Acuerdo por el que se delegan diversas facultades en los abogados que integran las áreas jurídicas de las delegaciones estatales, así como en los de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Reforma Agraria

Fecha de disposición29 Abril 2011
Fecha de publicación29 Abril 2011
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria. ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN DIVERSAS FACULTADES EN LOS ABOGADOS QUE INTEGRAN LAS AREAS JURIDICAS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES, ASI COMO EN LOS DE LA JEFATURA DE UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA.

ABELARDO ESCOBAR PRIETO, Secretario de la Reforma Agraria, con fundamento en los artículos 14, 16 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. fracciones IV y V, 4o., 5o., 9o. y 29, del Reglamento Interior de esta dependencia, y

CONSIDERANDO

Que el día 15 de enero de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, expedido por el Titular del Ejecutivo Federal.

Que con fecha 28 de septiembre de 2010, se publicó en el referido medio de difusión el Decreto por el que se modifican, derogan y adicionan diversas disposiciones del reglamento interior que rigen en esta Dependencia del Ejecutivo Federal.

Que para el mejor y más eficaz ejercicio de las atribuciones jurídicas que ejerce la Secretaría de la Reforma Agraria, previstas en el artículo 9o. de su Reglamento Interior, las cuales están conferidas a la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos, es necesario delegarlas en los Abogados que integran las áreas jurídicas de las Delegaciones Estatales, para que las ejerciten en sus respectivos ámbitos territoriales, sin menoscabo de que puedan ser ejercidas indistintamente por Abogados adscritos a la citada Unidad, por lo cual he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTICULO 1

Se delegan en los Abogados adscritos a las áreas jurídicas de las Delegaciones Estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria, facultades para:

  1. Atender los asuntos contenciosos en los que la Secretaría de la Reforma Agraria sea parte, en tal sentido podrán:

    1. Formular ante el Ministerio Público las denuncias o querellas relacionadas con la comisión de actos delictivos respecto de los bienes asignados a la Delegación Estatal y, en su caso, comparecer, ratificar y aportar las pruebas conducentes.

    2. Efectuar la reclamación ante las aseguradoras del pago de los seguros que corresponda por el siniestro de los bienes asignados a la Delegación Estatal en que se encuentren adscritos de la Secretaría de la Reforma Agraria, haciéndolo del conocimiento de la Dirección General de...

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