Acuerdo General de Coordinación para la implementación del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros de las Entidades Federativas, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Guanajuato

Fecha de disposición05 Enero 2012
Fecha de publicación05 Enero 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO General de Coordinación para la implementación del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros de las Entidades Federativas, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Guanajuato.

ACUERDO GENERAL DE COORDINACION PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA DE MODERNIZACION DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE LA PROPIEDAD Y CATASTROS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. HERIBERTO FELIX GUERRA, ASISTIDO POR LA ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO Y EL MTRO. CARLOS MARCELINO BORRUEL BAQUERA, JEFE DE LA UNIDAD DEL PROGRAMA DE MODERNIZACION DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y CATASTRO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA SEDESOL" Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, REPRESENTADO POR EL LIC. JUAN MANUEL OLIVA RAMIREZ, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL LIC. HECTOR GERMAN RENE LOPEZ SANTILLANA, SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C.P. GUSTAVO ADOLFO GONZALEZ ESTRADA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION, Y EL LIC. LUIS ERNESTO AYALA TORRES, SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE ACUERDO SE LES DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", IDENTIFICANDOSE EN SU CONJUNTO A LAS PARTES SUSCRIPTORAS DEL PRESENTE INSTRUMENTO COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. - El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, mismo que se encuentra reglamentado en la Ley de Planeación, ordenamiento que en su artículo 28 establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los Programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

    Por su parte, el artículo 33 de la Ley de Planeación determina que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la Planeación Nacional del Desarrollo, y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta.

  2. - En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece entre sus objetivos nacionales el eje relativo al "Estado de Derecho y Seguridad", el cual consiste en "Garantizar la vigencia plena del estado de derecho, fortalecer el marco institucional y afianzar una sólida cultura de la legalidad para que los mexicanos vean realmente protegida su integridad física, su familia y su patrimonio en un marco de convivencia social armónica", indicándose al efecto que la realización de este objetivo nacional se busca a través del establecimiento de objetivos específicos, consistiendo el tercero de ellos en "Garantizar la protección a los derechos de propiedad", mediante la estrategia 3.1 "Mejorar la regulación que protege los derechos de propiedad", en la cual se establece expresamente en su párrafo segundo que "La modernización y homologación de los registros públicos de la propiedad y los catastros municipales y rurales, así como la obligatoriedad de registrar públicamente las propiedades inmuebles, son fundamentales para ofrecer la certidumbre jurídica que necesitan las familias en aspectos relevantes como potenciar el valor de su patrimonio, garantizar que pueda ser heredado o se pueda transmitir su dominio sin conflicto y acceder a fuentes formales de financiamiento que pueda apoyar su mejor calidad de vida".

  3. - El mismo Plan Nacional de Desarrollo establece en su eje identificado como "Economía Competitiva y Generadora de Empleos" el Objetivo número 17 consistente en la necesidad de "Ampliar el acceso al financiamiento para vivienda de los segmentos de la población más desfavorecidos así como para emprender proyectos de construcción en un contexto de desarrollo ordenado, racional y sustentable de los asentamientos humanos", previendo, para tal efecto la Estrategia 17.1, que determina la obligación del Estado de "Brindar certidumbre jurídica sobre la propiedad a través de la homologación de registros públicos de la propiedad, catastros municipales y rurales, y de la obligatoriedad del registro público de inmuebles".

  4. - En el marco anterior, "LA SEDESOL" ha establecido el Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros, en lo sucesivo "EL PROGRAMA", mismo que se encuentra orientado a modernizar las oficinas catastrales y vincular su información con la contenida en los Registros Públicos de la Propiedad de cada entidad federativa, según corresponda, estandarizar sus procesos, e iniciar la homologación de la función catastral a nivel nacional, impulsando el desarrollo de las oficinas catastrales para que cuenten con mecanismos que permitan la actualización de su información, procesos y controles, conforme al Modelo Integral de Catastro aprobado, en lo sucesivo "EL MODELO", a efecto de lo cual y en virtud de la celebración del documento identificado como las "Bases de Colaboración y Coordinación para Realizar la Modernización Catastral y su Vinculación con los Registros Públicos de la Propiedad" "LA SEDESOL", cuenta con el consenso de las entidades federativas para replicar "EL MODELO" en todas las oficinas catastrales de las entidades federativas, así como en los municipios interesados en adherirse al desarrollo de "EL PROGRAMA".

  5. - Con fecha 24 de febrero del 2011, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los "LINEAMIENTOS para la aplicación de recursos del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros, para el Ejercicio Fiscal 2011, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

  6. - En el numeral 4.1 de "LOS LINEAMIENTOS", se establece la creación de un Comité de Evaluación, en lo sucesivo "EL COMITE DE EVALUACION", integrado por dos representantes de "LA SEDESOL", uno de ellos fungirá como Presidente del mismo, un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, un representante de la Comisión Nacional de Vivienda, un representante de Sociedad...

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