Indice nacional de precios al consumidor

EmisorBanco de México

INDICE nacional de precios al consumidor.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20-BIS del Código Fiscal de la Federación y conforme a lo señalado en los artículos 8o. y 10o. de su Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer, en relación con el Indice Nacional de Precios al Consumidor de abril de 1999, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de este mes, la información siguiente:

  1. INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR APLICABLE A CADA CONCEPTO DE CONSUMO FAMILIAR correspondiente a abril de 1999.

    BASE 1993=100 BASE 1994=100

    1. Alimentos, bebidas y tabaco 324.458 312.317

    2. Ropa, calzado y accesorios 292.769 279.867

    3. Vivienda 285.398 260.562

    4. Muebles, aparatos y enseres domésticos 323.550 307.112

    5. Salud y cuidado personal 344.639 315.464

    6. Transporte 341.378 316.853

    7. Educación y esparcimiento 284.773 249.507

    8. Otros servicios 280.849 265.209

  2. PRECIOS

    Las cotizaciones de los precios correspondientes a los productos y servicios, a que se refieren las fracciones I y II del artículo 20-BIS del Código Fiscal de la Federación, son las que se contienen en el anexo "A" de esta publicación. Dichas cotizaciones se dan a conocer por la clave respectiva, para conocer el concepto, la unidad y la especificación del producto que le corresponde a cada clave, habrá de consultarse la publicación de este Banco de México relativa al Indice Nacional de Precios al Consumidor dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 1995.

    Las cotizaciones de los precios de alimentos se hicieron como mínimo tres veces durante el mes de que se trata y las demás se obtuvieron por lo menos una vez en el propio periodo.

    Tales cotizaciones de precios dan lugar a índices de precios relativos, los cuales ponderados conforme a la fórmula que se contiene en el punto 4 de esta publicación, a su vez, dan por resultado los índices nacionales correspondientes a los distintos conceptos de consumo familiar.

  3. PONDERACIONES

    El Indice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se calcula utilizando para cada concepto de consumo familiar, las ponderaciones siguientes:

    Ponderaciones

    Alimentos, bebidas y tabaco 29.41%

    Ropa, calzado y accesorios 6.75%

    Vivienda 22.22%

    Muebles, aparatos y enseres domésticos 5.69%

    Salud y cuidado personal 6.78%

    Transporte 15.19%

    Educación y esparcimiento 7.66%

    Otros servicios 6.30%

    Por construcción, estas ponderaciones sólo son relevantes para los subíndices con base 1993=100. Por tanto, el Indice...

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