Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2013

Fecha de disposición09 Mayo 2013
Fecha de publicación09 Mayo 2013
MateriaDerecho Fiscal
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria. PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SECTORES DE CONTRIBUYENTES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2013.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 85, segundo párrafo, 133, último párrafo y 136, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 77 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y 3o., fracción XX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se resuelve:

Único. Se Reforman el Glosario, en sus incisos I y M; las reglas 1.3., cuarto párrafo; 1.14., primer párrafo; 2.11.; 3.13.; 4.4.; y se Adiciona la regla 1.18. con un tercero y cuarto párrafos, de la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2013 en vigor, para quedar de la siguiente manera:

Glosario

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  1. LIF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

...............................................................................................................................................

M. RMF, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013.

...............................................................................................................................................

1.3. .....................................................................................................................................

Las personas físicas y morales que por el ejercicio fiscal de 2013 opten por realizar pagos provisionales y efectuar el entero del ISR retenido a terceros en forma semestral, deberán presentar su aviso de opción ante las autoridades fiscales a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la presente Resolución, en términos de lo establecido en el artículo 26, fracción V del Reglamento del Código y en la ficha de trámite 72/CFF del Anexo 1-A de la RMF. Los contribuyentes que por ejercicios anteriores ya hubieran presentado su aviso de opción para presentar...

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