Extracto del Acuerdo INE/CG177/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban las modificaciones a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para el Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de datos personales que forman parte del Padrón Electoral, aprobados mediante diverso INE/CG649/2018.
Edición | Matutina |
Emisor | Instituto Nacional Electoral |
EXTRACTO del Acuerdo INE/CG177/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban las modificaciones a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para el Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de datos personales que forman parte del Padrón Electoral, aprobados mediante diverso INE/CG649/2018. EXTRACTO del Acuerdo INE/CG177/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban las modificaciones a los "Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para el Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de datos personales que forman parte del Padrón Electoral", aprobados mediante diverso INE/CG649/2018.
ANTECEDENTES
1. El 18 de junio de 2018, mediante Acuerdo INE/CG649/2018, este Consejo General aprobó los Lineamientos y abrogó la normativa aprobada en el diverso CG734/2012. [...]
6. El 22 de enero de 2020, mediante Acuerdo INE/CG28/2020, este Consejo General aprobó los Procedimientos, en acatamiento a las sentencias SG-JDC-279/2019 y SM-JDC-247/2019, dictadas por las Salas Regionales Guadalajara y Monterrey del TEPJF.
En el punto Tercero del Acuerdo, se instruyó a la DERFE a presentar a este Consejo General, en un plazo de 90 días contados a partir de la aprobación de los Procedimientos, una propuesta de modificación a los Lineamientos, en la que se contemple el supuesto que para el derecho de acceso a esos datos, de las personas que no pueden manifestar, por sus propios medios, su voluntad de manera clara, precisa e indubitable, pueda ser ejercido por un(a) enlace o representante legal. [...]
CONSIDERANDOS
[...] TERCERO. [...] este Consejo General estima procedente modificar los Lineamientos, para lo cual se prevé efectuar los siguientes ajustes: (1) Se incluye la nueva figura denominada "Enlace" en el numeral 3, inciso j), para que pueda actuar en representación de la o el titular de los datos personales que forman parte del Padrón Electoral que no puede manifestar, por sus propios medios, su voluntad de manera clara, precisa e indubitable para realizar el ejercicio del derecho de acceso a dichos datos. [...] (2) En el numeral 6, que refiere que los datos personales que forman parte del Padrón Electoral serán estrictamente confidenciales, se incluye la regulación referente a la atención a la ciudadanía que no puede manifestar, por sus propios medios, su voluntad de manera clara, precisa e indubitable. [...] (3) En el numeral 8, que establece la documentación que...
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