Extracto de la solicitud para modificar la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen Mezcal

Fecha de disposición15 Octubre 2015
Fecha de publicación15 Octubre 2015
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. EXTRACTO DE LA SOLICITUD PARA MODIFICAR LA DECLARACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN "MEZCAL".

  1. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 158, 159 fracciones I a III, 161 y 166 de la Ley de la Propiedad Industrial; y Quinto Resolutivo de la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen "Mezcal", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 1994, se efectúa la publicación del Extracto de la solicitud de modificación a la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen "Mezcal", a petición de parte interesada, en los siguientes términos:

    1. - Nombre, domicilio y nacionalidad del solicitante

      Mediante escritos presentados ante este Instituto el 17 de agosto y el 10 de septiembre de 2015, el Estado de Puebla, como parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y representado por su Gobernador Constitucional Rafael Moreno Valle Rosas, de nacionalidad mexicana, en términos de lo dispuesto por los artículos 70 y 79 fracciones II y XXXVI de la Constitución Política del Estado Libre de Puebla y 1, 2, 8 y 11 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, con domicilio en el inmueble ubicado en Boulevard Héroes del 5 de mayo, número 402, colonia Centro, código postal 72000, en la ciudad de Puebla, Puebla, con fundamento en el artículo 166 de la Ley de la Propiedad Industrial, solicita la modificación a la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen "Mezcal", con el objeto de incluir dentro de la región geográfica protegida por dicha Declaratoria, los siguientes municipios pertenecientes al Estado de Puebla:

      "Acajete, Acatlán de Osorio, Acatzingo, Acteopan, Ahuatlán, Ahuehuetitla, Ajalpan, Albino Zertuche, Altepexi, Amozoc, Aquixtla, Atexcal, Atlixco, Atoyatempan, Atzala, Axutla, Caltepec, Coatzingo, Cohetzala, Cohuecán, Coxcatlán, Coyomeapan, Coyotepec, Cuapiaxtla de Madero, Cuautinchan, Cuayuca de Andrade, Cuyoaco, Chapulco, Chiautla, Chietla, Chigmecatitlan, Chignahuapan, Chila, Chila de la Sal, Chinantla, Eloxochitlán, Epatlán, General Felipe Ángeles, Guadalupe, Huatlatlauca, Huehuetlán el Chico, Huehuetlán el Grande, Huitziltepec, Ixcamilpa de Guerrero, Ixcaquixtla, Ixtacamaxtitlán, Izucar de Matamoros, Jolalpan, Juan N. Méndez, La Magdalena Tlatlauquitepec, Libres, Los Reyes de Juárez, Mixtla, Molcaxac, Nicolás Bravo, Nopalucan, Ocotepec, Oriental, Palmar de Bravo, Petlalcingo, Piaxtla, Quecholac, Rafael Lara Grajales, San Antonio Cañada, San Diego la Mesa Tochimiltzingo, San Gabriel Chilac, San Jerónimo Xayacatlán, San José Chiapa, San José Miahuatlán, San Juan Atzompa, San Martín Totoltepec, San Miguel Ixitlán, San Pablo Anicano, San Pedro Yeloixtlahuaca, San Salvador Huixcolotla, San Sebastián Tlacotepec, Santa Catarina Tlaltempan, Santa Inés Ahuatempan, Santiago Mihuatlán, Santo Tomas Hueyotlipan, Tecali de Herrera, Tecamachalco, Tecomatlán, Tehuacán, Tehuitzingo, Teopantlán, Teotlalco, Tepanco de López, Tepatlaxco de Hidalgo, Tepeaca, Tepemaxalco, Tepeojuma, Tepexco, Tepexi de Rodríguez, Tepeyahualco, Tepeyahualco de Cuauhtemoc, Tilapa, Tlacotepec de Benito Juárez, Tlanepantla, Tlapanalá, Tochimilco, Tochtepec, Totoltepec de Guerrero, Tulcingo, Tzicatlacoyan...

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