Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia la investigación por denuncia identificada bajo el número de expediente DE-023-2010, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de medicamentos licitados por el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro del territorio nacional
Fecha de disposición | 09 Febrero 2011 |
Fecha de publicación | 09 Febrero 2011 |
Sección | PRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia. "EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE LA COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA INICIA LA INVESTIGACION POR DENUNCIA IDENTIFICADA BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE DE-023-2010, POR LA POSIBLE COMISION DE PRACTICAS MONOPOLICAS ABSOLUTAS EN EL MERCADO DE MEDICAMENTOS LICITADOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia.
Derivado de los elementos de convicción existentes, esta Comisión Federal de Competencia cuenta con elementos suficientes para el inicio de una investigación por prácticas monopólicas absolutas, en términos del artículo 30 de la Ley Federal de Competencia Económica. Las posibles prácticas monopólicas a investigar se encuentran previstas en el artículo 9o. fracción IV de la Ley Federal de Competencia Económica y consisten en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones. El mercado a investigar es el de medicamentos licitados por el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro del territorio nacional. Lo anterior, en la inteligencia de que las conductas concretas que puedan constituir prácticas monopólicas, habrán de determinarse, en su caso, en el oficio de probable responsabilidad a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de Competencia Económica, toda vez que el presente acuerdo da inicio a un procedimiento de investigación en el que aún no se han identificado las conductas que pueden constituir prácticas monopólicas, ni se ha determinado, en su caso, el sujeto a quien deberá oírsele en defensa como probable responsable de infracciones a la Ley Federal de Competencia Económica.
Se autoriza al Director General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas...
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