Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia de la Santísima Trinidad, en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de Nezahualcóyotl, A.R.

Fecha de disposición20 Marzo 2020
Fecha de publicación20 Marzo 2020
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.- Dirección General Adjunta de Registro, Certificación y Normatividad de las Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE DIÓCESIS DE NEZAHUALCÓYOTL, A.R., DENOMINADA PARROQUIA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD, EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.

En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD, EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO para constituirse en asociación religiosa; derivada de DIÓCESIS DE NEZAHUALCÓYOTL, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:

  1. Domicilio: 4a. Avenida y Calle 10, S/N, Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, Código Postal 57210.

  2. Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en 4a. Avenida y Calle 10, S/N, Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, Código Postal 57210, manifestado de manera unilateral como un inmueble propiedad de la Nación.

  3. Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "...la propagación de la verdad Evangélica en todo su territorio, con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los hombres, así como la enseñanza y practica de sus creencias y la difusión de las mismas en cualquier lugar, por cualquier medio y en cualquier forma permitida por la Ley, así como el sostenimiento, la asistencia y la formación de los Ministros de Culto".

  4. Representante: Luis Manuel Acosta López.

  5. Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

  6. Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar...

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