Decreto que modifica al diverso por el que se establece la Tasa Aplicable para 2004 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, el Estado de Israel, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Colombia, Venezuela y la República Oriental del...

Fecha de disposición20 Julio 2004
Fecha de publicación20 Julio 2004
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO que modifica al diverso por el que se establece la Tasa Aplicable para 2004 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, el Estado de Israel, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Colombia, Venezuela y la República Oriental del Uruguay.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución, 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 4o., fracción I y 14 de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que el 31 de diciembre de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se establece la tasa aplicable para 2004 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, el Estado de Israel, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Colombia, Venezuela y la República Oriental del Uruguay;

Que la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, mediante la Decisión número 38 acordada el 29 de noviembre de 2001, decidió acelerar la desgravación arancelaria para la importación en México de ciertos neumáticos (llantas neumáticas) originarios de Colombia;

Que el 26 de septiembre y el 31 de diciembre de 2003, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crean, modifican y suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se crean, modifican y suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y se actualiza la tasa aplicable de diversos tratados y Acuerdos Comerciales suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, respectivamente, para formalizar la creación de nuevas fracciones arancelarias relativas a las llantas;

Que por otro lado, el 15 de octubre del 2003 la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados...

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