Resolución por la que se aprueba la metodología para determinar el monto del cargo por servicios conexos del contrato de interconexión a celebrarse entre la Comisión Federal de Electricidad o Luz y Fuerza del Centro y los permisionarios

Fecha de disposición17 Mayo 1999
Fecha de publicación17 Mayo 1999
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

Resolución por la que se aprueba la metodología para determinar el monto del cargo por servicios conexos del contrato de interconexión a celebrarse entre la Comisión Federal de Electricidad o Luz y Fuerza del Centro y los permisionarios.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.- Resolución número RES/056/99.

RESOLUCION POR LA QUE SE APRUEBA LA METODOLOGIA PARA DETERMINAR EL MONTO DEL CARGO POR SERVICIOS CONEXOS DEL CONTRATO DE INTERCONEXION A CELEBRARSE ENTRE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD O LUZ Y FUERZA DEL CENTRO Y LOS PERMISIONARIOS

RESULTANDO

PRIMERO. Que con fecha 11 de febrero de 1998, este órgano publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución número RES/014/98, sobre la aprobación de los modelos de Contrato de Interconexión y de los Convenios de Compraventa de Excedentes de energía eléctrica (Energía Económica) y de Transmisión para la aplicación de cargo mínimo o cargo normal y sus opciones de ajuste, y los anexos correspondientes, misma que, a partir de su entrada en vigor, dejó sin efecto la diversa Resolución número RES/098/96, de fecha 6 de septiembre de 1996;

SEGUNDO. Que con fecha 11 de febrero de 1998, este órgano publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución número RES/015/98, sobre la aprobación del Contrato de Adhesión para la prestación del Servicio de Respaldo de energía eléctrica, para ser utilizado por la Comisión Federal de Electricidad o Luz y Fuerza del Centro con los permisionarios de las modalidades previstas en las fracciones I, II y V del artículo 36 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Dicho Contrato previene que el permisionario se obliga a pagar al suministrador, por el servicio de respaldo, las cuotas que resulten de aplicar el Acuerdo de Tarifas correspondiente;

TERCERO. Que la Cláusula Décima Quinta, fracción XV.5 del modelo de Contrato de Interconexión aprobado en la Resolución que se menciona en el Resultando Primero anterior, establece que esta Comisión aprobará el monto del cargo por los Servicios Conexos, a solicitud del suministrador. Dicho cargo comprende los costos en que incurre el suministrador al proporcionar al permisionario control de frecuencia y voltaje, entre otros, como consecuencia de la interconexión;

CUARTO. Que por oficios números 5-1418 y 5-0265, de fechas 11 de noviembre de 1998 y 12 de marzo de 1999, respectivamente, la Comisión Federal de Electricidad solicitó a...

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