo en las partes más altas. El promedio anual de precipitación...

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