Acuerdo por el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fundamento en los artículos 6o. fracción XXXIV de su Reglamento Interior, 2o., 33-B, 34 fracción II, 46 fracción I, 47, 53, 76, 81 fracción II, 89 y 91 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y después de escuchar la opinión de la Comisión Nacional...
Fecha de disposición | 22 Diciembre 1999 |
Fecha de publicación | 31 Marzo 2000 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fundamento en los artículos 6o. fracción XXXIV de su Reglamento Interior, 2o., 33-B, 34 fracción II, 46 fracción I, 47, 53, 76, 81 fracción II, 89 y 91 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y después de escuchar la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, modifica la primera parte, la sexta, el segundo y tercero transitorios del Acuerdo emitido el 22 de diciembre de 1999, publicado el 31 de ese mismo mes y año, mediante el cual se modificó la sexta y la séptima de las Reglas para la constitución de las reservas de riesgos en curso de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ACUERDO POR EL QUE ESTA SECRETARIA CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 6o. FRACCION XXXIV DE SU REGLAMENTO INTERIOR, 2o., 33-B, 34 FRACCION II, 46 FRACCION I, 47, 53, 76, 81 FRACCION II, 89 y 91 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS Y DESPUES DE ESCUCHAR LA OPINION DE LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, MODIFICA LA PRIMERA PARTE, LA SEXTA, EL SEGUNDO Y TERCERO TRANSITORIOS DEL ACUERDO EMITIDO EL 22 DE DICIEMBRE DE 1999, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE ESE MISMO MES Y AÑO, MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICO LA SEXTA Y LA SEPTIMA DE LAS REGLAS PARA LA CONSTITUCION DE LAS RESERVAS DE RIESGOS EN CURSO DE LAS INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
PRIMERO.- Se modifica en su primera parte el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1999, por el que esta Secretaría, con fundamento en los artículos 6o. fracción XXXIV de su Reglamento Interior, 2o., 33-B, 34 fracción II, 46 fracción I, 47, 53, 76, 81 fracción II, 89 y 91 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y después de escuchar la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, modificó la sexta y la séptima de las Reglas para la Constitución de las Reservas de Riesgos en Curso de las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 1985 y modificadas mediante Acuerdos publicados en el mismo Diario el 6 de julio de 1987, 30 de diciembre de 1991, 4 de marzo de 1994 y 28 de marzo de 1995, para quedar como sigue:
Acuerdo por el que esta Secretaría con fundamento en los artículos 6o., fracción XXXIV de su Reglamento Interior, 2o., 33-B, 34, fracción II, 46, fracción I, 47, 53, 76, 81, fracción II, 89 y 91 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y después de escuchar la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, modifica la Sexta y Séptima de las Reglas para la Constitución e Incremento de las Reservas de Riesgos en Curso de las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 1985 y modificadas mediante Acuerdos publicados en el mismo Diario el 6 de julio de 1987, 30 de diciembre de 1991, 4 de marzo de 1994, 28 de marzo de 1995 y 20 de abril de 1998 .
SEGUNDO.- Se modifica la sexta de las Reglas para la Constitución e Incremento de las Reservas de Riesgos en Curso de las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 1985, modificadas mediante Acuerdos publicados en el mismo Diario el 6 de julio de 1987, 30 de diciembre de 1991, 4...
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