Acuerdo por el que la Secretaría de Desarrollo Social publica las Reglas de Operación de los Programas Financiados con Recursos Federales considerados como subsidio federal del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, a cargo del Instituto Nacional ...

Fecha de disposición31 Marzo 1999
Fecha de publicación31 Marzo 1999
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que la Secretaría de Desarrollo Social publica las Reglas de Operación de los Programas Financiados con Recursos Federales considerados como subsidio federal del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, a cargo del Instituto Nacional Indigenista (INI).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

Con fundamento en los artículos 32, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 68 y 73 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999; 6 fracciones II y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; Primero del Acuerdo por el que se delega en el Subsecretario de Desarrollo Regional la facultad de expedir los lineamientos, reglas de operación y demás instrumentos jurídico-administrativos que corresponde emitir a la Secretaría de Desarrollo Social, conforme a lo previsto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, y

CONSIDERANDO

Que los recursos federales asignados a los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999; a cargo de la entidad del sector desarrollo social denominada Instituto Nacional Indigenista (INI), son considerados como un subsidio federal y, por tanto, sujetos a criterios de selectividad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, debiéndose identificar claramente a la población beneficiada, tanto por grupo específico como por regiones y asegurar la coordinación de acciones con otras áreas para evitar duplicaciones en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos, así como incorporar procesos periódicos de seguimiento y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación y, de esta manera, garantizar la obtención de información y evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y ampliación.

Que con esta base, el Instituto Nacional Indigenista (INI), formuló las reglas de operación e indicadores de evaluación del subsidio federal mencionado, obteniendo la autorización de los mismos, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asegurando que el subsidio se aplique efectivamente para alcanzar los objetivos y metas contenidos en los programas autorizados, así como a los sectores o población objetivo, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL PUBLICA LAS REGLAS DE OPERACION DE LOS PROGRAMAS FINANCIADOS CON RECURSOS FEDERALES CONSIDERADOS COMO SUBSIDIO FEDERAL DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL, PREVISTO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1999, A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL INDIGENISTA (INI)

UNICO.- La Secretaría de Desarrollo Social publica las Reglas de Operación de los programas financiados con recursos federales considerados como subsidio federal del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, a cargo del Instituto Nacional Indigenista (INI), que son las siguientes:

  1. OBJETIVOS

    El bienestar y desarrollo social de los pueblos indígenas es una acción prioritaria del Gobierno Federal. La política social, en especial la de combate a la pobreza extrema, parte de un enfoque integral y federalista con el que busca avanzar con bases firmes a la equidad social al apoyar a los grupos más vulnerables en la creación de capital humano y familiar; ampliar la infraestructura social básica; fortalecer las capacidades productivas; alentar la igualdad entre hombres y mujeres, y promover la participación social, a través de una perspectiva territorial y, de desarrollo local y regional sustentable.

    Con base en lo anterior, en el marco de la política integral de combate a la pobreza extrema, mediante un enfoque complementario de las acciones de los diversos órdenes de gobierno, evitando la duplicidad de esfuerzos, y del reconocimiento y respeto a la diferencia cultural y étnica del país, los objetivos de los Programas del Instituto son:

    Avanzar hacia una nueva relación del Estado, la sociedad y los pueblos indígenas.

    Apoyar a niñas y niños indígenas para que ingresen y concluyan su educación básica, y a jóvenes para que realicen estudios de nivel medio, superior y técnico, así como impulsar la capacitación para el desarrollo de las capacidades y potencialidades de los pueblos, comunidades, organizaciones e individuos indígenas.

    Contribuir al fortalecimiento de la infraestructura y estrategias de atención a la salud, vigilancia epidemiológica, saneamiento ambiental, salud reproductiva, y control y prevención de enfermedades prevalentes en las regiones indígenas.

    Contribuir al mejoramiento de la vivienda en las comunidades indígenas, en un marco de respeto a los materiales y formas culturales de apropiación del espacio e impulsar la instalación de servicios básicos: agua potable, energía eléctrica, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, recolección y disposición de residuos sólidos, infraestructura de comunicación, educativa, productiva y comercial.

    Fomentar el empleo, a partir del impulso a proyectos productivos que generen ingreso a la población indígena desocupada y mejores condiciones de vida, en un marco de desarrollo regional y de manejo sustentable de los recursos.

    Apoyar la defensa de los derechos civiles, políticos y culturales de los pueblos indígenas de manera que ello les permita mantener su cohesión étnica y la preservación de sus manifestaciones culturales.

    Contribuir a la distensión y reconciliación en áreas geográficas y comunidades indígenas que se vean envueltas en conflictos políticos y sociales, con el objeto de activar mecanismos para evitar la profundización de las fracturas sociales.

    Promover iniciativas que posibiliten una mayor participación de los pueblos indígenas en los espacios de representatividad, gobernabilidad y toma de decisiones.

    Impulsar la preservación y difusión de las culturas indígenas; preservación del ceremonial; rescate y fomento de técnicas tradicionales para la elaboración de artesanías, la escritura y habla en lengua indígena, la tradición oral y las manifestaciones artísticas, en un marco de diálogo intercultural.

  2. ESTRUCTURA OPERATIVA DEL INI

    El INI cuenta con un área central, ubicada en el D.F., que desarrolla tareas normativas y de coordinación nacional, y 24 delegaciones estatales y 110 centros coordinadores indigenistas que constituyen sus unidades operativas. Además opera 24 radiodifusoras, 1.082 albergues escolares, 1 hospital mixto, y 2 estancias para pacientes indígenas que asisten a la Cd. de México para recibir atención médica de tercer nivel en hospitales del Sector Salud.

  3. POBLACION OBJETIVO

    Los programas del Instituto se dirigen a la población indígena del país y se orientarán preferentemente a los ubicados en localidades marginadas que cuentan con 30% y más de indígenas. Los programas del Instituto beneficiarán a una población indígena de 5 millones, distribuida en 1.153 municipios de 24 entidades federativas, así como a 9.376 organizaciones. Los criterios de selección de la población objetivo de cada programa se presenta en el apartado correspondiente a cada uno de ellos.

  4. COORDINACION SECTORIAL Y COMPLEMENTARIEDAD CON OTROS PROGRAMAS.

    Los programas del INI se complementarán con las acciones y recursos de otras dependencias y organismos gubernamentales de los tres órdenes de gobierno, mediante la celebración de convenios de concertación correspondientes de conformidad con los artículos 33 y 37 de la Ley de Planeación. Asimismo, se establecerán acuerdos de coordinación con instituciones públicas y privadas, y organismos no gubernamentales interesados en el desarrollo de los pueblos indígenas. En materia de promoción y procuración de justicia; asistencia social; desarrollo de capital humano, familiar y social; desarrollo económico y productivo sustentable; infraestructura social básica e investigación y promoción cultural, el Instituto diseñará una estrategia de coordinación, en el ámbito de sus competencias y responsabilidades y solicitará a las dependencias competentes un dictamen sobre el programa o proyecto correspondiente. Con la Secretaría de Desarrollo Social; Secretaría de Gobernación; Secretaría de la Reforma Agraria; Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; Secretaría de Salud; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Educación Pública; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y las dependencias y organismos de procuración de justicia del país, así como con el Congreso de la Unión, los Congresos Estatales y la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Asimismo, con el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores de Antropología Social, la Universidad Nacional Autónoma de México e instituciones de educación superior, nacionales y estatales, públicas y privadas, a fin de instrumentar una política integral de combate a la pobreza de los pueblos indígenas. En materia de infraestructura social, el INI solicitará un díctamen, en su caso, de las dependencias competentes y coordinará sus acciones con los gobiernos municipales.

  5. REGLAS GENERALES POR PROGRAMA

    Los programas operados por el Instituto Nacional Indigenista a favor de los pueblos indígenas son los siguientes:

    1. PROMOCION Y PROCURACION DE JUSTICIA

      1.1. Descripción

      Se trata de un programa que fomentará el efectivo acceso de la población indígena a la jurisdicción del Estado a través de la realización de proyectos de procuración de justicia en materia agraria, penal, civil, laboral, y de asuntos religiosos, recursos naturales y patrimoniales; defensa y promoción de los derechos...

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