Extracto del Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se determina el local único en el que se realizará el escrutinio y cómputo de los votos emitidos por las y los mexicanos residentes en el extranjero para los Procesos Electorales Locales 2020-2021.

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EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral. Extracto del Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se determina el local único en el que se realizará el escrutinio y cómputo de los votos emitidos por las y los mexicanos residentes en el extranjero para los Procesos Electorales Locales 2020-2021

Al margen un sello con el escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos. Instituto Nacional Electoral. INE/JGE42/2021 de fecha 25 de febrero de 2021.

ANTECEDENTES

(...)

  1. El 18 de febrero de 2021, en la primera sesión extraordinaria de la CVME, se presentó la propuesta de las instalaciones que fungirán como Local Único para el VMRE en los PEL 2020-2021.

  2. Mediante escrito de fecha 19 de febrero de 2021, suscrito por el Coordinador Operativo del Centro Social y Deportivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud otorgó su anuencia al Instituto para la utilización de sus instalaciones para la instalación del Local Único para las mesas de escrutinio y cómputo de la votación recibida desde el extranjero en el presente Proceso Electoral.

CONSIDERANDO

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Fundamentación

(...)

6. El VMRE, según lo indica el artículo 329, numeral 2, de la LGIPE, podrá ejercerse por correo, mediante la entrega de la boleta en forma personal en módulos que se instalen en embajadas o consulados, o por vía electrónica.

7. Corresponde al Consejo General determinar la forma en que las y los ciudadanos que residen en el extranjero remitirán su voto al Instituto, de acuerdo con lo señalado en el artículo 343, numeral 1, de la LGIPE.

(...)

26. Corresponde al Instituto determinar el número de MEC del VMRE para los PEL 2020-2021, además del Local Único ubicado en la Ciudad de México en el que serán instaladas, según lo expuesto en los numerales 35 y 37 de los LOVP.

27. El numeral 39 de los LOVP, señalan que el INE llevará a cabo la integración de las MEC con las siguientes personas funcionarias(os) electorales: una persona que fungirá como presidenta; una persona que fungirá como secretaria; dos personas que fungirán como escrutadoras, y dos suplentes generales por MEC.

28. El numeral 42 de los LOVP dispone que los OPL deberán designar al personal que acompañará las actividades que se desarrollen en el Local Único el día de la Jornada Electoral.

(...)

39. Para el VMRE en los PEL 2020-2021 y a propósito de ubicar el Local Único en el que se...

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