Resolución que da a conocer el Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada el 28 de febrero de 1994

Fecha de disposición28 Febrero 1994
Fecha de publicación29 Marzo 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución que da a conocer el Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada el 28 de febrero de 1994.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 fracción VI del Código Fiscal de la Federación; 36 fracción I inciso e), 43, 86-A fracción I, 144 fracción XIII y 158 de la Ley Aduanera y 1o., 4o. y 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Secretaría resuelve expedir la siguiente:

RESOLUCION QUE DA A CONOCER EL ANEXO DE LA DIVERSA QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA GARANTIZAR EL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MERCANCIAS SUJETAS A PRECIOS ESTIMADOS POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE FEBRERO DE 1994

UNICO.- Se da a conocer el Anexo de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1994:

FRACCION ARANCELARIA DESCRIPCION UNIDAD COMERCIAL PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL)
0210.99.03 Aves, saladas o en salmuera. Kg 0.641
0808.10.01 Manzanas.
a) Cuando la caja contenga 72 manzanas con diámetro de 3.5/16 . Kg 0.825
b) Cuando la caja contenga 80 manzanas con diámetro de 3.3/16 . Kg 0.810
c) Cuando la caja contenga 88 manzanas con diámetro de 3 . Kg 0.803
d) Cuando la caja contenga 100 manzanas con diámetro de 2.15/16 . Kg 0.792
e) Cuando la caja contenga 113 manzanas con diámetro de 2.13/16 . Kg 0.791
f) Cuando la caja contenga 125 manzanas con diámetro de 2.3/4 . Kg 0.774
g) Cuando la caja contenga 138 manzanas con diámetro de 2.11/16 . Kg 0.740

Cuando el número de manzanas importadas sea menor a 72 por caja (diámetro 3.5/16 ) o mayor a 138 (diámetro 2.11/16 ) y se declare un valor inferior al publicado en este Anexo para dicho número y diámetro de manzanas, se deberá cumplir con lo previsto en el artículo primero de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Cuando las manzanas importadas se ubiquen entre dos rangos de número y diámetro de manzanas por caja de los publicados en este Anexo y se declare un valor inferior al que le corresponda al rango de menor valor, los importadores deberán cumplir con lo previsto en el artículo primero de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

FRACCION ARANCELARIA DESCRIPCION UNIDAD COMERCIAL PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL)
1006.30.01 Denominado grano largo (relación 2:1, o mayor, entre el largo y la anchura del grano). Kg 0.383
1902.11.01 Que contengan huevo.
a) Pasta menuda (estrellitas, etc.). Kg 1.250
b) Pasta larga (espagueti, etc.). Kg 1.380
c) Pasta hueca (codos, etc.). Kg 2.380
1902.19.99 Las demás.
a) Pasta menuda (estrellitas, etc.). Kg 0.570
b) Pasta larga (espagueti, etc.). Kg 0.720
c) Pasta fideos. Kg 0.570
1902.20.01 Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma. Kg 2.500
1902.30.99 Las demás pastas alimenticias.
a) Lasaña. Kg 1.810
b) Pastas de color. Kg 0.900
1905.31.01 Galletas dulces (con adición de edulcorante).
a) Pastas secas. Kg 3.760
b) Dulces (chispitas). Kg 5.350
c) Sandwich. Kg 3.100
d) Rociadas. Kg 2.470
e) Surtido. Kg 2.460
f) Marías. Kg 2.050
1905.90.99 Los demás.
a) Saladas. Kg 2.380
2008.20.01 Piñas (ananás). Kg 0.701
2203.00.01 Cerveza de malta. L 0.650
2208.20.02 Brandy o Wainbrand cuya graduación alcohólica sea igual o superior a 37.5 grados centesimales Gay-Lussac, con una cantidad total de sustancias volátiles que no sean los alcoholes etílico y metílico superior a 200 g/hl de alcohol a 100% vol., y envejecido, al menos, durante un año en recipientes de roble o durante seis meses como mínimo, en toneles de roble de una capacidad inferior a 1,000 l.
a) Brandy español. L 2.890
2208.40.01 Ron.
a) Ron Blanco. L 1.320
b) Ron Añejo. L 1.760
2402.20.01 Cigarrillos que contengan tabaco. Paquete de 10 cajetillas de 20 cigarrillos cada una 2.747
2811.22.01 Dióxido de silicio; excepto lo comprendido en la fracción 2811.22.02. Kg 0.782
2815.12.01 En disolución acuosa (lejía de sosa o sosa cáustica). Kg 0.217
2815.20.02 Hidróxido de potasio sólido. Kg 0.677
2847.00.01 Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), incluso solidificado con urea.
a) Base 35%. Kg 0.280
b) Base 50%. Kg 0.400
c) Base 70%. Kg 0.560
2909.43.01 Eteres monobutílicos del etilenglicol o del dietilenglicol. Kg 0.840
2914.13.01 4-Metilpentan-2-ona (metilisobutilcetona). Kg 1.110
2917.32.01 Ortoftalatos de dioctilo. Kg 1.047
2934.99.01 Furazolidona. Kg 8.200
3102.21.01 Sulfato de amonio. Kg 0.106
3506.10.01 Adhesivos a base de resinas plásticas.
a) Adhesivos para tuberías de PVC (mezcla química que consiste en la disolución de resinas de cloruro de polivinilo en solventes aromáticos y/o alifáticos). Kg 7.975
3903.19.02 Poliestireno cristal.
a) Granel. Kg 0.850
b) Empacado. Kg 0.920
3903.19.99 Los demás.
a) Granel. Kg 0.850
b) Empacado. Kg 0.920
3903.90.05 Copolímeros del estireno, excepto lo comprendido en las fracciones 3903.90.01 a la 3903.90.04.
a) Granel. Kg 0.905
b) Empacado. Kg 0.980
4002.19.02 Poli(butadieno-estireno), excepto lo comprendido en la fracción 4002.19.01.
a) Hule sintético SBR oleoextendido. Kg 0.635
b) Hule sintético SBR seco. Kg 0.768
4412.13.01 Que tenga, por lo menos, una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark Red Meranti, Light Red Meranti, White Lauan, Sipo, Limba, Okumé, Obeché, Acajou d Afrique, Sapelli, Mahogany, Palisandre de Para, Palisandre de Río y Palisandre de Rose.
a) Madera contrachapada con espesor igual o superior a 2.4 mm e inferior a 4.9 mm, que tenga por lo menos una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark Red Meranti, Light Red Meranti y White Lauan. Kg 0.710
b) Madera contrachapada con espesor igual o superior a 5 mm e inferior a 6 mm, que tenga por lo menos una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark Red Meranti, Light Red Meranti y White Lauan. Kg 0.600
c) Madera contrachapada con espesor igual o superior a 6 mm, que tenga por lo menos una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark Red Meranti, Light Red Meranti y White Lauan. Kg 0.500
4412.13.99 Las demás. Kg 0.710
4412.19.01 De coníferas, denominada Plywood .
a) Madera de Triplay tipo A , B , y sus combinaciones. Kg 0.600
b) Madera de Triplay tipo C e inferiores, y sus combinaciones. Kg 0.410
4412.22.01 Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo.
a) Madera contrachapada con centros o almas de madera maciza (alistonada) igual o superior a 15 mm. Kg 0.460
4802.54.06 Bond o Ledger. Kg 0.830
4802.54.99 Los demás. Kg 0.830
4818.40.01 Pañales.
a) Tamaño chico (presentación en bolsas y empacados en cajas): Pza 0.120
a.1) Smiles chico. Caja con 6 bolsas de 50 cada una 32.700
a.1.1) Smiles chico (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.110
a.2) Drypers infantil (infant). Caja con 4 bolsas de 40 cada una 22.000
a.2.1) Drypers infantil (infant), (presentación en bolsas empacados en cajas). Pza 0.140
a.3) Drypers gatea (crawler). Caja con 4 bolsas de 36 cada una 22.000
a.3.1) Drypers gatea (crawler), (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.150
b) Tamaño mediano (presentación en bolsas y empacados en cajas): Pza 0.150
b.1) Smiles mediano. Caja con 6 bolsas de 36 cada una 32.700
b.1.1) Smiles mediano (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.150
b.2) Cozies mediano. Caja con 4 bolsas de 36 cada una 21.000
b.2.1) Cozies mediano (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.150
b.3) Drypers camina 1 (walker 1). Caja con 4 bolsas de 32 cada una 22.000
b.3.1) Drypers camina 1 (walker 1) (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.170
c) Tamaño grande (presentación en bolsas y empacados en cajas): Pza 0.190
c.1) Smiles grande. Caja con 6 bolsas de 27 cada una 32.700
c.1.1) Smiles grande (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.200
c.2) Cozies grande. Caja con 4 bolsas de 27 cada una 21.000
c.2.1) Cozies grande (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.190
c.3) Drypers camina 2 (walker 2). Caja con 4 bolsas de 27 cada una 22.000
c.3.1) Drypers camina 2 (walker 2) (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.200
d) Tamaño extragrande (presentación en bolsas y empacados en cajas): Pza 0.220
d.1) Cozies extragrande. Caja con 4 bolsas de 24 cada una 21.000
d.1.1) Cozies extragrande (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.220
d.2.) Drypers camina 3 (walker 3). Caja con 4 bolsas de 24 cada una 22.000
d.2.1) Drypers camina 3 (walker 3) (presentación en bolsas y empacados en cajas). Pza 0.230
e) Aun cuando contengan guata de celulosa, a granel, defectuosos o que requieran ser sujetos a una transformación o envase posterior. Pza 0.072
4819.10.01 Cajas de papel o cartón corrugado. Kg 1.004
5003.10.01 Sin cardar ni
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