Lineamientos que para evitar erogaciones indebidas regirán el pago de salarios, honorarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral entre la Procuraduría General de la República y sus servidores y ex servidores

EmisorProcuraduría General de la República

LINEAMIENTOS que para evitar erogaciones indebidas regirán el pago de salarios, honorarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral entre la Procuraduría General de la República y sus servidores y ex servidores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.

LINEAMIENTOS QUE PARA EVITAR EROGACIONES INDEBIDAS REGIRAN EL PAGO DE SALARIOS, HONORARIOS Y DEMAS PRESTACIONES DERIVADAS DE LA RELACION LABORAL ENTRE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y SUS SERVIDORES Y EX SERVIDORES.

FRANCISCO GERMAN GALLEGOS GUTIERREZ, Oficial Mayor de la Procuraduría General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7o. de la Ley Orgánica de la Institución y 19 fracción I, de su Reglamento, he tenido a bien expedir los presentes Lineamientos, de acuerdo a las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. La Procuraduría General de la República, al cubrir la nómina quincenal de salarios, honorarios y demás prestaciones derivadas de las relaciones de trabajo que tiene con sus servidores y exservidores públicos, debido al gran número de éstos y a la rotación que existe y otros movimientos como suspensiones temporales, licencias médicas y las que otorga la Institución sin goce de sueldo, aunado al sistema que emplea para solventar la mayor parte de su importe, enterando a las instituciones de crédito con que trabaja los recursos necesarios para que éstas lo acrediten a las cuentas de nómina de su personal, podría ocasionar que se incurra en pagos indebidos, pues al no contar con el aviso aportado de los movimientos de personal, carece de la posibilidad de detener los pagos ya programados, lo que provoca que tenga que realizar acciones para lograr la restitución por quienes los obtienen.

  2. Que con el fin de evitar tales irregularidades, pagando únicamente a quienes efectivamente tengan derecho a percibir de la Institución el pago de los conceptos indicados, con plena certidumbre en cuanto a las cantidades adeudadas, tiempo, lugar y forma debidos, conforme al artículo 7o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, que dispone que los servidores públicos que determine su Reglamento, podrán emitir o suscribir instrumentos jurídicos que faciliten el funcionamiento y operación de la Institución y el diverso artículo 19 fracción I de su Ley Reglamentaria, que estatuye entre otras facultades del Oficial Mayor, la de dictar las normas, sistemas...

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