Acuerdo Integral para el Desarrollo Social Incluyente, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Sinaloa

Fecha de disposición21 Enero 2014
Fecha de publicación21 Enero 2014
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO INTEGRAL PARA EL DESARROLLO SOCIAL INCLUYENTE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR LA C. MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTA DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE LA CRUZADA NACIONAL CONTRA EL HAMBRE, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, REPRESENTADO POR EL C. MARIO LÓPEZ VALDEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SINALOA, ASISTIDO POR LOS C.C. GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; JUAN ERNESTO MILLÁN PIETSCH, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO; ARMANDO VILLARREAL IBARRA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y JUAN PABLO YAMUNI ROBLES, TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ESTADO", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra a la planeación nacional como un instrumento idóneo para promover una política de desarrollo que refuerce las bases sociales del Estado y la viabilidad de nuestras instituciones, que confiera transparencia a las acciones de gobierno y que impulse la actividad económica, social, política y cultural del país.

Una muestra del federalismo de nuestro país es el Sistema Nacional de Desarrollo Social, en el que participan todas las entidades federativas y el Gobierno Federal, el cual constituye un espacio de acercamiento, de diálogo y de organización de acciones conjuntas en relación con la ejecución eficaz de la política social del país.

La colaboración administrativa en la ejecución de la Política Nacional de Desarrollo Social es congruente y respetuosa de las atribuciones constitucionales que corresponden a cada uno de los órdenes de gobierno.

En el artículo 14, fracción I de la Ley General de Desarrollo Social se establece que la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación es una vertiente de la Política Nacional de Desarrollo Social.

De acuerdo con el artículo 24 de la Ley General de Desarrollo Social, los recursos presupuestales federales asignados a los programas de desarrollo social podrán ser complementados con recursos provenientes de los gobiernos estatales y municipales, así como con aportaciones de organismos internacionales y de los sectores social y privado.

De conformidad con el primer párrafo del artículo 39 de la Ley General de Desarrollo Social, a la Secretaría de Desarrollo Social corresponde el diseño y ejecución de las políticas generales en la materia, para cuyo efecto coordinará y promoverá la celebración de convenios y acuerdos de desarrollo social.

El 22 de enero del 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre"; que a la letra, en su parte conducente, dispone:

"ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto tiene por objeto establecer el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE).

La Cruzada contra el Hambre es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos a que se refiere el artículo Segundo del presente Decreto.

La Cruzada Contra el Hambre está orientada a la población objetivo constituida por las...

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