Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas   

Fecha de disposición25 Febrero 2008
Fecha de publicación25 Febrero 2008
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

AGUSTIN GUILLERMO CARSTENS CARSTENS, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 48 de la Ley de Coordinación Fiscal, y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que la reforma hacendaria integral propuesta por el Ejecutivo Federal y aprobada por el Congreso de la Unión en el año 2007, tiene como uno de sus objetivos fundamentales mejorar sustancialmente la manera en que el Gobierno administra y utiliza los recursos públicos para cumplir con sus fines, a través de mecanismos para incrementar la calidad con la que se ejerce el gasto, la efectividad de los programas, así como para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas sobre el uso de dichos recursos;

Que en congruencia con lo anterior, la citada reforma, además de fortalecer las haciendas públicas de los tres órdenes de gobierno, estableció obligaciones de información sobre la administración de los recursos públicos y sobre los resultados obtenidos a través de su ejercicio, con el objeto de que tanto los órganos públicos, como la población en general, cuenten con información sobre la aplicación de los recursos y la eficiencia y eficacia de los programas en los tres órdenes de gobierno;

Que conforme a la reforma aludida, las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de Coordinación Fiscal, establecen que las entidades federativas tienen la obligación de informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos respecto de los recursos públicos federales que les sean transferidos, tal es el caso de las aportaciones federales, subsidios y convenios de coordinación en materia de descentralización o reasignación, suministrados y ejercidos conforme a los conceptos, actividades y programas autorizados, acciones, metas e indicadores comprometidos, de acuerdo con los lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de los artículos 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 48 de la Ley de Coordinación Fiscal, debe incluir los reportes de las entidades federativas en los informes trimestrales que se deben entregar al Congreso de la Unión;

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Coordinación Fiscal establecen la obligación de evaluar los recursos federales que ejerzan las entidades federativas, los municipios, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones públicas paraestatales o cualquier ente público de carácter local, con base en indicadores estratégicos y de gestión, por lo que en los presentes Lineamientos se precisan los términos para informar sobre los resultados de las evaluaciones mencionadas, y

Que el artículo 9, fracción II, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá a más tardar el 15 de febrero los presentes Lineamientos, por lo que he tenido a bien emitir los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA INFORMAR SOBRE EL EJERCICIO, DESTINO Y RESULTADOS DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

Capítulo I
Disposiciones generales

PRIMERO.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones para que las entidades federativas, incluyendo los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, envíen a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos federales que les sean transferidos por concepto de aportaciones federales, convenios de coordinación en materia de descentralización o reasignación y subsidios, así como sobre los resultados de las evaluaciones que se lleven a cabo al respecto.

SEGUNDO.- Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

I. Aportaciones Federales: los recursos federales a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, transferidos a las entidades federativas y, en su caso, por conducto de éstas, a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios;

II. Clasificador: el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal;

III. Convenios: los convenios a que se refiere el artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, celebrados por las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal con los gobiernos de las entidades federativas, que permiten transferirles recursos presupuestarios federales con el propósito de descentralizar o reasignar la ejecución de funciones, programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos y materiales;

IV. Demarcaciones: los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal;

V. Dependencias y Entidades: las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que transfieran recursos presupuestarios federales a las entidades federativas y, en su caso, a los municipios y Demarcaciones, mediante aportaciones federales...

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