Acuerdo número 533/2006 del H. Consejo Técnico del IMSS, del 29 de noviembre de 2006, por el que se aprueban los Lineamientos para la Adhesión de los Números Patronales de Identificación Electrónica de las Sucursales al Número Patronal de Identificación Electrónica de la Matriz, que se acompañan como Anexo Unico

Fecha de disposición29 Noviembre 2006
Fecha de publicación07 Marzo 2007
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO número 533/2006 del H. Consejo Técnico del IMSS, del 29 de noviembre de 2006, por el que se aprueban los Lineamientos para la Adhesión de los Números Patronales de Identificación Electrónica de las Sucursales al Número Patronal de Identificación Electrónica de la Matriz, que se acompañan como Anexo Unico.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.

El H. Consejo Técnico, en la sesión celebrada el día 29 de noviembre del presente año, dictó el Acuerdo número 533/2006, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VIII, XIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones II, IV y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, 5, 6 y 14 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, en relación con lo dispuesto por el Artículo 15 fracciones I, II, III, IV y último párrafo de la invocada Ley del Seguro Social y, de conformidad con la propuesta formulada por las Direcciones de Incorporación y Recaudación, y de Innovación y Desarrollo Tecnológico, a que se refiere el oficio 826 del 16 de noviembre de 2006, de la propia Dirección de Incorporación y Recaudación, Acuerda: Primero.- Aprobar los Lineamientos para la Adhesión de los Números Patronales de Identificación Electrónica de las Sucursales al Número Patronal de Identificación Electrónica de la Matriz, presentados por el Director General, los cuales se acompañan como Anexo Unico del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que a través de las Unidades Administrativas competentes, se dé respuesta a las dudas, aclaraciones o planteamientos que con motivo del presente Acuerdo sean formulados. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica de este Instituto, para que una vez concluidos los trámites administrativos a que haya lugar, gestione la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 6 de diciembre de 2006.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.

Anexo Unico

Lineamientos para la Adhesión de los Números Patronales de Identificación Electrónica de las Sucursales al Número Patronal de Identificación Electrónica de la Matriz.

  1. Para efectos de los presentes lineamientos serán aplicables las definiciones establecidas en los Lineamientos para la Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica y Certificado Digital, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2004, además de las siguientes:

    a. Matriz: Asiento principal del negocio donde se encuentra el domicilio fiscal, que ejerce el control sobre sus sucursales (filiales o subsidiarias) y que puede tomar la decisión de adherir a su Número Patronal de Identificación Electrónica, la funcionalidad de los Números Patronales de Identificación Electrónica de sus sucursales.

    b. Sucursal: Empresa subordinada que puede ser filial o subsidiaria que lleva la misma razón social de la empresa matriz y que cuenta con su propio Número Patronal de Identificación Electrónica.

    c. Filial: Sucursal de la empresa que depende...

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