Extracto del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Subsecretaría de Transporte.- Dirección General de Aeronáutica Civil. EXTRACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL

Con fundamento en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 37 del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, firmado por México el 7 de diciembre de 1944 y ratificado el 25 de junio de 1946, la Norma 3.1.1 del Anexo 17 del mismo Convenio; los artículos 36 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 73 de la Ley de Aeropuertos; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; se hace del conocimiento de los interesados, el siguiente:

EXTRACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL

CAPÍTULO 1

OBJETIVO DEL PROGRAMA

Establecer las políticas de coordinación entre las dependencias, organismos, empresas, concesionarios, permisionarios y prestadores de servicios para el transporte aéreo nacional y extranjero en territorio nacional y cualquier otro organismo en seguridad de la aviación civil para implementar y cumplir con los estándares, métodos y procedimientos, tanto nacionales como internacionales, que refuercen la efectividad de las acciones tendientes a garantizar la seguridad de la aviación civil, para prevenir y, en caso necesario, atender la ocurrencia de un acto de Interferencia Ilícita.

CAPITULO 2

DEFINICIONES

Para los efectos de este Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, se entenderá por:

Acto de interferencia ilícita.

Acciones o tentativas, destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil incluyendo, de forma enunciativa mas no limitativa, lo siguiente:

Apoderamiento ilícito de aeronaves;

Destrucción de una aeronave en servicio;

Toma de rehenes a bordo de aeronaves o en los aeródromos;

Intrusión por la fuerza a bordo de una aeronave, en un aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica;

Introducción a bordo de una aeronave o en un aeropuerto de armas o de artefactos (o sustancias o materiales) peligrosos prohibidos y/o con fines criminales;

Uso de una aeronave en servicio con el propósito de causar, intencionalmente, la muerte o daños graves a los bienes o al medio ambiente; y

Comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de una aeronave en vuelo, o en tierra, o la seguridad de los pasajeros, tripulación, personal de tierra y público en un aeropuerto o en el recinto de una instalación de aviación civil.

Seguridad.

Combinación de medidas y recursos humanos y materiales destinados a proteger a la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita.

CAPITULO 3

LEGISLACION

El Programa...

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