Acuerdo por el que se declara como zona libre del barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri), barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. persea) y de la Palomilla Barrenadora del hueso (Stenoma catenifer) al Municipio de Apatzingán, del Estado de Michoacán

Fecha de disposición26 Enero 2004
Fecha de publicación26 Enero 2004
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se declara como zona libre del barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri), barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. persea) y de la Palomilla Barrenadora del hueso (Stenoma catenifer) al Municipio de Apatzingán, del Estado de Michoacán.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 6o., 7o. fracciones III, XIII y XXI y 37, de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, y 1o., 6o. fracción III y 49 fracción I del Reglamento Interior vigente de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) declarar zonas libres de plagas que afecten a los vegetales, conforme a los resultados negativos de los muestreos en áreas geográficas determinadas.

Que actualmente se tienen reconocidos como zona libre del Barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri) y el Barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. persea); así como de la Palomilla Barrenadora del hueso (Stenoma catenifer), esta última no ha sido reportada su presencia en México, en los municipios de Uruapan, Salvador Escalante, Peribán de Ramos, Tancítaro, Nuevo Parangaricutiro, Taretan, Ario y la zona agroecológica de Tingüindín y Tacámbaro Alto y con la inclusión del Municipio de Apatzingán, Michoacán, el potencial de exportación de aguacate del Estado de Michoacán se fortalecerá.

Que existen restricciones fitosanitarias para la exportación de aguacate a otros países, por la presencia de las plagas señaladas en el párrafo anterior y el cultivo de dicho producto, en el Estado de Michoacán ocupa una superficie de 80,000 hectáreas, de las cuales el Municipio de Apatzingán, cuenta con una superficie establecida de 434 hectáreas, toda con calidad de exportación, con un rendimiento promedio de 15 toneladas por hectárea.

Que de conformidad con los procedimientos señalados en la Norma Oficial Mexicana NOM-066-FITO-2002, Especificaciones para el manejo fitosanitario y movilización del aguacate, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-069...

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