Oficio mediante el cual se autoriza la modificación del inciso a) de la fracción II del artículo tercero de la autorización otorgada a COFACE Seguro de Crédito México, S.A. de C.V., por aumento de su capital social

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones.- Oficio No. 366-III-887/13. COFACE SEGURO DE CRÉDITO MÉXICO,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

Paseo de los Tamarindos No. 400-B, 2o. Piso

Col. Bosques de las Lomas, C.P. 05120

At'n.: C. Angélica Reyes Martínez

Representante legal

El Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33-A, 33-B y 33-C de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y 36, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

  1. COFACE Seguro de Crédito México, Sociedad Anónima de Capital Variable, es una sociedad autorizada por esta Secretaría para funcionar como institución de seguros para practicar la operación de seguros de daños, en el ramo de crédito, según consta en la resolución 101.-89 del 13 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2012.

  2. Mediante oficio 366-III-552/13 del 11 de septiembre de 2013, la Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social:

    1. Aprobó la reforma al segundo párrafo del artículo VI de los estatutos sociales de COFACE Seguro de Crédito México, Sociedad Anónima de Capital Variable para incrementar su capital mínimo fijo de $24'000,000.00 a $50'000,000.00, en los términos que aparecen en la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas del 28 de junio de 2013, contenida en la escritura pública 89,695 del 24 de julio de 2013, pasada ante la fe del Lic. Miguel Alessio Robles, Notario Público No. 19 del Distrito Federal, que acompañaron a su solicitud.

    2. Solicitó remitir dentro de los sesenta días hábiles siguientes, a la fecha en que se le notificó dicho oficio, tres copias simples de la escritura pública 89,695 con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, para proceder a la...

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