Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento especial sancionador incoado con motivo de la denuncia presentada por el Partido Revolucionario Institucional en contra de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso, integrada por los Partidos Acción Nacional, Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia, los referidos institutos políticos, del C. Gabino Cue Monteagudo, candidato a gobernador en el Estado de Oaxaca postulado por la citada coalición, y de la persona moral identificada como Televimex, S.A. de C.V., concesionaria de XEW-TV canal 2, por hechos que constituyen probables infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, identificada con el número de expediente SCG/PE/PRI/CG/056/2010

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EmisorInstituto Federal Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG168/2010.- Exp. SCG/PE/PRI/CG/056/2010. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR INCOADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN CONTRA DE LA COALICION "UNIDOS POR LA PAZ Y EL PROGRESO", INTEGRADA POR LOS PARTIDOS ACCION NACIONAL, REVOLUCION DEMOCRATICA, DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA, LOS REFERIDOS INSTITUTOS POLITICOS, DEL C. GABINO CUE MONTEAGUDO, CANDIDATO A GOBERNADOR EN EL ESTADO DE OAXACA POSTULADO POR LA CITADA COALICION, Y DE LA PERSONA MORAL IDENTIFICADA COMO TELEVIMEX, S.A. DE C.V., CONCESIONARIA DE XEW-TV CANAL 2, POR HECHOS QUE CONSTITUYEN PROBABLES INFRACCIONES AL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, IDENTIFICADA CON EL NUMERO DE EXPEDIENTE SCG/PE/PRI/CG/056/2010.

Distrito Federal, 3 de junio de dos mil diez.

VISTOS para resolver los autos del expediente identificado al rubro, y:

RESULTANDO

  1. Con fecha seis de mayo de dos mil diez, se recibió en la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, escrito de queja signado por el Lic. Sebastián Lerdo de Tejada, representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral, a través del cual denuncia hechos que considera constituyen infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismos que hace consistir primordialmente en lo siguiente:

    "(...)

    HECHOS

    1. El Partido Revolucionario Institucional es un Partido Político nacional y, por tanto, una entidad de interés público.

    2. Actualmente transcurre el proceso electoral en el Estado de Oaxaca, por el que se renovará al titular del Poder Ejecutivo, la integración del Congreso y miembros de los Ayuntamientos.

    3. El C. Gabino Cué Monteagudo, es candidato de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso' al Gobierno del Estado de Oaxaca, integrada por el Partido Acción Nacional, Partido de la Revolución Democrática, Partido del Trabajo, y Partido Convergencia.

    4. - Es un hecho público y notorio que durante los últimos días del mes de abril y principios del mes de mayo del presente año, en el canal 2 de Televisa, durante la transmisión de los noticieros de Joaquín López Dóriga y Primero Noticias' con Carlos Loret de Mola, fuera de esos espacios noticiosos se ha difundido un promocional, que promueve al C. Gabino Cué Monteagudo, como candidato al Gobierno del Estado de Oaxaca por la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso', integrada por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, y Convergencia.

    5. - Es el caso que el día 4 de mayo del presente año, en el canal 2 de Televisa, a las 11:14 PM, durante la transmisión del noticiero de Joaquín López Dóriga, fuera de ese espacio noticioso se difundió un promocional, cuya duración es de aproximadamente 1 MUNUTO 20 SEGUNDOS por el que se promueve al C. Gabino Cué Monteagudo como candidato al Gobierno del Estado de Oaxaca por la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso'. Dicho promocional tiene el siguiente contenido:

      Una voz en off: Al iniciar su campaña Gabino Cué Monteagudo, candidato de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso, dijo que la hora del cambio ha llegado para el pueblo de Oaxaca.

      Voz del candidato: Habrá el anhelado cambio e iniciaremos la transformación democrática de las instituciones y del pueblo de Oaxaca, vamos a ganar porque el abuso de poder, y la corrupción no deben de seguir imperando en nuestro Estado ni mucho menos ser eje de la

      política de un gobierno.

      Una voz en off: Ante miles de personas reunidas en la fuente de las 8 regiones Gabino Cué, ofreció hacer una buena campaña y un mejor gobierno.

      Voz del candidato: Un buen gobierno que no vendrá solo sino que llegara con oaxaqueños honestos y de buena fe que trabajará institucionalmente como lo dije con el gobierno federal.

      Una voz en off: El candidato de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso exigió al Gobernador Ulises Ruiz sacar las manos del proceso electoral y deje que la ciudadanía decida el resultado final de la contienda invitó a los demás candidatos a debatir a presentar su declaración de bienes, y a aplicarse estudios anti-dopig para demostrar que son personas sin adicciones.'

    6. - El promocional de mérito también ha sido transmitido durante el noticiero Primero Noticias' de Carlos Loret de Mola.

      Los promocionales de referencia, se dan fuera de los espacios autorizados por el Instituto Federal Electoral, por tanto se violenta lo considerado en el artículo 41, Base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que esta Autoridad Electoral deberá iniciar el Procedimiento Especial Sancionador, por las razones y fundamentos legales que se expresan a continuación:

      En efecto, en los promociónales referidos, se violentan las normas constitucionales y legales aplicables en materia electoral, al hacer publicidad de un candidato en medios electrónicos cuando existe la prohibición expresa de contratar en medios electrónicos publicidad en apoyo a un candidato, a título propio o por cuenta de terceros.

    7. - La causa principal para acudir en la vía y forma en que se propone, es que en los promocionales que se denuncian, aparece y se promueve la imagen del C. Gabino Cué Monteagudo, candidato de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso' al Gobierno del Estado de Oaxaca, lo que tiende a influir en las preferencias electorales, violentando así las disposiciones constitucionales y legales que rigen el acceso de los partidos y sus candidatos a los medios electrónicos sobre los que el Instituto Federal Electoral es autoridad única para su administración, tal y como quedará demostrado con las pruebas que en el apartado respectivo se ofrecen para su valoración y desahogo.

      1. Ofrecer y exhibir las pruebas con que cuente.- En el apartado correspondiente se enumeran las pruebas que se ofrecen.

      2. Medidas cautelares.- En apartado específico se hace la solicitud concreta.

      Una vez que se han colmado en su cumplimiento los requisitos de ley para la debida procedencia de la presente queja, se hace a continuación una serie de reflexiones jurídicas tendientes a que esta Autoridad comparta el silogismo existente entre los hechos denunciados, las pruebas ofrecidas y la real intención del denunciado de influir indebidamente en el ánimo de los electores con la práctica ilegal que se pone en su conocimiento.

  2. Consideraciones de Derecho

    Conforme al artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los partidos políticos debe conducir sus actividades dentro de los causes legales y ajustar su conducta y al de sus militantes a los principios de Estado democrático, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de los ciudadanos.

    Los promociónales que difunden los partidos políticos denunciados y su candidato a Gobernador en el Estado de Oaxaca, resulta violatorios de distintas disposiciones de la Constitución Federal:

    El artículo 41, Base III, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus últimos tres párrafos establece:

    (Se transcribe)

    El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece:

    En cuanto a los partidos:

Artículo 342

(Se transcribe).

En cuanto a los ciudadanos, dirigentes, afiliados o cualquier persona física o moral:

Artículo 345

(Se transcribe).

De lo anterior se desprende que los partidos políticos, lo candidatos, afiliados, militantes y personas físicas y morales están constitucional y legalmente impedidos de contratar mensajes en radio y televisión en los que se promueva a un candidato, teniendo entonces

que la infracción que por este medio es denunciada está legalmente prevista y existe en la especie a quiénes responsabilizar de tal infracción.

En efecto los promociónales de referencia, se dan fuera de los espacios autorizados por el Instituto Federal Electoral, por tanto se violenta las normas constitucionales y legales aplicables en materia electoral, al hacer publicidad de un candidato en medios electrónicos cuando existe la prohibición expresa de contratar en medios electrónicos publicidad en apoyo a un candidato, a título propio o por cuenta de terceros.

Es de referirse que los hechos que se denuncian ocurren dentro del proceso electoral local que se celebra en el estado de Oaxaca, previo y durante las campañas electorales.

Por tanto, la difusión de dicho promocional, es contrario al estado de derecho pues además se configura un acto anticipado de campaña, por parte del C. Gabino Cué Monteagudo, pues se está promocionando como candidato de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso' al Gobierno del Estado de Oaxaca, en televisión abierta y a nivel nacional.

En ese tenor, de los hechos descritos y de las pruebas que ofrecidas, se desprende, que con la transmisión de promociónales denunciados, se vulnera flagrantemente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los hechos denunciados se acreditan con las siguientes:

Pruebas

Se ofrecen para demostrar la veracidad de los hechos denunciados las siguientes probanzas:

(...)

Medidas cautelares

Toda vez que ha quedado acreditado que los promociónales denunciados promueven la imagen del C. Gabino Cué Monteagudo, como candidato de la Coalición Unidos por la Paz y el Progreso' al Gobierno del Estado de Oaxaca, integrada por el Partido Acción Nacional, Partido de la Revolución Democrática, Partido del Trabajo y Partido Convergencia, es de la mayor relevancia que la Secretaría Ejecutiva proponga a la Comisión de Quejas y Denuncias del Consejo General del Instituto Federal Electoral que sesione de manera urgente a fin de adoptar las medidas cautelares que tengan como fin la suspensión de la transmisión del infocomercial...

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