Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-84-75 hectárea de agostadero de uso común, de terrenos de la comunidad Tetlama, Municipio de Temixco, Mor. (Reg.- 203

Fecha de disposición05 Julio 2002
Fecha de publicación05 Julio 2002
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-84-75 hectárea de agostadero de uso común, de terrenos de la comunidad Tetlama, Municipio de Temixco, Mor. (Reg.- 203)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo 1o., fracción IV de la Ley de Expropiación; 94, 95, 96 y 97 de la citada Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 401-1 0290 sin fecha, recibido el 8 de noviembre del 2000, el Instituto Nacional de Antropología e Historia solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 1-84-75.31 Ha., de terrenos de la comunidad denominada TETLAMA , Municipio de Temixco del Estado de Morelos, para destinarlos a desarrollar proyectos de investigación arqueológicos, así como la protección, restauración y difusión de los monumentos arqueológicos y la construcción de un museo de sitio en el que se exhiba el patrimonio cultural de la Nación, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo 1o., fracción IV de la Ley de Expropiación, y 94 de la citada Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 1-84-75 Ha., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por sentencia del Tribunal Unitario Agrario del Distrito número 18 de fecha 13 de abril de 1998 y ejecutada el 19 de agosto de 1999, se reconocieron y titularon los bienes de la comunidad de TETLAMA , Municipio de Temixco, Estado de Morelos, con una superficie de 2,105-69-70.20 Has., para beneficiar a 95 comuneros.

RESULTANDO TERCERO.- Que la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales...

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