Acuerdo mediante el cual se expiden las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres (FODEIMM) para el ejercicio fiscal 2012

Fecha de disposición29 Diciembre 2011
Fecha de publicación29 Diciembre 2011
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
SecciónDECIMA SEGUNDA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

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ACUERDO mediante el cual se expiden las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres (FODEIMM) para el ejercicio fiscal 2012.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LAS POLITICAS MUNICIPALES DE IGUALDAD Y EQUIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES (FODEIMM) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

MARIA DEL ROCIO GARCIA GAYTAN, Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), con fundamento en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), Artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Artículo 47 y 58 Fracción V y VII, así como 59, Fracción VI de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; Artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; Artículo 1, 9 Fracción II, 10, 11, 12, 15 y 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; Artículo 16 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; Artículo 43, fracción XIX del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de las Mujeres, el Eje 3 Igualdad de Oportunidades, numeral 3.5 Igualdad entre Mujeres y Hombres, Objetivo 16 del Plan Nacional de Desarrollo; el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, emiten las siguientes Reglas de Operación:

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LAS POLITICAS MUNICIPALES DE IGUALDADY EQUIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES (FODEIMM) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

Para efectos de estas Reglas de Operación (ROP), se entenderá por:

APM: Administración Pública Municipal.

BENEFICIARIAS(OS): Son la parte de la Población Objetivo que recibe los Apoyos habiendo cumplido los requisitos de registro y criterios de elegibilidad que se establecen en las presentes Reglas.

CAJ: Coordinación de Asuntos Jurídicos, del INMUJERES.

CATEGORIA: Los diferentes rubros a los que puede pertenecer un proyecto, acorde a las necesidades de la Instancia Municipal de las Mujeres (IMM) para su selección, obtención y ejercicio de los recursos.

CEDAW: Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

CFF: Código Fiscal de la Federación.

CLABE: A la Clave Bancaria Estandarizada de 18 dígitos.

COMITE: El Comité Dictaminador.

CONAPO: Consejo Nacional de la Población.

CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

CONVENIO: Convenio Específico de Colaboración que celebra el INMUJERES con el Municipio y/o la IMM aprobada(o) y seleccionada(o) para la ejecución de un proyecto, de conformidad con las presentes ROP.

DGAF: Dirección General de Administración y Finanzas, del INMUJERES.

DGIPEG: Dirección General de Institucionalización de la Perspectiva de Género, del INMUJERES.

DOF: Diario Oficial de la Federación.

FODEIMM: Programa de Fortalecimiento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres.

FORMACION: Capacidades conocimientos, habilidades, hábitos, valores que se fomentan en el espacio local para facilitar la incorporación de la perspectiva de género en la gestión municipal.

IEE: Institutos Electorales Estatales, o sus equivalentes.

IFE: Instituto Federal Electoral.

IMM: Instancias Municipales de las Mujeres/Instancia Municipal de la Mujer, en lo plural o singular, centralizadas o descentralizadas.

INMUJERES: Instituto Nacional de las Mujeres.

LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

LGAMVLV: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

LGIMH: Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012.

PEG: Perspectiva de Género. Según la LGIMH "Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres [...]. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.

POBLACION OBJETIVO: Los gobiernos municipales a través de las IMM centralizadas o descentralizadas legalmente constituidas en los 31 treinta y un Estados de la República Mexicana.

PND: Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

PRESTADOR(A) DE SERVICIOS (PS): Personas físicas y/o personas morales que ofertan servicios especializados en metodologías de investigación y formación, perspectiva de género y gestión municipal, necesarios para la ejecución de los proyectos; estas personas pueden ser o no integrantes de organizaciones de la sociedad civil o la academia, y se contratan por el municipio para cumplir con la realización del proyecto. Las y los servidores públicos no pueden ser prestadores de servicios.

PROIGUALDAD: Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2008-2012.

ROP: Reglas de Operación.

SFP: Secretaría de la Función Pública.

  1. Introducción

    Este Programa del Gobierno Federal se fundamenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Artículos y en los que se prohíbe cualquier tipo de discriminación y se reconoce la igualdad jurídica entre mujeres y hombres. En la CEDAW, que demanda erradicar la exclusión de género; en la Plataforma de Acción de Beijing, que establece el compromiso de fortalecer los mecanismos para el adelanto de las mujeres que apoyen la incorporación de la igualdad de género en todas las esferas de la política y en todos los niveles de gobierno.

    En el Artículo 9 de la LGIMH, que ordena a la Federación "Establecer mecanismos de coordinación para lograr la transversalidad de la PEG en la función pública nacional"; y determina, en el Artículo 16 que a los municipios les corresponde "implementar la política municipal en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en concordancia con la política nacional y locales correspondientes".

    En el Artículo 4 de la Ley de creación del INMUJERES que establece que su objeto es "promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país", bajo los criterios de transversalidad en las políticas públicas y el federalismo.

    Asimismo en el PND, en donde se determina la decisión de promover el desarrollo humano sustentable y la PEG como una política transversal. En particular en el Eje 3. Igualdad de Oportunidades, Inciso 3.5 Igualdad entre Mujeres y Hombres, Objetivo 16, que plasma la voluntad de "eliminar cualquier discriminación por motivos de género y garantizar la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres alcancen su pleno desarrollo y ejerzan sus derechos por igual".

    En este sentido el PROIGUALDAD, define objetivos estratégicos que buscan garantizar los derechos humanos de las mujeres, la no discriminación y la ampliación de oportunidades. En particular en el objetivo estratégico 1 establece como reto "institucionalizar una política transversal con PEG en la Administración Pública Federal, y construir los mecanismos para contribuir a su adopción en los Poderes de la Unión, en los órdenes de gobierno y en el sector privado".

    En respuesta a estos compromisos, el INMUJERES creó desde 2005 el Fondo de Inicio y Fortalecimiento para las IMM, mismo que en 2008 se constituyó en el Fondo para el Desarrollo de las Instancias Municipales de las Mujeres, y en 2011 se institucionalizó como Programa de Fortalecimiento a las Políticas Municipales para la Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres, manteniendo la denominación de FODEIMM.

    El FODEIMM, es una acción afirmativa mediante la cual el INMUJERES ofrece capacitación, asesoría y recursos económicos para potenciar las capacidades de las IMM y de las y los funcionarios municipales que presenten proyectos viables dirigidos a fortalecer los procesos de gestión de sus gobiernos y de la ciudadanía, para incorporar la transversalidad e institucionalización de la PEG en las políticas públicas locales.

    Es importante recordar que la transversalidad de la PEG hace visibles y toma en cuenta las necesidades e intereses de las mujeres en todos los niveles, áreas y etapas de decisión, formulación, ejecución y evaluación de las políticas y acciones locales para cerrar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres. Por su parte, la institucionalización de la PEG significa reorganizar y transformar los marcos normativos, la cultura y las prácticas de las instituciones con base en los principios de la igualdad y la equidad.

    Avanzar en la institucionalización y transversalidad de la perspectiva de género requiere de la voluntad política de las autoridades municipales, de vocación democrática, visión, convicción, conocimientos, liderazgo y capacidad de decisión para superar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.

    En el período 2008-2011, el INMUJERES desde el FODEIMM, ha impulsado más de 1700 proyectos en los municipios y ha acompañado a los gobiernos locales en su responsabilidad de diseñar, aplicar, dar seguimiento y evaluar políticas públicas para la igualdad de género, apuntalando el funcionamiento de...

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