Decreto por el que se expide el Reglamento de la Cámara de Diputados

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EmisorCámara de Diputados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados. LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, DECRETA:

Artículo Unico

Se expide el Reglamento de la Cámara de Diputados.

TITULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículos 1 a 134
CAPITULO I Artículo 1

Del Objeto

Artículo 1
  1. El presente Reglamento tendrá por objeto normar la actividad parlamentaria en la Cámara de Diputados, así como establecer los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento.

  2. Lo no previsto en este Reglamento se ajustará a las disposiciones complementarias que sean aprobadas por el Pleno de la Cámara de Diputados.

CAPITULO II Artículos 2 a 4

De las Convenciones y Definiciones

Artículo 2
  1. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

  1. Cámara: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión;

  2. Conferencia: La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

  3. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  4. Coordinador: El Coordinador de cada Grupo Parlamentario en la Cámara de Diputados;

  5. Estatuto: El Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados;

  6. Gaceta: La Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados;

  7. Grupo o grupos: El Grupo Parlamentario o grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados;

  8. Junta: La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados;

  9. Junta Directiva: La Mesa Directiva de las comisiones y de los comités;

  10. Ley: La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;

  11. Mesa Directiva: La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados;

  12. Presidente: La Diputada o Diputado que preside la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados;

  13. Presidente de la Junta Directiva: La Diputada o Diputado que preside el órgano de dirección de la comisión o comité;

  14. Reglamento: El Reglamento de la Cámara de Diputados;

  15. Secretaría: La Secretaría de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados;

  16. Secretaría de la Junta Directiva: El Secretario o secretarios de la comisión o comité;

  17. Sistema Electrónico: El Sistema de Registro de Asistencia, Votación y Audio Automatizado, y

  18. Vicepresidente: El Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Artículo 3
  1. Para efectos del Reglamento se utilizan las voces y significados siguientes:

  1. Año legislativo: Es el periodo comprendido entre el primero de septiembre y el treinta y uno de agosto del año siguiente;

  2. Comisión: Es el órgano constituido por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones contribuye a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales;

  3. Comité: Es el órgano auxiliar en actividades de la Cámara, distinto de las comisiones, constituido para realizar tareas específicas y de apoyo a los órganos legislativos, de acuerdo a lo que dispone el artículo 46 de la Ley;

  4. Convocatoria: Es la cita formal que realizan los órganos facultados para ello en la Cámara, a efecto de llevar a cabo una Sesión o Reunión;

  5. Declaratoria de publicidad: Es el anuncio formal que hace el Presidente, ante el Pleno, informando que se ha publicado en la Gaceta un dictamen;

  6. Dieta: Es la remuneración irrenunciable por el desempeño del cargo de Diputado Federal;

  7. Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados: Es la publicación a través de la cual se difunden las actividades, comunicaciones, documentos o acuerdos que tienen que ver con la Cámara;

  8. Iniciativa: Es el acto jurídico por el cual da inicio el proceso legislativo;

  9. Legislatura: Es el periodo durante el cual funciona la Cámara, que será de tres años, contados a partir de su instalación;

  10. Licencia: Es la autorización concedida por la Cámara, a la solicitud presentada por el diputado o diputada para separarse del ejercicio de su cargo;

  11. Mayoría absoluta: Es el resultado de la suma de diputadas y diputados o votos que representen, cuando menos, la mitad más uno de los presentes;

  12. Mayoría calificada: Es el resultado de la suma de diputadas y diputados o votos que representa, cuando menos, las dos terceras partes de los presentes;

  13. Mayoría simple: Es el resultado de la suma de votos de los presentes, que constituye la cantidad superior frente a otra u otras opciones;

  14. Minuta: Es el proyecto de ley o de decreto que se recibe de la Cámara de Senadores o que se envía a ella, en cualquiera de las etapas del proceso legislativo;

  15. Orden del Día: Es el listado de asuntos que se proponen al Pleno para ser tratados en una Sesión o Reunión;

  16. Permiso: Es la autorización de un órgano de la Cámara para que alguno de sus integrantes pueda retirarse de una Sesión o Reunión;

  17. Pleno: Es la Asamblea general de la Cámara de Diputados;

  18. Proposición con punto de acuerdo: Es una petición para que la Cámara asuma una postura institucional respecto a un asunto no legislativo.

  19. Quórum: Es el número mínimo de diputados y diputadas requerido para que el Pleno, las comisiones y los comités puedan abrir sus sesiones y reuniones respectivamente, así como para realizar votaciones nominales. Este número equivale a la mitad más uno del total de sus integrantes;

  20. Reunión: Es la asamblea que realiza cada órgano de la Cámara;

  21. Sesión: Es la asamblea de los integrantes de la Cámara en Pleno;

  22. Suplencia: Es el mecanismo de ocupación del cargo de diputado o diputada, que se presenta cuando el propietario fallece, está imposibilitado física o jurídicamente, o bien, manifiesta a través actos u omisiones, su decisión de no aceptar el cargo o de obtener licencia;

  23. Turno: Es la resolución de trámite que dicta el Presidente, durante las sesiones, para enviar los asuntos que se presentan en el Pleno a la instancia respectiva, con el fin de darles el curso legal que corresponda dentro del procedimiento, y

  24. Vacante: Es la declaración hecha por la Cámara sobre la situación de ausencia en el ejercicio del cargo de diputado o diputada propietario y suplente.

Artículo 4
  1. La Cámara se instalará por legislaturas, llevando a cabo sus actividades en periodos de sesiones, de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución, la Ley y este Reglamento.

CAPITULO III Artículos 5 a 8

De los Diputados y las Diputadas

Artículo 5
  1. Los diputados y diputadas tendrán los mismos derechos y obligaciones, sin importar su filiación política o sistema de elección.

  2. Los diputados y diputadas no gozarán de remuneración adicional por el desempeño de sus tareas, comisiones o cualquier otra responsabilidad derivada de su cargo.

Sección Primera Artículo 6

Derechos de Diputados y Diputadas

Artículo 6
  1. Serán derechos de los diputados y diputadas:

  1. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones ante la Cámara;

  2. Asistir con voz y voto a las sesiones del Pleno;

  3. Integrar las comisiones y los comités, participar en sus trabajos, así como en la formulación de sus dictámenes y recomendaciones.

  4. Hacer uso de la tribuna cuando el Presidente así lo autorice en los tiempos establecidos en este Reglamento. En sus intervenciones podrá hacer las manifestaciones que considere pertinentes.

  5. Asistir, con voz pero sin voto, a reuniones de comisiones o comités de las que no forme parte;

  6. Percibir una dieta, que será igual para todos, y que les permita desempeñar con eficacia y dignidad el cargo;

  7. Ser electo y elegir a los legisladores que integrarán a los órganos constituidos de acuerdo a la Ley;

  8. Solicitar cualquier información a los Poderes de la Unión o cualquier otra instancia federal;

  9. Tener asesoría y personal de apoyo que coadyuven al desarrollo de su cargo;

  10. Participar en los debates, votaciones y cualquier otro proceso parlamentario para el que se encuentre facultado;

  11. Formar parte de un Grupo o separarse de él, de acuerdo a sus ordenamientos;

  12. Contar con una acreditación de...

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