Acuerdo E/JGA/8/2012 mediante el cual se expide el Manual de remuneraciones de los servidores públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el Ejercicio Fiscal 2012

Fecha de disposición29 Febrero 2012
Fecha de publicación29 Febrero 2012
MateriaDerecho Fiscal
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración. ACUERDO E/JGA/8/2012

MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 39 y 41, fracciones I, XII, XXII y XXXV de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; con fundamento en lo establecido por el artículo 1 de la Ley Orgánica antes citada, en relación con los artículos 4, 5 y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 32 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, otorga al Tribunal autonomía técnica y de gestión, para ejercer su presupuesto directamente sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, observando lo previsto en el artículo 5, fracción II, incisos c) y d) de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de eficiencia, eficacia y transparencia y estará sujeto a la evaluación y control de los órganos correspondientes;

Que conforme a los párrafos cuarto y quinto del artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Tribunal, dentro del margen de la autonomía presupuestal que le otorga su Ley Orgánica, contará con una unidad de administración encargada de establecer medidas para la administración interna respecto al gasto público;

Que de lo señalado en los considerandos que anteceden, se desprende que el Tribunal, como ejecutor de gasto con autonomía presupuestal, por conducto de su unidad de administración y en términos de lo establecido por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria deberá emitir su manual de remuneraciones, el cual incluirá el tabulador de percepciones y las reglas correspondientes para su aplicación;

Que corresponde a la Junta de Gobierno y Administración expedir en el ámbito administrativo los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;

Que la Junta de Gobierno y Administración cuenta con facultades para acordar la distribución de los recursos presupuestales conforme a la Ley, dictar las órdenes relacionadas con su ejercicio y supervisar su legal y adecuada aplicación, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

ARTICULO UNICO

Se expide el Manual de Remuneraciones de los servidores públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el ejercicio fiscal 2012, conforme a lo siguiente:

MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

Objeto

Artículo 1

El presente ordenamiento tiene por objeto establecer las disposiciones generales para regular las remuneraciones de los servidores públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Definiciones

Artículo 2

Las definiciones previstas en los artículos 2 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como, 2 y 31 de su Reglamento, serán aplicables para este Manual. Adicionalmente, para efectos de este instrumento, se entenderá por:

  1. Analítico de Plazas: Agrupación de plazas jerarquizadas con actividades definidas, delimitadas y concretas, refleja el número total de plazas autorizadas por clave;

  2. Catálogo de Puestos: Documento que reúne, clasifica y sistematiza la información de los puestos existentes en el Tribunal.

  3. Clave: La nomenclatura que diferencia a los puestos dentro de la plantilla de personal y que permite identificar a qué actividad y grupo pertenecen y si son de base o confianza;

  4. Compensación o Compensaciones: La remuneración complementaria al Sueldo Base Tabular,

    que se cubre a los servidores públicos que corresponda y que se integra a los Sueldos y Salarios. Esta remuneración no forma parte de la base de cálculo para determinar las prestaciones básicas, así como las cuotas y aportaciones de seguridad social, salvo aquéllas que en forma expresa determinen las disposiciones aplicables. Dichos conceptos de pago no podrán formar parte de la base de cálculo para efectos de indemnización o liquidación, con excepción de los supuestos específicos que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación;

  5. Estructura Orgánica Básica: La integrada por las unidades administrativas cuyas funciones reflejan atribuciones directas conferidas en el Reglamento Interior. Son los puestos que toman decisiones, formulan políticas, elaboran los planes y determinan las líneas generales del Tribunal, comprenden desde los Directores Generales hasta el Presidente del Tribunal;

  6. Estructura Orgánica No Básica: Se integra por los puestos de estructura cuyas atribuciones las realizan en forma indirecta y dependen en su ejecución funcional de manera invariable de una unidad ubicada en la Estructura Orgánica Básica, comprende desde los Jefes de Departamento hasta los Directores de Area;

  7. ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  8. Junta: La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones previstas en la Ley Orgánica;

  9. Ley del ISSSTE: Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  10. Ley Orgánica: Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;

  11. Manual: Manual de Remuneraciones de los servidores públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;

  12. Nivel: La escala de Percepciones Ordinarias que corresponden conforme a un puesto del Tabulador de Sueldos y Salarios;

  13. PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012;

  14. Percepción Extraordinaria: Es aquélla que no constituye un ingreso fijo, regular ni permanente, ya que su otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos y condiciones variables. Dichos conceptos de pago en ningún caso podrán formar parte integrante de la base de cálculo para efectos de indemnización o liquidación o de prestaciones de seguridad social;

  15. Percepción Ordinaria: Las remuneraciones fijas mensuales, regulares y permanentes que reciben los servidores Públicos por el desempeño de sus funciones de acuerdo con la clave y nivel del puesto que ocupan, que considera el Sueldo Base Tabular y la Compensación;

  16. Plaza: Posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente;

  17. Prestaciones: Son los beneficios que reciben los servidores públicos, en razón de la clave y nivel de puesto al que pertenezcan, en los términos de este Manual;

  18. Puesto: Unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de funciones que deben realizarse y aptitudes que se requieren para su ocupación, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad;

  19. Servidores Públicos: Personas al servicio del Tribunal que formalmente ocupan una plaza dentro del mismo;

  20. SAR: Sistema de Ahorro para el Retiro;

  21. Sueldo Base Tabular: Los importes que se consignan en el Tabulador de Sueldos y Salarios, que constituyen la base de cálculo aplicable para computar las prestaciones básicas en favor de los servidores públicos, así como las cuotas y aportaciones por concepto de seguridad social;

  22. Sueldos y Salarios: Las remuneraciones que se deben cubrir a los servidores públicos por concepto de Sueldo Base Tabular y Compensación por los servicios prestados al Tribunal, conforme al contrato o nombramiento respectivo. Los Sueldos y Salarios se establecen mediante importes en términos mensuales, a partir de una base anual expresada en 360 días;

  23. Tabuladores de Sueldos y Salarios: Los instrumentos que permiten representar los valores monetarios con los que se identifican los importes por concepto de Sueldos y Salarios en términos mensuales, que aplican a un puesto determinado, en función de la clave y nivel autorizados, según corresponda, y

  24. Tribunal: El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

    Ambito de Aplicación

Artículo 3

Las disposiciones contenidas en el presente Manual son de aplicación exclusiva a los servidores públicos del Tribunal.

Artículo 4

Se excluye del presente Manual a las personas físicas contratadas para prestar servicios profesionales bajo el régimen de honorarios.

Disposiciones Generales Artículos 5 a 34
Artículo 5

La Junta podrá aprobar o modificar en cualquier tiempo las disposiciones que regulen en forma complementaria las percepciones ordinarias y, en su caso, las extraordinarias referidas en este Manual.

Artículo 6

La Dirección General de Recursos Humanos será la responsable de observar y dar seguimiento a la aplicación de este Manual.

Artículo 7

Los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades, y que, en ningún caso, podrá ser igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos o que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo.

Artículo 8

El presente Manual considera las remuneraciones de los servidores públicos para:

  1. Personal de mando y de enlace, que...

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