Extracto de la resolución de fecha tres de marzo de dos mil veinte, mediante la cual la persona titular de la Gerencia de Control Normativo del Banco de México resolvió imponer a las personas morales Consorcio Constructor Gómez Facio, S.A. de C.V., y Grupo Condiso, S.A. de C.V., la sanción administrativa consistente en la multa e inhabilitación temporal para participar, de manera directa o por interpósita persona, en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, así como por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2021: Año de la Independencia". EXTRACTO de la resolución de fecha tres de marzo de dos mil veinte, mediante la cual la persona titular de la Gerencia de Control Normativo del Banco de México resolvió imponer a las personas morales CONSORCIO CONSTRUCTOR GÓMEZ FACIO, S.A. DE C.V., y GRUPO CONDISO, S.A. DE C.V., la sanción administrativa consistente en la multa e inhabilitación temporal para participar, de manera directa o por interpósita persona, en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, así como por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Mediante resolución de fecha tres de marzo de dos mil veinte, emitida por la persona titular de la Gerencia de Control Normativo del Banco de México, dictada en autos del expediente del procedimiento sancionatorio número S-04/17, resolvió que el licitante CONSORCIO CONSTRUCTOR GÓMEZ FACIO, S.A. DE C.V., de manera conjunta con GRUPO CONDISO, S.A. DE C.V., incurrió en conducta infractora prevista en el artículo 78, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, aplicable por remisión expresa del artículo 70, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, en virtud de que dicho licitante proporcionó información falsa al Banco de México dentro del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. BM-SAIG-CO-17-0003-1, relativo a la contratación de obra inmobiliaria consistente en trabajos de herrería, acabados en muros, pisos y plafones en los inmuebles ubicados en Av. 5 de Mayo Nos. 1, 2, 6, 18, 20, 130; Bolívar No. 19, Gante No. 20, Venustiano Carranza No. 23, e Isabel la Católica no. 54, Col Centro, Cuauhtémoc, C.P. 06000; en áreas general del Complejo Legaría, ubicadas en Calzada Legaría NO 691, Col Irrigación, miguel Hidalgo, C.P. 11500; en Fuerza Aérea Mexicana, No. 429, Col. Aeropuerto Internacional Benito Juárez, CP. 15620, y en Aviación Civil 31, Col Federal, C.P. 15700, ya que dichas empresas concurrieron al citado procedimiento de contratación de manera conjunta y presentaron el documento denominado "INFORME PORMENORIZADO PARA DEMOSTRAR LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA REQUERIDA", así como copia de los contratos listados en el mencionado informe, presentados para acreditar el requisito de...

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