Anexo de Ejecución número 11/11, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo, a fin de formalizar las acciones relativas al Convenio Marco de Coordinación en Materia de Derechos Humanos firmado el día 10 de diciembre de 2004, para sentar las bases para la consolidación de una Política de Estado en Materia de Derechos Humanos

Fecha de disposición10 Diciembre 2004
Fecha de publicación06 Marzo 2012
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. ANEXO DE EJECUCION 11/11 DEL ESTADO DE MICHOACAN

ANEXO DE EJECUCION NUMERO 11/11, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL SECRETARIO DE GOBERNACION, DR. ALEJANDRO POIRE ROMERO, ASISTIDO POR LA TITULAR DE LA UNIDAD PARA LA PROMOCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, LIC. OMEHEIRA LOPEZ REYNA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO "SEGOB" Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACAN DE OCAMPO, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL MTRO. LEONEL GODOY RANGEL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, C. RAFAEL MELGOZA RADILLO; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO EL "EJECUTIVO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES" A FIN DE FORMALIZAR LAS ACCIONES RELATIVAS AL CONVENIO MARCO DE COORDINACION EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS FIRMADO EL DIA 10 DE DICIEMBRE DE 2004, PARA SENTAR LAS BASES PARA LA CONSOLIDACION DE UNA POLITICA DE ESTADO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND) busca impulsar el Desarrollo Humano Sustentable como motor de la transformación de México en el largo plazo y, al mismo tiempo, como un instrumento para que los mexicanos mejoren sus condiciones de vida, fomentando un cambio de actitud frente a los desafíos que se nos plantean como Federación y detonar un ejercicio de planeación y prospectiva que amplíe nuestros horizontes.

    El PND hace particular énfasis en la promoción de una cultura de respeto irrestricto de los derechos humanos, así como de su defensa por parte de la Administración Pública Federal, labor cuya consolidación como política de Estado precisa de la coordinación y trabajo conjunto con los gobiernos de las entidades federativas, compromiso que se ve reflejado en el Plan Estatal de Desarrollo 2008-2012 del Estado de Michoacán de Ocampo.

    Que en Michoacán el Plan Estatal de Desarrollo 2008-2012, reconoce la importancia de los derechos humanos y de su protección frente a hechos violatorios, realizando inclusive, acciones positivas a favor de determinados grupos sociales que históricamente se han encontrado en desventaja social frente a la colectividad, que ha provocado, en no pocas ocasiones, violaciones a los derechos humanos, por lo que son un factor esencial para la moderna gobernabilidad.

  2. Con fecha 10 de diciembre de 2004, la "SEGOB" y el "EJECUTIVO DEL ESTADO", celebraron el Convenio Marco de Coordinación en Materia de Derechos Humanos con el objeto de sentar las bases para la consolidación de una política de estado en materia de derechos humanos.

  3. La cláusula cuarta del Convenio referido en el antecedente anterior, faculta a "LAS PARTES" a suscribir Anexos de Ejecución.

    DECLARACIONES

    1. La "SEGOB" declara:

      1.1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

      1.2. Que de conformidad con el artículo 27 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde conducir la política interior que competa al Ejecutivo Federal y no se atribuya expresamente a otra dependencia.

      1.3. Que de conformidad con el artículo 27 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales y dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto.

      1.4. Que de conformidad con el artículo 27 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde conducir, siempre que no esté conferida a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los gobiernos de las Entidades Federativas y de los municipios.

      1.5. Que su...

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