Circular 001/1999 IMSS-INFONAVIT, mediante la cual se notifica a las instituciones de crédito operadoras de cuentas individuales SAR, modificaciones a las reglas generales relativas al procedimiento para la entrega de información al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Fecha de disposición | 31 Mayo 1999 |
Fecha de publicación | 31 Mayo 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR 001/1999 IMSS-INFONAVIT, mediante la cual se notifica a las instituciones de crédito operadoras de cuentas individuales SAR, modificaciones a las reglas generales relativas al procedimiento para la entrega de información al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
CIRCULAR 001/1999 IMSS-INFONAVIT
CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CREDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACION AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o. fracciones I y II, y 12 fracciones I, VIII, XIII y XVI, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y
CONSIDERANDO
Que las reglas generales sobre el sistema de ahorro para el retiro de los trabajadores sujetos a las Leyes del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de septiembre de 1994, establecen que las instituciones de crédito deberán enviar al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; informes sobre los enteros de las cuotas y aportaciones correspondientes a los sistemas de ahorro para el retiro de las cuentas individuales que operen;
Que con fecha 4 de enero de 1996, se emitieron las reglas generales relativas al procedimiento para la entrega de información al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
Que entre los objetivos de la circular mencionada en el párrafo anterior se encuentra el de proveer el marco jurídico que establezca el procedimiento, características y estructura de la información que los institutos de seguridad social mencionados en el párrafo anterior, deberán recibir de las instituciones de crédito operadoras de cuentas individuales, y
Que es necesario que la información que reciban el Instituto del Seguro Social y el del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores sea transmitida correctamente, ha tenido a bien...
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