Acuerdo por el que se da a conocer al público en general la delegación de la facultad del Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, para expedir certificados de industria limpia, calidad ambiental turística, calidad ambiental y reconocimientos de excelencia ambiental y/o de autorregulación, a quienes de manera voluntaria cumplan con las disposiciones jurídicas ambientales y las que vayan más allá de ese cumplimiento para proteger el medio ambiente, en favor del Subprocurador de Auditoría Ambiental

Fecha de disposición14 Octubre 2011
Fecha de publicación14 Octubre 2011
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. HERNANDO RODOLFO GUERRERO CAZARES, Procurador Federal de Protección al Ambiente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 último párrafo, 17, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 Bis fracción IV de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 22 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales; 1o., 2o. fracción XXXI inciso c), 19 fracción XXIII, 41, 42 último párrafo, 118 fracciones XXVI y XXXII, 119 fracción II y 120 fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2003, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 19, fracción XXIII, en relación con el artículo 42, último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece como facultad genérica de los Directores Generales, extensivo a los Subprocuradores, el suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación, encomienda o les correspondan por suplencia;

Que el artículo 118, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece como facultad del Procurador Federal de Protección al Ambiente, expedir reconocimientos y, en su caso, certificaciones, a las personas físicas o morales que cumplan con las disposiciones jurídicas ambientales y las que vayan más allá de ese cumplimiento;

Que el titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente cuenta con la atribución para delegar facultades a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, por acuerdo expreso que deberá publicarse en Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 118, fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

Que en el mismo sentido, el artículo 120, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece como facultad, conferida a los Subprocuradores, el suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que les sean otorgados por delegación o les...

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