Extracto del Acuerdo por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Adenda a la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para la Integración de las Mesas de Escrutinio y Cómputo y Mesas de Escrutinio y Cómputo Únicas que habrán de contar los votos de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero en los Procesos Electorales 2017-2018.

Fecha de disposición21 Febrero 2018
Fecha de publicación21 Febrero 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

ANTECEDENTES

En cuanto a los antecedentes, lo más importante es lo siguiente:

[...]

  1. El 28 de junio de 2017, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG194/2017, el Plan Integral de Trabajo del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero en los Procesos Electorales 2017-2018, a propuesta de la Comisión Temporal del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero.

  2. El 28 de junio de 2017, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG195/2017, los "Lineamientos para la conformación de las Listas Nominales de Electores Residentes en el Extranjero para los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018".

  3. El 28 de junio de 2017, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG196/2017, los "Lineamientos para la organización del voto postal de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero para los Procesos Electorales 2017-2018", a propuesta de la Junta General Ejecutiva.

  4. El 8 de agosto de 2017, en la reunión del grupo de trabajo de la Comisión Temporal del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero, se presentaron los proyectos de Reglas de Operación y Bases de la Convocatoria del Concurso para la promoción del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero, dirigido a las organizaciones de la sociedad civil.

  5. El 23 de agosto de 2017, en su tercera sesión ordinaria, la Comisión Temporal del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero aprobó, mediante Acuerdo INE/CVMRE-03SO: 23/08/2017, la Estrategia Integral de Promoción del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero en los Procesos Electorales 2017-2018. El 28 de agosto de 2017, se presentó en este Consejo General la Estrategia Integral de Promoción del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero en los Procesos Electorales 2017-2018 referida en el párrafo precedente.

  6. El 5 de septiembre de 2017, este órgano superior de dirección aprobó el Acuerdo INE/CG392/2017, mediante el cual se reforma el Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, por el que se adicionan los incisos y), z) y aa) al párrafo 1 del artículo 45 y se derogan los incisos e) y f) del párrafo 1 del artículo 65 del referido ordenamiento, entre otras disposiciones reglamentarias. Dicho Acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 2017.

  7. El 5 de septiembre de 2017, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG399/2017, la Estrategia de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2017-2018 y sus respectivos anexos. Ese documento permite trazar y guiar cada una de las acciones necesarias a realizar por todas las áreas del Instituto, así como por los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas para la integración de mesas directivas de casilla.

  8. El 9 de octubre de 2017, durante su quinta Sesión Extraordinaria, la Comisión Temporal del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero, turno la Estrategia de Capacitación Electoral del Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero para el Proceso Electoral 2017- 2018, para su revisión y, en su caso, aprobación a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.

  9. El 26 de octubre de 2017, durante su primera Sesión Ordinaria, la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, aprobó someter a la consideración de este órgano superior de dirección

el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la Adenda a la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para la Integración de las MEC y MEC Únicas que habrán de contar los votos de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero en los procesos electorales 2017-2018.

CONSIDERANDOS

Por lo que refiere a los considerandos, lo más significativo se presenta a continuación:

[...]

  1. El Considerando 17 del Acuerdo INE/CG665/2016, dispone que las tareas vinculadas con el voto de los mexicanos residentes en el extranjero deben garantizar la libertad y el secreto del voto, así como los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. Por lo que el Punto Tercero del Acuerdo en cita establece que son funciones de la Comisión del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero, además de las indicadas en el artículo 8 del Reglamento de Comisiones del Consejo General: 1) Aprobar el programa de trabajo de la Comisión del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero que será presentado por la Secretaría Técnica y en el que se establecerá el calendario de sesiones de la Comisión; 2) Informar respecto del seguimiento de las actividades establecidas para el VMRE, así como de los acuerdos que al respecto se generen; 3) Presentar los informes que le sean requeridos en la materia, atender y dar seguimiento a los requerimientos que le sean encomendados por el Consejo General, y 4) Las demás que le confiera el Consejo General y la normatividad aplicable.

  2. Por otra parte, el numeral 45 de los Lineamientos para la organización del voto postal de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero para los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018, define la conformación de las MEC.

  3. Además, el numeral 46 los Lineamientos referidos establece la instalación de una MEC Única, en los casos de elecciones concurrentes en entidades que contemplen el VMRE, a las cuales se adicionará un secretario y dos escrutadores.

  4. El numeral 47 de los mencionados Lineamientos, en concordancia con lo previsto en el párrafo 5 del artículo 346 de la LGIPE, señala que cuando se registre la ausencia de los funcionarios titulares y suplentes de las MEC de la elección federal y, en su caso, de las MEC Únicas en elecciones concurrentes el día de la Jornada Electoral, podrán integrarse a las MEC que lo requieran, funcionarios del INE acreditados y capacitados para ejercer dicha labor.

  5. Asimismo, el numeral 52 de esos Lineamientos señala que las tareas de integración de las MEC y de las MEC Únicas, así como la capacitación de sus funcionarios, serán desarrolladas por el INE por conducto de sus JDE y con el apoyo de los CAE. En estas tareas se contará con el acompañamiento de los OPL para el caso de las elecciones locales.

  6. Bajo este mismo tenor, en los numerales 54, 55 y 56 de los Lineamientos en cita se delega la responsabilidad de efectuar la capacitación electoral para los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018, mediante los procedimientos y las estrategias que se definan para tal fin y que, en el caso de los comicios en las entidades federativas, se establecerán en los Convenios Generales de Coordinación y Colaboración que celebre con los OPL. Además, aplicará en lo conducente para el tema de la capacitación de los integrantes de las MEC y MEC Únicas, lo estipulado por el artículo 254 de la LGIPE, basándose principalmente en los criterios de sorteo e insaculación. Lo anterior de forma paralela y/o simultánea a la capacitación a funcionarios de mesas directivas de casilla, y, en los casos de elecciones coincidentes, en estas actividades se podrá contar con la presencia de los OPL.

  7. Finalmente, el Plan Integral de Trabajo del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero 2017-2018, aprobado mediante el Acuerdo INE/CG194/2017, está organizado por seis fases que integran las actividades a realizar por cada una de las áreas involucradas en el proyecto; entre ellas, la fase de "Capacitación electoral e integración de las mesas de escrutinio y cómputo" considera las actividades institucionales relativas a elaborar, aprobar y poner en marcha la estrategia de integración de MEC y la capacitación electoral de las y los ciudadanos que las integrarán; el número de mesas a instalar en el Local Único; el diseño del mecanismo

    para el registro de las y los representantes de los partidos políticos y, en su caso, las candidaturas independientes ante las MEC. Por último, durante esa fase se llevarán a cabo los simulacros y demás prácticas previas a la Jornada Electoral.

  8. En el marco de los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018, resulta necesario implementar acciones que aseguren la adecuada planeación y organización del VMRE en las respectivas elecciones de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, las Senadurías, las Gubernaturas de las entidades federativas de Chiapas, Guanajuato, Jalisco(1), Morelos, Puebla y Yucatán, así como la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a fin de facilitar a las y los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero el ejercicio de su derecho humano al sufragio. De ahí la importancia de establecer los instrumentos y reglas que definan las actividades a realizar por el INE y los OPL.

  9. Durante los Procesos Electorales Federales de 2005-2006 y 2011-2012, en los que se implementó el voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero; los procedimientos y actividades a desarrollar se plasmaron en el Programa de Integración de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR