Acuerdo por el que se instruye la constitución, almacenamiento y administración, de una reserva estratégica de insumos para la salud y equipo médico
Fecha de disposición | 31 Julio 2013 |
Fecha de publicación | 31 Julio 2013 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o, fracción V, 3o, fracciones I, II, XV y XVI, 7o, fracción I, 13, apartado A, fracciones II, III y X; Título Octavo de la Ley General de Salud; 6 y 7, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que a la Secretaría de Salud le corresponde coordinar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud, así como establecer y conducir la política nacional en la materia, en los términos de las leyes aplicables y de conformidad con lo dispuesto por el Ejecutivo Federal;
Que el 22 de septiembre de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional para la Seguridad en Salud, el cual, es la instancia encargada del análisis, definición, coordinación, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias y acciones, en materia de seguridad en salud, de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, con el objeto de contribuir a establecer un blindaje de atención y prevención, así como los instrumentos capaces de abordar rápida, ordenada y eficazmente urgencias epidemiológicas y desastres;
Que es necesario apoyar la continuidad en la prestación de los servicios de salud otorgados por la Secretaría de Salud, su sector coordinado y los servicios de salud en las entidades federativas a la población que así lo requiera, en caso de que se presente una emergencia con motivo de urgencias epidemiológicas y desastres naturales, mediante la constitución y almacenamiento de una reserva estratégica de medicamentos y suministros, entre otras acciones;
Que la Organización Panamericana de la Salud ha solicitado a sus estados miembros a través de la resolución CD 45/R8, que se sigan fortaleciendo los programas preparativos de mitigación para casos de desastres naturales, mediante la asignación apropiada de los recursos económicos y el apoyo político necesario para lograr que el sector salud continúe funcionando eficazmente en caso de un eventual desastre natural, y
Que en nuestro país se presentan diversos fenómenos naturales, principalmente de tipo hidrometeorológico y, con menor frecuencia, pero de la mayor importancia para su atención, afectaciones originadas por sismos, incendios y erupciones...
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