Extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se emiten las convocatorias para la ciudadanía interesada en acreditarse como observadora electoral para el Proceso Electoral 2020-2021, y se aprueba el modelo que deberán atender los Organismos Públicos Locales para emitir la convocatoria respectiva; así como las modificaciones a los Anexos 6.1, 6.2, 6.5 y 6.6 del Reglamento de Elecciones.

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EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral. Extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se emiten las convocatorias para la ciudadanía interesada en acreditarse como observadora electoral para el Proceso Electoral 2020-2021, y se aprueba el modelo que deberán atender los Organismos Públicos Locales para emitir la convocatoria respectiva; así como las modificaciones a los Anexos 6.1, 6.2, 6.5 y 6.6 del Reglamento de Elecciones.

Al margen un sello con el escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos. Instituto Nacional Electoral. INE/CG255/2020 de fecha 04 de septiembre de 2020.

ANTECEDENTES

I. (...)

VII. El 8 de julio de 2020, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG164/2020 por el cual se reforma el RE y sus respectivos anexos, entre ellos los artículos 186, 189, 193, 195, 200 al 202 y 207, referentes a la observación electoral.

Motivación

1. (...)

46. El Instituto debe realizar acciones tendientes a informar a la ciudadanía respecto de los mecanismos con los que cuenta para hacer efectivo el ejercicio de sus derechos político-electorales, uno de los cuales es la participación, realizando tareas de observación electoral, para presenciar y vigilar todos los actos que se desarrollan en el proceso comicial

(...)

56. Por lo anterior, de conformidad con las actualizaciones propuestas en los numerales 53, 54 y 55 se propone actualizar las convocatorias del Instituto y del OPL, consistentes en, algunos artículos del fundamento legal, en correspondencia con las reformas del RE; asimismo, en el apartado de documentos, se incorporaron las formas de registro de solicitud (de manera presencial o a través del Portal Público (en línea); en el apartado de plazos se adicionaron los periodos en los que se entregarán o enviarán las solicitudes, el medio por el cual se harán llegar (presencial o en línea), así como las modalidades para llevar a cabo los cursos de capacitación (presencial o en la plataforma virtual); por último, la convocatoria cuenta con un apartado de datos de contacto, en el cual se capturará la dirección electrónica para realizar el registro (en línea), y los teléfonos de las juntas. Para el caso del modelo de convocatoria del OPL se modificó un dato en el apartado de los plazos y en los datos de contacto.

ACUE...

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