Acuerdo por el que se pone a disposición de la Secretaría de la Función Pública un terreno nacional innominado, ubicado en el Municipio de Empalme, Estado de Sonora, con una superficie de 87-50-08 hectáreas

Fecha de disposición18 Septiembre 2012
Fecha de publicación18 Septiembre 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural. PREDIO: INNOMINADO

MUNICIPIO: EMPALME

ESTADO: SONORA

SUPERFICIE: 87-50-08 HECTAREAS

EXPEDIENTE: 738932

ACUERDO DE PUESTA A DISPOSICION

Visto el estado que guarda el expediente número 738932, relativo al terreno nacional "INNOMINADO", ubicado en el Municipio de Empalme, Sonora, con una superficie de 87-50-08 hectáreas, así como el contenido del oficio número 1.2.302.-19409 REF.: 3624 INT.: 07959 de fecha cinco de diciembre de dos mil once, suscrito por el LIC. GERARDO SANCHEZ HENKEL, en su carácter de Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por el que solicitó la puesta a disposición de la Secretaría de la Función Pública, el predio citado al rubro, con la finalidad de que se destine al servicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a fin de incorporarlo al recinto portuario de Guaymas, Sonora, y

RESULTANDOS

  1. Que ante la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural hoy Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, se instauró el expediente administrativo de terrenos nacionales número 738932 con motivo de la solicitud de enajenación de fecha veintidós de marzo de dos mil siete, formulada ante la entonces Representación Regional del Noroeste hoy Delegación Estatal en Sonora por el C. Víctor Manuel Suárez Ramírez respecto a un predio "Innominado" con una superficie aproximada de 84-55-21.92 hectáreas, ubicado en el Municipio de Empalme, en el Estado de Sonora; solicitante que acreditó su nacionalidad mexicana con copia certificada del acta de nacimiento con número 587399 de fecha trece de diciembre de mil novecientos setenta y tres, expedida por el Lic. Arturo Pérez Rodríguez, Juez del Registro Civil en Coyoacán, Distrito Federal, pasada ante la fe del Notario Público Número Veintiocho en Hermosillo, Sonora; y posteriormente exhibió Acta Notariada de fecha treinta y uno de marzo de dos mil ocho, en la que el Lic. Salvador Antonio Corral Martínez, Notario Público número 28 en Hermosillo, Sonora, hizo constar que el interesado se encuentra en posesión y explotación del referido terreno nacional desde el año de dos mil cuatro.

    Con motivo de la solicitud de referencia se llevaron a cabo las siguientes actuaciones:

    1. La investigación de antecedentes registrales, de conformidad al artículo 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, mediante oficio número 0491 de fecha trece de abril de dos mil siete, por el que la entonces Representación Estatal en Sonora hoy Delegación Estatal, solicitó al Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora, información sobre la situación registral del predio materia del presente acuerdo, instancia que mediante oficio DGSC/263/2007 de fecha catorce de mayo de dos mil siete, informó que una vez ubicado el polígono y realizada una búsqueda en sus archivos catastrales, se encontró que éste se sobrepone parcialmente a los registros catastrales 26-00-E11-1-0254 con superficie aproximada de 7-22-55 hectáreas y 26-00-E11-1-0253 con superficie de 4-49-20 hectáreas.

      Por otra parte con oficio número 0492 de fecha trece de abril de dos mil siete, la entonces Representación Estatal en Sonora hoy Delegación Estatal, solicitó información de la situación registral del predio citado al rubro, al Delegado del Registro Agrario Nacional en Sonora, dando respuesta con oficio número SDT/0313/2007 del cuatro de mayo de dos mil siete, informando: "...Que en base al plano elaborado en coordenadas UTM proporcionado para la ubicación del predio, este no fue foto identificado, lo ubican dentro del predio denominado "INNOMINADO", del municipio de EMPALME, Estado de SONORA, a nombre de FERROCARRIL DEL PACIFICO...".

      En último término, mediante oficio número 0715 del veintinueve de mayo de dos mil siete, la entonces Representación Estatal en Sonora hoy Delegación Estatal, solicitó a la Dirección del Registro Público de la Propiedad de Guaymas, Sonora, la historia registral del referido predio, dando respuesta con oficio número ICR-RPPC-167-2007 del seis de junio de dos mil siete, en el siguiente sentido: "...QUE HABIENDOSE EFECTUADO UNA BUSQUEDA EN LOS LIBROS CORRESPONDIENTES AL ARCHIVO DE ESTA OFICINA REGISTRAL A MI CARGO, SE ENCONTRO LA SUCESION INTESTAMENTARIA DEL SEÑOR ROMULO GONZALEZ MEXIA,

      COMO TESTADOR Y LA SRA. CONCEPCION MORA CONS VDA. DE GONZALEZ COMO HEREDERA DEL CITADO INMUEBLE. EN LOS REGISTROS BAJO EL NUMERO 27205 DE LA SECCION PRIMERA DEL VOLUMEN 85 Y EL NUMERO 43745 DE LA SECCION PRIMERA, VOLUMEN 114..." (sic).

      Posteriormente, la información en cita fue actualizada y precisada por la Delegación Estatal en Sonora, con oficio 1433 de fecha veintidós de mayo de dos mil doce, en los siguientes términos:

      · Con el oficio de cuenta, la Delegación Estatal, envió el oficio SDT/0410/2012 de fecha doce de abril de dos mil doce, emitido por la Delegación Estatal del Registro Agrario Nacional en Sonora, por el que manifestó lo siguiente: "En atención a oficio No. 4041 de fecha 8 de noviembre de 2012 recibida en esta Delegación a mi cargo bajo el folio No. 11758 de fecha 07 de diciembre de 2011, mediante el cual solicita información relacionada con el predio "INNOMINADO" a nombre de FERROCARRIL DEL PACIFICO, ubicado en el municipio de EMPALME, estado de SONORA; con una de superficie de 87-50-08.541 has, al respecto me permito informar: Que después de una búsqueda minuciosa de es Delegación, no se encontraron antecedentes del mismo así como de su propietario." (sic)

      Información que concatenada con lo expresado por el Registro en mención, mediante oficio número SDT/0313/2007 del cuatro de mayo de dos mil siete, en el sentido de que: "...Que en base al plano elaborado en coordenadas UTM proporcionado para la ubicación del predio, este no fue foto identificado, lo ubican dentro del predio denominado "INNOMINADO", del municipio de EMPALME, Estado de SONORA, a nombre de FERROCARRIL DEL PACIFICO..."; se puede concluir que no existe antecedente de inscripción del predio citado al rubro.

      · Por lo que hace a la información correspondiente al Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora y al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Guaymas, Sonora; la Delegación Estatal en Sonora de esta Secretaría de la Reforma Agraria, informó que : "- Oficio No. 439 de fecha 08 de noviembre de 2011, donde se solicitó al Instituto Catastral y Registral del estado de Sonora, la información sobre la sobreposición parcial de los registros catastrales 26-00-E11-1-0254 con superficie aproximada de 07-22-55 has., y 26-00-E11-1-0253 con una superficie de 4-49-20 has., así como el soporte de la documentación de la cual se deriva dichas inscripciones, mismas que de manera económica nos proporciona la documentación correspondiente. Oficio No. 4040 de fecha 08 de noviembre de 2011, se solicitó información y documentación al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Guaymas, Sonora, en atención al oficio en No. ICR-RPPC-167/2007 de fecha 06 de junio de 2007, donde nos informa la situación registral que guarda el predio indicado, ya que al realizar la búsqueda en los archivos registrales se encontró la sucesión intestamentaria del Sr. Rómulo González Mexía, como testador de la Sra. Concepción Mora Cons Vda. De González como heredera del citado inmueble respecto al predio "Innominado" infirmándonos mediante oficio No. OF-RPPYC.233/2012 de fecha 25 de abril de 2012, que el predio en mención no se encuentra inscrito en esa oficina registral, anexando las copias certificadas de los diversos predios propiedad de la Sra. Mora Cons Vda. De González, los cuales los encuentran ubicados en el cochorit y al parecer colindan con el predio en mención. (sic)

      En este orden de ideas, una vez analizadas las constancias remitidas por la Delegación Estatal que nos ocupa, y que se detallan en la transcripción hecha con antelación, consistentes en los registros catastrales números E11-1-0254 y 26-00-E11-1-0253, con los que según oficio DGSC/263/2007 de fecha 14 de mayo de 2007, del Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora, se sobrepone parcialmente el terreno nacional que nos ocupa, se puede advertir que tales inscripciones corresponden a González Concepción M. Vda. y/o; así como al Juicio Intestamentario a bienes del Señor Rómulo González Mexía.

      Sin embargo, conforme al oficio número No. OF-RPPYC.233/2012 de fecha 25 de abril de 2012, emitido por el Instituto registral antes mencionado, tales predios se ubican en el cochorit y únicamente colindan con el predio en mención, de tal manera que no existe la sobreposición que en primer momento fue informada por el Instituto Catastral y Registral en Sonora.

      Aunado a lo anterior, con la precisión antes citada, queda desvirtuada la información que en su momento proporcionó la Dirección del Registro Público de la Propiedad de Guaymas, Sonora, con oficio número ICR-RPPC-167-2007 del seis de junio de dos mil siete, en el siguiente sentido: "... QUE HABIENDOSE EFECTUADO UNA BUSQUEDA EN LOS LIBROS CORRESPONDIENTES AL ARCHIVO DE ESTA OFICINA REGISTRAL A MI CARGO, SE ENCONTRO LA SUCESION INTESTAMENTARIA DEL SEÑOR ROMULO GONZALEZ MEXIA, COMO TESTADOR Y LA SRA. CONCEPCION MORA CONS VDA. DE GONZALEZ COMO HEREDERA DEL CITADO INMUEBLE. EN LOS REGISTROS BAJO EL NUMERO 27205 DE LA SECCION PRIMERA DEL VOLUMEN 85 Y EL NUMERO 43745 DE LA SECCION PRIMERA, VOLUMEN 114..." (sic.)

      Por otra parte, es importante precisar que obra agregada a los autos del expediente citado al rubro,

      nota informativa de fecha treinta de julio de dos mil ocho, (foja 112) suscrita por el Ing. Ramón Humberto Muñoz Quiñonez, quien fuera el mismo perito que llevó a cabo los trabajos de medición y...

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