Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se instruye a los Consejos Distritales a dar seguimiento a la planeación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares 2009 (PREP) y por el que se aprueba el día y hora de inicio de difusión y cierre del mismo

Fecha de disposición18 Junio 2009
Fecha de publicación18 Junio 2009
MateriaDerecho Constitucional
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG204/2009. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE INSTRUYE A LOS CONSEJOS DISTRITALES A DAR SEGUIMIENTO A LA PLANEACION Y OPERACION DEL PROGRAMA DE RESULTADOS ELECTORALES PRELIMINARES 2009 (PREP) Y POR EL QUE SE APRUEBA EL DIA Y HORA DE INICIO DE DIFUSION Y CIERRE DEL MISMO.

Antecedentes

El Instituto Federal Electoral, organismo encargado por mandato constitucional de la organización de los procesos electorales federales implementa el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), como un medio para garantizar la imparcialidad, confiabilidad, integridad y transparencia de las elecciones.

El PREP es un mecanismo para informar oportunamente al Consejo General del IFE, los partidos políticos y coaliciones, a los medios de comunicación y a la ciudadanía, los resultados electorales preliminares de las elecciones federales, mediante la captura y publicación de los datos asentados en las actas de escrutinio y cómputo que se reciban en los Centros de Acopio y Transmisión de Datos, ubicados en cada una de las trescientas Juntas Distritales Ejecutivas del país.

El Programa de Resultados Electorales Preliminares ha operado en los Procesos Electorales Federales de 1994, 1997, 2000, 2003 y 2006.

Considerandos

  1. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 41, párrafo segundo, base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, autoridad en la materia e independiente en sus decisiones y funcionamiento. Asimismo, el artículo 104 y 106, párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el Instituto tiene carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral.

  2. Que de igual manera, el artículo 105, párrafo 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto se regirá por los principios de: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

  3. Que en términos del artículo 108, del código comicial, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaría Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del mismo código, el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable del cumplimiento de...

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