Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 2/2004 del Consejo Conjunto CE-México por la que se introduce un cupo arancelario para determinados productos originarios de México y enumerados en el Anexo I de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México
Fecha de disposición | 17 Mayo 2004 |
Fecha de publicación | 17 Mayo 2004 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No. 2/2004 del Consejo Conjunto CE-México por la que se introduce un cupo arancelario para determinados productos originarios de México y enumerados en el Anexo I de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 fracción XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracción X de la Ley de Comercio Exterior, y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, por otra; y la Decisión No. 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de junio de dos mil;
Que la Decisión No. 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México entró en vigor el 1 de julio de 2000;
Que el artículo 10 de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México establece que ambas Partes iniciarán discusiones para examinar la posibilidad de que la Unión Europea otorgue a México un cupo arancelario con tratamiento preferencial para lomos de atún;
Que el artículo 3 de la referida decisión establece que el Consejo Conjunto UE-México tiene la facultad de acelerar la reducción de los aranceles aduaneros más rápidamente de lo previsto en la propia decisión. Una decisión del Consejo Conjunto de acelerar la eliminación de un arancel aduanero o de mejorar las condiciones de acceso prevalecerá sobre los términos establecidos en la propia decisión, y
Que el 28 de abril del presente año, ambas Partes acordaron adoptar la Decisión 2/2004 del Consejo Conjunto Unión Europea-México por la que se introduce un cupo arancelario para determinados productos originarios de México y enumerados en el Anexo I de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto UE-México, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DECISION No. 2/2004 DEL CONSEJO CONJUNTO CE-MEXICO POR LA QUE SE INTRODUCE UN CUPO ARANCELARIO PARA DETERMINADOS PRODUCTOS ORIGINARIOS DE MEXICO Y ENUMERADOS EN EL ANEXO I DE LA DECISION 2/2000 DEL CONSEJO CONJUNTO CE-MEXICO
Se da a conocer el texto de la Decisión...
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