Acuerdo que tiene por objeto establecer los criterios conforme a los cuales, los extranjeros de cualquier nacionalidad que se encuentren de manera irregular en territorio nacional y manifiesten su interés de residir en el mismo, puedan promover la obtención de su documentación migratoria en la calidad de inmigrante con las características de profesional, cargo de confianza, científico, técnico, familiares, artistas o deportistas o bien, en la característica de asimilado en los casos que de manera excepcional se establecen en el presente

Fecha de disposición11 Noviembre 2008
Fecha de publicación11 Noviembre 2008
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional de Migración. ACUERDO QUE TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS CRITERIOS CONFORME A LOS CUALES, LOS EXTRANJEROS DE CUALQUIER NACIONALIDAD QUE SE ENCUENTREN DE MANERA IRREGULAR EN TERRITORIO NACIONAL Y MANIFIESTEN SU INTERES DE RESIDIR EN EL MISMO, PUEDAN PROMOVER LA OBTENCION DE SU DOCUMENTACION MIGRATORIA EN LA CALIDAD DE INMIGRANTE CON LAS CARACTERISTICAS DE PROFESIONAL, CARGO DE CONFIANZA, CIENTIFICO, TECNICO, FAMILIARES, ARTISTAS O DEPORTISTAS O BIEN, EN LA CARACTERISTICA DE ASIMILADO EN LOS CASOS QUE DE MANERA EXCEPCIONAL SE ESTABLECEN EN EL PRESENTE.

CECILIA ROMERO CASTILLO, Comisionada del Instituto Nacional de Migración, con fundamento en los artículos 17 y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción VII, 7, 14, 34, 37, 39, 48, 118, incisos c) y f) y 145 de la Ley General de Población; 14 y 16 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 10 de la Ley de Planeación; 90, fracción I, 91 fracción I, letra A, subincisos a), c) y d); 106, 110, 111, 114, 133, 134, 136, 143, 144, 174, 179, 188, penúltimo párrafo y 221 del Reglamento de la Ley General de Población; y 2, letra C, 35, 36, fracción V, 55, 56, 57, fracciones II y IX y 62, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece dentro de sus estrategias que al fortalecer la estancia legal en el país de los migrantes, se estará actuando para garantizar la seguridad, la convivencia armónica y el desarrollo pleno de los habitantes de las fronteras y corredores migratorios Sur y Norte.

Que desde el año 2000, el Instituto Nacional de Migración ha establecido diversas facilidades para la regularización de la estancia de extranjeros que, por diversos motivos, no contaban con la documentación que les permitiera residir en el país de manera regular y llevar a cabo actividades distintas a las turísticas. Estas facilidades se han materializado en diversos Programas de Regularización Migratoria.

Que los Programas de Regularización Migratoria reconocen que existe una amplia población de extranjeros que se encuentran en el territorio nacional de manera irregular debido, entre otros motivos, a que su ingreso fue de manera indocumentada, rebasaron el plazo de estancia autorizada o los términos de estancia y/o actividades no corresponden a los autorizados.

Que entre estos extranjeros, muchos residen de hecho en el país desde hace varios años, y ya se encuentran integrados a la sociedad y la vida nacional, se desempeñan, o tienen la oportunidad de desempeñar una actividad económica con la que contribuyen a nuestro desarrollo y muchas veces tienen un vínculo familiar con mexicanos o con extranjeros establecidos en el país.

Que la irregularidad de la estancia representa un riesgo para la seguridad personal y el desarrollo integral de dichos extranjeros y sus familiares, ya que les hace vulnerables a la violación de sus derechos humanos por parte de diversas autoridades y a abusos por parte de particulares; se pone en riesgo su derecho a la unidad familiar así como su derecho a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia; no tienen acceso efectivo a la salud, la educación, la vivienda; y sus hijos e hijas se ven discriminados en el acceso a su derecho a la nacionalidad, la identidad y la filiación, así como todos los derechos que de ello derivan.

Que regularizar la estancia de estas personas en el país contribuye al fortalecimiento de la seguridad pública, nacional y humana, ya que con ella el gobierno mexicano podrá saber quién se encuentra en nuestro país y tendrá mayores elementos para identificar a aquellos extranjeros que se internan al país con el objetivo de cometer algún ilícito o atentar contra su seguridad y la de sus habitantes; de igual forma los extranjeros irregulares podrán salir del anonimato y así no serán invitados a violar la ley para garantizar su estancia y/o unidad familiar, con lo cual se fomentará una cultura de respeto y legalidad por parte de los extranjeros, servidores públicos y sociedad en general.

Que el acceso de los extranjeros irregulares al permiso de trabajo les permitirá contribuir en mayor medida al desarrollo económico del país, y se darán mayores garantías a sus hijos e hijas de conformidad con el interés superior de la niñez.

Que el presente Acuerdo beneficia a los extranjeros de cualquier nacionalidad, esfuerzo que es reconocido entre otros gobiernos, por la República de Guatemala quien en el marco de la XIV Reunión del Grupo de Asuntos Migratorios GuatemalaMéxico, celebrada en la ciudad de Guatemala el 22 de agosto de 2007; reconoció al Gobierno de México los diferentes esfuerzos de regularización y expresó su preocupación por la precaria situación económica de las familias guatemaltecas establecidas en el sur de México y los elevados costos de los derechos migratorios, por lo que planteó la necesidad de que los ciudadanos guatemaltecos que se regularicen no paguen derechos por la autorización ni prórrogas, así como la posibilidad de otorgarles residencia definitiva.

Que los resultados y la experiencia en la implementación de los Programas de Regularización Migratoria han llevado a concluir que es necesaria una reingeniería del Programa, de tal forma que su duración y estructura permitan una mejor implementación y que los resultados sean los adecuados. Es en este tenor, que el presente Programa de Regularización tendrá una vigencia de dos años y medio y, beneficiará a los extranjeros que tengan en territorio nacional una estancia mínima de año y medio, mismos que se documentarán en cualquier característica migratoria de la calidad de inmigrante cumpliendo con los requisitos que establecen las disposiciones jurídicas vigentes, o bien con la característica de asimilado con los requisitos que se establecen para tal efecto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Objeto

Artículo Primero

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los criterios conforme a los cuales, los extranjeros de cualquier nacionalidad que se...

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