Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, respecto de la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional en contra del Partido Revolucionario Institucional y del C. Fausto Vallejo Figueroa, Presidente Municipal de Morelia, Michoacán, por hechos que considera constituyen infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en cumplimiento a lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-033/2010

Fecha de disposición26 Agosto 2010
Fecha de publicación26 Agosto 2010
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG154/2010.- Expediente SCG/QPAN/CG/148/2009. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL PARTIDO ACCION NACIONAL EN CONTRA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y DEL C. FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE MORELIA, MICHOACAN, POR HECHOS QUE CONSIDERA CONSTITUYEN INFRACCIONES AL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION AL RESOLVER EL RECURSO DE APELACION IDENTIFICADO CON LA CLAVE SUP-RAP-033/2010.

Distrito Federal, 12 de mayo de dos mil diez.

VISTOS para resolver los autos del expediente identificado al rubro, y:

RESULTANDO

  1. Con fecha dos de julio de dos mil nueve, se recibió en la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral el escrito de denuncia presentado por el Lic. Roberto Gil Zuarth, entonces Representante del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en contra del Partido Revolucionario Institucional y del C. Fausto Vallejo Figueroa, Presidente Municipal de Morelia, Michoacán, por hechos que considera constituyen infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismos que hicieron consistir primordialmente en lo siguiente:

(...)

HECHOS

(...)

  1. - Que el C. Fausto Vallejo Figueroa fue electo Presidente Municipal de la ciudad de Morelia, Michoacán para el periodo 2008-2011, tomando posesión de su cargo el 1o. de Enero de 2008 y debiendo concluir su mandato en Diciembre de 2011.

  2. - El Proceso Electoral Federal 2008-2009, dio inicio el día 3 de octubre del año próximo pasado en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral.

  3. - Que en sesión extraordinaria de fecha 29 de Enero de 2009, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el acuerdo CG39/2009 mediante el cual se emiten NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE IMPARCIALIDAD EN EL USO DE LOS RECURSOS PUBLICOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 347, PARRAFO 1, INCISO C) DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES EN RELACION CON EL ARTICULO 134, PARRAFO SEPTIMO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS que primordialmente contiene lo siguiente.

    (Se transcribe)

    .

  4. - El pasado 2 dos de mayo de 2009, en sesión especial del Consejo General se registraron las candidaturas a Diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría Relativa correspondiente a los 300 distritos electorales federales que integran el país;

    particularmente las candidaturas de los CC. JOSE JUAN MARIN GONZALEZ Y MARBELLA ROMERO NUÑEZ como candidatos propietario por el Distrito 08 Morelia oeste y Distrito 10 Morelia Este, respectivamente, en la ciudad de Morelia Michoacán.

  5. - Las campañas electorales federales dieron inicio el pasado 3 de Mayo del 2009, debiendo concluir el próximo jueves 2 de julio de la presente anualidad.

  6. - El pasado día veintiocho de junio de 2009, los Candidatos por los Distritos de Morelia Este 10 y Morelia Oeste 8, Marbella Romero y José Juan Marín, respectivamente, llevaron a cabo su cierre de campaña en la Plaza Melchor Ocampo ubicada en el centro de la ciudad de Morelia Michoacán.

  7. -Tal como se demuestra en las pruebas que se acompañan a la presente queja y que constan en diversas notas periodísticas de varios periódicos de mayor circulación en la capital del Estado de Michoacán y que en su momento serán detallados, que del evento referido en el Hecho marcado como 6, participó activamente el C. Fausto Vallejo Figueroa Presidente Municipal de la ciudad de Morelia, Michoacán, quien durante todo el evento estuvo al lado de los candidatos ya mencionados y a los que en su momento les alzó del brazo a ambos candidatos en señal de victoria, así también dentro de su participación se encuentra que encabezó el presídium y a su vez dirigió un discurso invitando a los asistentes a votar por los candidatos del partido Revolucionario Institucional.

    De la narración de hechos arriba expuestos, resulta ser así ya que de las pruebas que se anexan al presente derivado de las Notas periodísticas siguientes:

    NOTA PERIODISTICA 1

    Periódico.- Cambio de Michoacán

    Fecha.- Lunes 29 de junio de 2009

    Página.- 9, ELECTOR 2009

    Nota.- "En un ambiente de unidad priista cierran campañas Marbella y José Juan "

    En dicha nota periodística se aprecia la imagen en la que aparecen diversas personalidades públicas, acompañando a los candidatos a Diputados de Mayoría Relativa del Partido Revolucionario Institucional por los Distritos 8 Morelia Oeste, representado por José Juan Marín y Distrito 10 Este, representado por Marbella Romero y además en medio de ambos candidatos se observa claramente al C. Fausto Vallejo Figueroa, Presidente Municipal de Morelia, mismo que se corrobora con la nota inserta al pie de la foto en comento que señala "El alcalde de Morelia, Fausto Vallejo, levanta la mano a los candidatos priistas."

    NOTA PERIODISTICA 2

    Periódico.- La voz de Michoacán

    Fecha.- Lunes 29 de junio de 2009

    Página.- 8a, ELECCION FEDERAL, DECISION 09

    Nota.- "Avanzan Marbella y Marín"

    En dicha nota periodística se aprecia claramente en la parte superior de la página en comento tres fotografías en las que se observa la participación activa del C. Fausto Vallejo Figueroa acompañando a los candidatos ya mencionados; en la primer fotografía de izquierda a derecha se observa el pie de la fotografía "Miles siguieron a Marbella Romero

    desde las Tarascas" en la segunda de ella el texto "Fausto Vallejo salió a confirmar la fuerza en Morelia", y en la tercer fotografía "Desde el obelisco, una multitud acompañó a José Juan".

    Posterior a las fotografías ya señaladas se desarrolla el contenido de la Nota periodística y en la parte central de la misma se aprecia otra fotografía cuyo pie de foto es "Marbella Romero y José Juan Marín acompañados por Fausto Vallejo en un cierre conjunto de campaña.

    NOTA PERIODISTICA

    Periódico.- La Opinión de Michoacán

    Fecha.- Lunes 29 de junio de 2009

    Página.- 1-B Sección MORELIA

    Nota:- "Los candidatos del PRI a la diputación, José Juan Marín y Marbella Romero, cerraron ayer campaña acompañados de distinguidos priistas como Fausto Vallejo y Wilfrido Lázaro"

    De dicha nota periodística se observa en la parte superior de la página en comento, la fotografía en donde se aprecia claramente al C. Fausto Vallejo Figueroa y la candidata Marbella Romero así como otras personalidades públicas que encabezan una recorrido por las calles de la ciudad de Morelia, Michoacán; en dicha fotografía se observa que el C. Fausto Vallejo Figueroa le levanta del brazo a la candidata Marbella Romero en señal o símbolo de Victoria.

    De las notas periodísticas ya señaladas y que se aportan como medios de convicción, se desprende con gran claridad que el pasado día domingo 29 de junio de 2009, los CC. Marbella Romero y José Juan Marín, candidatos a Diputados de Mayoría Relativa por los distritos 10 y 8 respectivamente, realizaron su evento de cierre de campaña la Plaza Pública Melchor Ocampo, en el evento se contó con la participación del C. Fausto Vallejo Figueroa, Presidente Municipal de Morelia, quien es de la misma filiación partidista que los candidatos y el Partido Político ahora denunciado.

    De los hechos que han quedado debidamente expresados y que se sustenta con las Notas periodísticas señaladas en el párrafo precedente, se observa claramente la acción violatoria de la ley en la que ha incurrido el C. Fausto Vallejo Figueroa y el Partido Revolucionario Institucional, que el evento en el que estuvo participando de manera activa el C. Fausto Vallejo Figueroa tuvo verificativo en día domingo, esto constituye que su actuar y el carácter con el que ostentó durante todo el desarrollo del evento es violatorio de la ley electoral, ya que como se puede observar, la participación activa del C. Fausto Vallejo Figueroa en calidad de Presidente Municipal (Alcalde como lo señala otra editora periodística) de Morelia, Michoacán resulta absolutamente violatorio del principio de imparcialidad y equidad en la contienda con el que deben de actuar los servidores públicos de todos los niveles de Gobierno Federal, Local y Municipal, lo que encuentra sustento en el artículo 134 párrafo 7 de la Carta Magna en el que señala: (se transcribe)

    Derivado de lo antes mencionado resulta que las acciones y lo dicho por el C. Fausto Vallejo Figueroa durante el desarrollo del evento de cierre de campaña de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional por los distritos 8 y 10 de Morelia, influyen de forma notable en la equidad de la competencia electoral que existe entre los partidos políticos y de manera particular al partido que represento.

    Aunado a lo anterior es de resaltar que el cargo con el que se ostenta el C. Fausto Vallejo

    Figueroa es el de Presidente Municipal de la ciudad de Morelia, cargo en el que tomó posesión el pasado mes de Enero de 2008 dos mil ocho y que su duración será de 4 años debiendo concluir en el año 2011 dos mil once, periodo por el que fue electo para fungir en el cargo con el que se ha presentado en el evento de cierre de campaña ya precisado.

    Resulta pertinente señalar que la Sala Superior ha sostenido derivado de los Recursos de Apelación SUP-RAP-74/2008 y SUP-RAP-75/2008, que la investidura de un funcionario existe durante todo el periodo de su ejercicio, con independencia de que el día sea hábil o no y, por ello, tal investidura es susceptible de afectar al electorado que participa en actos en donde intervenga dicho funcionario; también señaló, que el hecho de que la participación se hubiera realizado en domingo, no implica que por ser día inhábil, éste se despojara de su investidura de Presidente...

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