Acuerdo mediante el cual se expiden las Reglas de Operación del Programa de Conservación y Restauración de Ecosistemas Forestales

Fecha de disposición07 Mayo 2004
Fecha de publicación07 Mayo 2004
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se expiden las Reglas de Operación del Programa de Conservación y Restauración de Ecosistemas Forestales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

ALBERTO CARDENAS JIMENEZ, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la asistencia de MANUEL AGUSTIN REED SEGOVIA, Director General de la Comisión Nacional Forestal, con fundamento en los artículos 25 párrafos sexto y séptimo, y 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 al 5, 11, 12, 16, 17, 22, 24, 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 16 y 32 bis fracción XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción V, 9o., 16 fracción IV, 28 y 32 de la Ley de Planeación; 2o., 4o., 9o., 13, 15 y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 4o., 5o. fracción I, 39, 40, 75, 76 y 113 fracción II inciso c) de su Reglamento; 1o., 2o. y del 51 al 55 y 8o. transitorio del Decreto que contiene el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2004; 8o., 10o., 11 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como 1o. y 5o. fracciones I y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 1, 3, 4 fracciones III y VI del Decreto de Creación de la Comisión Nacional Forestal; 11 fracción II del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal.

CONSIDERANDO

Que el artículo 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de la Nación;

Que con fecha 4 de abril de 2001, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), cuyo objeto es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y de restauración en materia forestal, así como de participar en la formulación de los programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable;

Que en el marco del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2004, se ha establecido el presente Programa, que prevé el otorgamiento de apoyos destinados a promover el desarrollo forestal sustentable;

Que de conformidad con los artículos 52 y 53 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2004, es responsabilidad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, instrumentar los mecanismos que aseguren que los apoyos serán entregados a sus destinatarios y ejercidos de manera eficiente, así como establecer los lineamientos que permitan evaluar sus beneficios ambientales, económicos y sociales.

Que con base en lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE CONSERVACION Y RESTAURACION DE ECOSISTEMAS FORESTALES

INTRODUCCION Artículos 1 a 58

La constante degradación de los recursos forestales, tanto suelos como vegetación, es uno de los problemas centrales del país y asunto de seguridad nacional.

Los habitantes de los bosques, selvas y zonas áridas del país en su mayoría sufren pobreza extrema y marginación; la falta de vinculación del hombre con el recurso, forma parte importante de la problemática del sector. Las consecuencias de la deforestación y la degradación de los ecosistemas son: erosión, sedimentación de lagos y ríos, disminución de la captación de agua y recarga de mantos acuíferos, inundaciones, reducción del potencial productivo por la pérdida paulatina de la fertilidad de suelos e impacto negativo en la biodiversidad.

Para atender esta problemática, se han generado estrategias de sustentabilidad dirigidas a la conservación y restauración de suelos, así como a la utilización de la reforestación dirigida hacia terrenos de vocación forestal, y a la ampliación de la cobertura de atención en los estados al programa de sanidad forestal; donde las organizaciones de dueños y/o poseedores de terrenos forestales con criterios productivos y de conservación sean los mayormente beneficiados.

CAPITULO 1 OBJETIVOS Y DEFINICIONES Artículos 1 a 3
Artículo 1 Otorgar apoyos para incentivar a los dueños y poseedores de terrenos forestales o preferentemente forestales, para que participen en la protección, conservación y restauración de los recursos forestales y los recursos asociados, dentro del territorio nacional.
Artículo 2 Son objetivos específicos:

Asegurar el establecimiento de una nueva cobertura forestal en bosques, selvas y vegetación de zonas áridas y semiáridas, de acuerdo a la vocación natural de cada ecosistema y a las necesidades de la población.

Realizar prácticas de protección, conservación y restauración del suelo en áreas forestales para disminuir el avance de su degradación.

Disminuir el riesgo de afectación de los recursos forestales por el efecto de plagas y enfermedades, así como disponer de la capacidad para atender oportuna y eficazmente los brotes de insectos y patógenos tanto nativos como exóticos.

Artículo 3 Para los efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por:

Areas forestales perturbadas: Son aquellas que han perdido su cobertura vegetal original, de manera temporal o definitiva, con fines diversos, tales como agricultura, ganadería, infraestructura y centros de población, y que en algunos casos pueden ser restauradas a su condición original.

Areas prioritarias: Zonas que han sido definidas por la CONAFOR, que por su estado de degradación o importancia ambiental requieran de instrumentación de trabajos de conservación y restauración forestal. Estas zonas se ubicarán en relación directa con las cuencas hidrográficas que las contengan.

Beneficiarios: Ejidos, comunidades y pequeños propietarios o poseedores de terrenos forestales o preferentemente forestales, así como las sociedades o asociaciones que éstos constituyan entre sí, que reciban los apoyos de este Programa, con base en las presentes Reglas de Operación.

Categoría de apoyo: Cada una de las modalidades definidas en las presentes Reglas en las que se otorgarán apoyos del Programa.

Comité: Comité Operativo Estatal.

CONAFOR: Comisión Nacional Forestal.

Conservación de suelos: Conjunto de prácticas y obras para controlar los procesos de degradación y mantener la productividad potencial de los suelos.

Degradación del suelo: Disminución antropogénica o natural de la capacidad presente y/o futura del suelo, para sustentar vida vegetal, animal y humana. A su vez, la degradación del suelo se divide de acuerdo con su intensidad en ligera, moderada, severa y extrema, incluyendo la erosión vertical con pérdida de fertilidad del suelo. Se calcula como porcentaje sobre unidad de área.

Degradación extrema: Presenta pérdidas superiores al 75% de la capa de suelo superficial, con cárcavas profundas, es prácticamente imposible recuperarlo en el mediano plazo.

Degradación ligera: Degradación del suelo apenas perceptible y donde se ha perdido hasta un 25% de la capa superficial, pero en un 10 a 20% de la superficie total del área presenta problemas de canalillos y cárcavas pequeñas.

Degradación moderada: Degradación del suelo que presenta erosión en canalillos, canales y cárcavas pequeñas, se ha perdido de 26 al 50% de la capa superficial, puede presentar niveles de degradación ligera o extrema en un 10% de la superficie total del predio.

Degradación severa: Se presentan pérdidas de entre 51 y 75% de la capa superficial, presentan manchones de material consolidado, tipo tepetate o afloramientos rocosos, así como cárcavas de todos tamaños y presenta niveles con degradación ligera o moderada en 25% del área total.

Ecosistema forestal: La unidad funcional básica de interacción de los recursos forestales entre sí y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempos determinados.

Erosión del suelo: Desprendimiento, arrastre y deposición de las partículas del suelo por acción del agua y el viento.

Especie adecuada al ecosistema: Son aquellas especies forestales que se adaptan a las condiciones climáticas, topográficas y edáficas de un sitio en particular.

Evaluación: El proceso de verificación, cuantificación y calificación de los impactos ambientales sociales y económicos generados por el Programa, así como de la calidad de su gestión.

Forestación: El establecimiento y desarrollo de vegetación forestal en terrenos preferentemente forestales, con propósitos de conservación, restauración o producción comercial.

Ley: La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Microcuenca: Es una cuenca pequeña, generalmente menor de 10,000 ha., parte de una cuenca hidrográfica mayor, aunque para algunos casos se puede considerar hasta 50,000 ha. Se delimitará considerando la cartografía Hidrológica de Aguas y Superficiales del INEGI, escala 1:250,000, referenciándose con base en la nomenclatura de Región Hidrológica, Cuenca y Subcuenca, y se denominará de acuerdo con el nombre de la corriente principal que la drena.

Problema fitosanitario: Condición de daño a una especie forestal generada por una plaga o enfermedad.

Programa: Programa de Conservación y Restauración de Ecosistemas Forestales.

Proyecto: Descripción documentada que acompaña a cada una de las solicitudes presentadas y que contiene la información relativa a los procedimientos y compromisos para la ejecución de las acciones previstas en estas Reglas de Operación.

Reasignación...

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