Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia la investigación por denuncia identificada bajo el número de expediente DE-020-2011, por prácticas monopólicas relativas previstas en las fracciones V, X y XI del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, en los mercados de servicios de interconexión en la República Mexicana

Fecha de disposición13 Mayo 2011
Fecha de publicación13 Mayo 2011
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia.- Secretaría Ejecutiva.- Expediente DE-020-2011.- Oficio SE-10-096-2011-232. "EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE LA COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA INICIA LA INVESTIGACION POR DENUNCIA IDENTIFICADA BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE DE-020-2011, POR PRACTICAS MONOPOLICAS RELATIVAS PREVISTAS EN LA FRACCIONES V, X Y XI DEL ARTICULO 10 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA, EN LOS MERCADOS DE SERVICIOS DE INTERCONEXION EN LA REPUBLICA MEXICANA. AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL, QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA.

Las prácticas monopólicas relativas a investigar consisten en la supuesta realización de las conductas señaladas en las fracciones V, X y XI del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, consistentes en que sujeto a que se comprueben los supuestos a que se refieren los artículos 11, 12 y 13 de la Ley Federal de Competencia Económica, se realicen o se hayan realizado actos, contratos, convenios, procedimientos o combinaciones cuyo objeto o efecto sea o pueda ser desplazar indebidamente a otros agentes del mercado; impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas a favor de una o varias personas, específicamente mediante la acción unilateral consistente en rehusarse a vender, comercializar o proporcionar a personas determinadas bienes o servicios disponibles y normalmente ofrecidos a terceros; mediante el establecimiento de distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes compradores o vendedores situados en igualdad de condiciones, o la acción de uno o varios agentes económicos cuyo objeto o efecto, directo o indirecto, sea incrementar los costos u obstaculizar el proceso productivo o reducir la demanda que enfrentan sus competidores. Los mercados en los que se realiza la investigación son los de servicios de interconexión en la república mexicana. Lo anterior, en la inteligencia que los actos que puedan constituir violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica habrán de determinarse, en su caso, en el oficio de probable responsabilidad a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de Competencia Económica, toda vez que el presente acuerdo únicamente da inicio a un procedimiento de investigación de carácter administrativo en el que aún no se han identificado en definitiva los actos que, en su caso, pueden constituir...

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